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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (25/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326872El Peruano viernes 25 de agosto de 2006 SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la compensación mensual del Presidente Regional en la suma de S/. 14,300.00 nuevos soles, montos que se otorgarán a partir del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2006. Artículo Segundo.- RATIFICAR, la remuneración mensual del Vicepresidente Regional en la suma de S/. 7,416.00 nuevos soles. Artículo Tercero.- APROBAR, la Dieta de los Consejeros Regionales en la suma de S/. 4,290.00 equivalente al 30% que percibe el Presidente Regional,montos que se otorgarán a partir del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2006. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR el presente Acuerdo de Consejo al Ministerio de Economía y Finanzas, Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social y demás órganos estructurados de este Gobierno Regional e interesados para los fines pertinentes. Artículo Quinto.- PUBLICAR el presente acuerdo conforme a lo previsto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 01346-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G5A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G55/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20 /G61/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20 /G70/G6C/G61/G7A/G6F/G2C/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G65/G6E/G74/G65 /G50/G69/G65/G64/G72/G61 ORDENANZA Nº 972 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de agosto del año 2006, el Documento Simple Nº 51360-04, seguido por la Asociación de Comerciantes y Productores Las tres Regiones, representada por su Presidente delConsejo Directivo don Rodrigo Belardino Marcelo Huerta, quien solicita el cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (R4) a Comercio distrital (C5) del predio de80,000 M2, ubicado en la Parcela Nº 10156, zona El Porvenir Gramadal Alto (Km 33.5 de la Panamericana Norte) del distrito de Puente Piedra, con la finalidad de edificar en él unmultimercado denominado “Las Tres Regiones”; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda yNomenclatura en su Dictamen Nº 065-2006-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Puente Piedra,provincia y departamento de Lima, de Zona Residencial de Densidad Media (R4) a Comercio Distrital (C5) del predio cuya área es de 80,000 M2, ubicado en la ParcelaNº 10156-UC 10156, zona El Porvenir Gramadal Alto (Km33.5 de la Panamericana Norte) del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Puente Piedra y el Instituto Metropolitano dePlanificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporen en el Plano de Zonificación la modificación indicada en el Artículo Primero, o su equivalente de acuerdoa la Ordenanza Nº 620-MML del 4 de abril de 2004. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 18 de agosto de 2006 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 01353-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GB0/G20/G31/G31/G37/G2D/G4D/G43/G48/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G72/G65/G61/G20/G65/G6C/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G20/G65/G73/G20/G41/G76/G61/G6E/G7A/G61/G72/G20/G32/G30/G30/G36/G22 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-06-MDCH Chaclacayo, 23 de agosto de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO VISTO: El Informe Nº 073-CATYR –MDCHA-20006, de fecha 14 de agosto del 2006, de la Gerencia de AdministraciónTributaria y Rentas, y Memorándum Nº 347-2006- GM/ MDCH, de fecha 15 de agosto del 2006, de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 117 – MDCH se crea el programa especial de saneamiento tributario “TRIBUTAR ES AVANZAR 2006”. Que, siendo política de la actual administración municipal, otorgar a sus contribuyentes máximas facilidades para el cumplimiento de sus obligacionestributarias, por Acuerdo de Concejo Nº 020-06, se faculta al Alcalde expresamente, a prorrogar la vigencia de la Ordenanza acotada en el párrafo anterior. Que, mediante el Art. 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, se establece que mediante Decreto de Alcaldía se establece la regulación de asuntosde orden general y de interés para el vecindario; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas en el Artículo 20º , inciso 6) de laLey Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Ampliar el plazo de fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 117-MDCH, que crea el programa especial de saneamiento tributario “TRIBUTAR ES AVANZAR 2006” hasta el 15 deseptiembre del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración, Gerencia de AdministraciónTributaria y Rentas y a la Unidad de Informática el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Publíquese, regístrese, comuníquese y cúmplase VICTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 01392-1