TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 25 de agosto de 2006 326867REPUBLICADELPERU Flores como Jefe de la Oficina de Planeamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; Que, con fecha 21 de agosto de 2006, el señor Luis Dante Mendieta Flores ha formulado renuncia al cargode Jefe de la Oficina de Planeamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, cargo previsto en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP , aprobadomediante Resolución Suprema Nº 023-2004-PCM, la misma que habiendo sido aceptada, se hará efectiva a partir de la fecha; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, el Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por DecretoSupremo Nº 106-2002-PCM, y Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, aprobado mediante ResoluciónPresidencial Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2003; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del señor Luis Dante Mendieta Flores al cargo de Jefe de la Oficina dePlaneamiento de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, a partir de la fecha, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Presidencial en la Página Web Oficial de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ yen el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUDITH PUENTE DE LA MATA Presidenta 01390-2 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6C/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G65/G72/G74/G69/G66/G69/G2D /G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G61/G72/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 070-CND-P-2006 Lima, 24 de agosto de 2006 VISTOS:El Memorando Nº 404 -2006-CND/ST, el Informe Nº 013-2006-CND/GTA; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,prescribe que en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo porrazones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuestoasignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidaddeberá reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido; Que, el artículo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cuando la Entidad decida cancelar un procesode selección, por causal debidamente motivada de acuerdo a lo establecido en el artículo 34º de la Ley, deberá comunicar su decisión dentro del día siguientey por escrito al Comité Especial, debiendo registrarla resolución cancelatoria en el SEACE en el mismo plazo; Que, la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditaciónde los Gobiernos Regionales y Locales, tiene por finalidadque se haga efectiva la transferencia de funcionessectoriales incluidos el personal, acervo documentario, recursos presupuestales y bienes muebles e inmuebles vinculados a éstas, del Gobierno Nacional a losGobiernos Regionales y Locales, en el marco de laprogresividad y orden que dispone el artículo 188º de laConstitución Política del Perú; siendo dicha leyreglamentada mediante Decreto Supremo Nº 080-2004- PCM; Que, mediante documento de vistos, se sustenta la necesidad de cancelar el proceso antes citado teniendoen cuenta las disposiciones del nuevo gobierno respectoa simplificar el procedimiento de certificación de maneratal que, implique menores gastos al Estado y por tanto agilice el procedimiento de acreditación de los Gobiernos Regionales a fin de hacer efectivo el proceso de descentralización; Que, de otro lado, a través del Decreto de Urgencia Nº 020-2006 y Nº 021-2006, se dictaron normas deausteridad y racionalidad destinadas a racionalizar el gasto público, con el fin de destinarlas al cumplimiento de objetivos prioritarios, los cuales también inciden en el Proceso deSelección - Concurso Público Nº 001-2006-CND"CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍAPARA LA CERTIFICACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALESCORRESPONDIENTES AL CICLO 2006"; Que, en tal sentido, es necesario se adopte las medidas administrativas inmediatas, por lo quecorresponde al Consejo Nacional de Descentralización,en uso de las facultades que le concede la Ley delSistema de Acreditación, ejecutar la certificación enforma directa a fin de cumplir con el ciclo del proceso de acreditación 2006, y poder destinar dicho presupuesto a otros objetivos prioritarios de caráctersocial, en el marco de lo dispuesto por el Decreto deUrgencia Nº 020-2006; Que, en cumplimiento de los Decretos de Urgencia Nº 020-2006 y Nº 021-2006, la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en uso de las atribuciones contenidas en la Resolución PresidencialNº 036-CND-P-2006, Reglamento de Organización yFunciones del Consejo Nacional de Descentralización;y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Proceder a la cancelación del proceso de selección - Concurso Público Nº 001-2006-CND"CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA CERTIFICACIÓN DE GOBIERNOS REGIONALES CORRESPONDIENTES AL CICLO2006", por las consideraciones expuestas en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2º.- La Gerencia de Administración y Finanzas deberá proceder a las acciones pertinentesdestinadas al cumplimiento de la presente resolución;así como el cumplimiento de los alcances del Decreto deUrgencia Nº 020-2006. Artículo 3º.- Disponer que la presente Resolución sea registrada en el Sistema Electrónico de Adquisicionesy Contrataciones del Estado - SEACE y publicada en lapágina Web de la Institución Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas el trámite para la publicaciónde la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano,dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de suaprobación, así como la remisión de ésta, dentro del mismo plazo al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. JORGE PERLACIOS V. Secretario Técnico 01420-1