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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (25/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326858El Peruano viernes 25 de agosto de 2006 provincia y departamento de San Martín, solicitando la expedición de credenciales ante el acuerdo de suspensión en el cargo de alcalde de Demetrio Saurín Apagueño, en Sesión Extraordinaria Nº 023 del 6 defebrero de 2006, por encontrarse con mandato de detención e internado en el Penal de Santo Toribio de Mogrovejo de Tarapoto; CONSIDERANDO: Que, el Segundo Juzgado Especializado en lo Penal de Tarapoto, por Resolución Nº 02 de fecha 4 de febrero de 2006, abrió instrucción contra Demetrio SaurínApagueño, entre otros, en calidad de autor de la presunta comisión de los delitos contra la administración pública, en su modalidad de concusión, colusión, peculado,corrupción de funcionarios, en agravio de la Municipalidad Distrital de Chazuta; así como por delito contra la confianza y la buena fe en los negocios, en modalidad delibramiento indebido, en agravio de Lily Tuanama Reátegui, Gilberto Fasabi Pérez, Samuel Isaac Coriat Tenazoa, Reninger Quinteros García, María Ana de Jesús RivaRíos, Elvis García Armas, Ernesto Ruiz Blandon; dictándosele la medida coercitiva de detención, según copia certificada de fojas 7 a 11; Que, según copia certificada del acta que obra de fojas 4 a 6, el Concejo Distrital de Chazuta en Sesión Extraordinaria Nº 023-06 del 6 de febrero de 2006, acordódeclarar la suspensión del ejercicio del cargo de Alcalde de Demetrio Saurín Apagueño por el tiempo que dure el mandato de detención; y nombra como Alcaldeencargado al primer regidor Reinaldo Cachique Sangama; sin embargo, en Sesión Extraordinaria Nº 024 del 9 de marzo de 2006, acordaron por unanimidadaprobar la vacancia del citado alcalde, en base a una errónea interpretación de los artículos 24º y 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los cualesestablecen las causales de suspensión del cargo de alcalde o regidor, y el reemplazo en caso de vacancia o ausencia de los mismos; considerando, que alencontrarse suspendido el alcalde por mandato de detención le correspondía supuestamente ser vacado en el cargo; Que, en Sesión Extraordinaria Nº 028-06 del 6 de abril de 2006, don Reinaldo Cachique Sangama comunica al concejo en pleno su renuncia al cargo de Alcaldeencargado, en razón a que, en su calidad de profesor participó en un concurso público, logrando obtener una plaza en una institución educativa, por lo que no podríacontinuar ejerciendo el cargo de alcalde; en consecuencia, designan la encargatura al regidor Edwin Gómez Shapiama; Que, la condición jurídica de un alcalde o regidor que se encuentra privado de su libertad e internado en un establecimiento penitenciario por orden judicial emanadade un proceso penal, no configura la causal de vacancia, por tal motivo, en el inciso 3) del artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 se establececlaramente que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende mediante acuerdo de concejo por el tiempo que dure el mandato de detención, siendo reemplazadode conformidad con el artículo 24º de la acotada Ley; y que concluida dicha medida coercitiva, el alcalde o regidor reasume sus funciones en forma automática e inmediata,sin requerir pronunciamiento del concejo municipal; por consiguiente, es nulo el acuerdo de Sesión Extraordinaria Nº 024 del 9 de marzo de 2006, que declara la vacanciadel citado alcalde; Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, al alcalde suspendido lo reemplaza el Teniente Alcalde que es elprimer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, correspondiéndole asumir el cargo de Alcalde a don Reinaldo Cachique Sangama, más no al regidor EdwinGómez Shapiama por no ser el llamado conforme a ley; y para completar el número legal de miembros del concejo municipal, se debe convocar provisionalmente a doñaLibna Piña Villanueva, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Ideas; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar Nulo el acuerdo de la Sesión Extraordinaria Nº 024 del 9 de marzo de 2006,que declara la vacancia del Alcalde Demetrio Saurín Apagueño del Concejo Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San Martín, por encontrarse suspendido en su cargo por el tiempo que dure elmandato de detención. Artículo Segundo.- Declarar Nulo el acuerdo de la Sesión Extraordinaria Nº 028 del 6 de abril de 2006, queacepta la renuncia del primer regidor Reinaldo Cachique Sangama del Concejo Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San Martín, y designa al regidor EdwinGómez Shapiama la encargatura del citado concejo distrital. Artículo Tercero.- Otorgar la credencial al primer regidor Reinaldo Cachique Sangama, acreditándolo temporalmente como Alcalde del Concejo Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San Martín;mientras dure el mandato de detención contra don Demetrio Saurín Apagueño. Artículo Cuarto.- Convocar a doña Libna Piña Villanueva, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Ideas, para que asuma provisionalmente el cargo de Regidora del Concejo Distrital de Chazuta, provincia y departamento de San Martín, debiéndosele otorgar la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ PEÑARANDA PORTUGAL SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIA FALCONÍ GÁLVEZ,Secretario General (e) 01374-19 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G75/G63/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/GFA/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F RESOLUCIÓN Nº 1345-2006-JNE Exp. 260-2006-VAC Lima, 22 de agosto de 2006VISTO, el expediente sobre vacancia del cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Lucre, provinciade Quispicanchi, departamento de Cusco, que ejerce don Julio Barrientos Arredondo, por las causales previstas en los numerales 4), 5) y 7) del artículo 22º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, respecto a la ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta días consecutivos, sin autorización delconcejo municipal; cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal; e inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas oseis no consecutivas durante tres meses, respectivamente; remitido por el Alcalde Pascual Tisoc Quispe, del citado concejo municipal, quien solicita se déel trámite correspondiente a efectos de convocar al regidor suplente; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el votoaprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa; Que, en sesión ordinaria del 17 de marzo de 2006, el Concejo Distrital de Lucre declaró la vacancia del cargo de regidor de don Julio Barrientos Arredondo sinconsignar la causal incurrida, decisión que le es notificada mediante Acuerdo Municipal Nº 03-MDL-AC de fecha 20 de marzo de 2006, en la cual se señala quesu vacancia es por ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta días consecutivos, sin autorización del concejo municipal; cambio de domicilio