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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326846El Peruano viernes 25 de agosto de 2006 /G43/G6F/G6E/G66/G69/G72/G6D/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G65/G73/G74/G69/G6D/GF3 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN Nº 1326-2006-JNE Exp. Nº 240-2006-VAC Lima, 16 de agosto de 2006VISTO, en Audiencia Pública del 16 de agosto de 2006, el recurso de apelación interpuesto por EduardaElba Oviedo Zambrano de Mujica y Angélica Espinoza Quispe, Consejeras del Gobierno Regional de Arequipa, contra el acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria defecha 2 de junio de 2005, formalizado mediante el Acuerdo Regional Nº 016-2005-CR/AREQUIPA de la misma fecha, que declara improcedente la solicitud de vacanciaformulada por las recurrentes, respecto de don Daniel Ernesto Vera Ballón, Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, por la causal de inconcurrencia injustificadaa sesiones de Consejo, prevista en el inciso 5) del artículo 30º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 023-2004-CR/C-GRA del 21 de enero de 2004, las recurrentes solicitan se declare la vacancia del cargo de Presidente del Gobierno Regionalde Arequipa, señor Daniel Ernesto Vera Ballón, por la causal prevista en el inciso 5) del artículo 30º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, respectoa las inasistencias injustificadas a las sesiones ordinarias del 31 de marzo, 24 de abril, 27 de junio, 9 de julio, 15 de octubre y 16 de octubre de 2003; así como, a lassesiones extraordinarias del 30 de enero, 26 de febrero, 16 de abril y 25 de julio de 2003; sin embargo, en sesión del 1 de febrero de 2004, dicho oficio fue archivadodefinitivamente sin debate, adoptándose el Acuerdo Regional Nº 003-2004-CR/AREQUIPA, que declara para todos sus efectos, la legalidad de las actividades oficialesdel Presidente y Vicepresidente Regional, considerándose justificadas sus ausencias a las sesiones realizadas por el Consejo Regional, según obraa fojas 8; habiendo interpuesto recurso de apelación ante dicho acuerdo, las consejeras recurrentes, el que fue declarado improcedente en sesión del 18 de marzode 2004; Que, ante dicho pronunciamiento, la consejera Eduarda Elba Oviedo Zambrano de Mujica, interponerecurso de queja ante este Colegiado Electoral, el que mediante Acuerdo Nº 24084-019 del 24 de agosto de 2004 es declarado fundado, concediéndole el recursode apelación y disponiendo que el Consejo Regional cumpla con elevar los actuados; expidiendo, posteriormente, las Resoluciones Nº 329-2004-JNE yNº 347-2006-JNE de fechas 12 y 23 de diciembre de 2004, respectivamente, declarando nulo el acuerdo regional que ordena el archivo definitivo del pedido devacancia, y disponiendo que el Consejo Regional de Arequipa cumpla con emitir pronunciamiento respecto del pedido de vacancia formulado por las referidasconsejeras; Que, en sesión extraordinaria del 2 de junio de 2005, el Consejo Regional de Arequipa, acordó con 5 (cinco)votos a favor y 3 (tres) votos en contra, declarar improcedente la solicitud de vacancia del cargo de Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, señorDaniel Ernesto Vera Ballón, conforme a las copias certificadas de fojas 18 a 27; toda vez, que las inasistencias a las sesiones realizadas por el ConsejoRegional, se encontraban justificadas por el Acuerdo Regional Nº 003-2004-CR/AREQUIPA del 1 de febrero de 2004; Que, conforme al inciso g) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regional Nº 27867, es atribución del Consejo Regional declarar la vacancia del Presidente,Vicepresidente y los Consejeros, calificando las ausencias a fin de determinar si ellas son justificadas o no, debiendo tenerse presente que la justificación, exigemedios probatorios fehacientes e indubitables;Que, en cuanto a las sesiones extraordinarias del 26 de febrero y 25 de julio de 2003, y sesión ordinaria del 31 de marzo de 2003, se observa que conforme a las copias certificadas de las actas que obra en autos de fojas 156a 158, 189 a 193, y 161 a 164, respectivamente, el señor Daniel Ernesto Vera Ballón, asistió y presidió las referidas sesiones; en tal sentido, queda desestimada las aludidasinasistencias; Que, respecto a la sesión extraordinaria del 30 de enero de 2003, se aprecia que con Oficio Nº 045-2003-CND/P de fecha 24 de enero de 2003, que en copia certificada obra a fojas 148, el Presidente del Consejo Nacional de Descentralización convoca al señor DanielErnesto Vera Ballón para participar en las elecciones de los 2 representantes de los Presidentes Regionales ante dicha entidad a realizarse el 31 de enero de 2003 en laciudad de Lima, situación que conlleva a la expedición de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 019-2003/GR del 24 de enero de 2003, mediante la cual el Presidente delGobierno Regional de Arequipa encarga el despacho de la presidencia a Jesús Gustavo Chirinos Zegarra, Vicepresidente del Gobierno Regional, del 27 al 31 deenero de 2003, y en consecuencia, con Memorándum Nº 004-2003-CR/P del 24 de enero de 2003, indica al citado Vicepresidente convocar y presidir la sesión deconsejo regional del 30 de enero de 2003, documentos que en copia certificada obran de fojas 154 a 155; con lo cual, se justifica su inasistencia a dicha sesión; Que, en cuanto a la sesión extraordinaria del 16 de abril de 2003, de acuerdo a la copia certificada del Oficio Circular Nº 001-2003-EF/10 del 7 de abril de 2003, afojas 169, el Ministerio de Economía y Finanzas invita al Presidente Regional al Seminario Internacional sobre Descentralización Fiscal, a realizarse en Lima los días15 y 16 de abril de 2003; motivo por el cual, con Memorándum Nº 011-2003-CR/P del 14 de abril de 2003, el señor Daniel Ernesto Vera Ballón delega alVicepresidente Regional el despacho de la presidencia a efecto de que presida la citada sesión convocada por su persona; por consiguiente, se encuentra justificada suinasistencia a la citada sesión; Que, en relación a la sesión ordinaria del 24 de abril de 2003, mediante Oficio Circular Nº 026-2003-EF/76.01de fecha 7 de abril de 2003, el Ministerio de Economía y Finanzas invita al Presidente Regional a participar en el Seminario - Taller "Gestión Presupuestaria 2003 yFormulación del Presupuesto 2004" para el día 24 de abril en la Universidad Nacional San Agustín - Arequipa; por lo que, con Memorándum Nº 013-2003-CR/P del 23de abril de 2003, el señor Daniel Ernesto Vera Ballón comunica al Vicepresidente Regional que deberá presidir la referida sesión extraordinaria convocada por supersona, conforme a los documentos que obra en autos en copia certificada de fojas 174 a 175; con lo cual, se justifica su inasistencia a dicha sesión; Que, respecto a la sesión ordinaria del 27 de junio de 2003, con Memorándum Nº 018-2003-CR/P del 26 de junio de 2003, don Daniel Ernesto Vera Ballón encarga alVicepresidente Regional el despacho presidencial y presidir dicha sesión extraordinaria, por realizar un viaje en comisión de servicio al distrito de Atiquipa, provinciade Caravelí, a fin de tratar temas vinculados a la Declaratoria de Interés Público a la Protección y Conservación de Las Lomas de Atiquipa, en el maracode la Ordenanza Nº 013-2003-AREQUIPA de fecha 5 de mayo de 2003; situación que se corrobora con el Oficio Nº 042-C.R.P .C. del 1 de julio de 2003, con el cual una delas recurrentes, la Consejera Regional Eduarda Elba Oviedo Zambrano de Mujica, agradece al Presidente Regional el anuncio que hiciera el 27 de junio de 2003, respecto al otorgamiento de S/.100,000.00 (Cien Mil Nuevos Soles) para la adquisición de maquinaria y rehabilitación de infraestructura de riego a la comunidadde Atiquipa, Jaqui y Yauca durante la ceremonia realizada con ocasión de la entrega de la ordenanza antes citada; documentación sustentatoria que obra en el expedienteen copia certificada de fojas 180 a 187; en tal sentido, se encuentra justificada su inasistencia a dicha sesión; Que, sobre la sesión ordinaria del 9 de julio de 2003, se observa que con Memorándum Nº 020-2003-CR/P del 7 de julio de 2003, a fojas 188, el señor Daniel Ernesto Vera Ballón encarga al Vicepresidente Regional asumirel despacho presidencial y presidir la sesión ordinaria antes citada, por realizar un viaje en comisión de servicio al distrito de Lomas; sin embargo, dicha información no