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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de diciembre de 2006 335010 el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Biblioteca Nacional del Perú. Que, asimismo, el Titular de la Entidad se encuentra facultado para la designación de funcionarios en cargo de confi anza, como es el caso del Director General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; por lo que resulta pertinente la emisión de la presente resolución designando al funcionario que lo reemplazará; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 025-2005-BNP, se designó al Sr. Artemio Martín López Saldaña, en el cargo de con fi anza de Director General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Perú; y, De conformidad con las normas indicadas precedentemente, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del Sr. Artemio Martín López Saldaña en el cargo de con fi anza de Director General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Perú, dándosele las gracias por los valiosos servicios prestados, debiendo retornar a su plaza de origen. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha de expedición de la presente resolución a la Sra. LITA GRIEVE COLLANTES como Directora del Sistema Administrativo III, Nivel Remunerativo F-4, Directora General del Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados de la Biblioteca Nacional del Perú, cargo considerado de con fi anza. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web institucional (http://www.bnp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.HUGO NEIRA SAMANEZ Director Nacional 7926-7 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen registro de la actualización Nº 1 por variaciones fundamentales del Prospecto Marco correspondiente al “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Scotiabank Perú” en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 142-2006-EF/94.11 Lima, 13 de diciembre de 2006VISTO:El Expediente Nº 2006030803 present ado por Scotiabank Perú S.A.A. y el Memorándum Nº 3659-2006-EF/94.45 del 12 de diciembre de 2006. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 128-2005-EF/94.11, de fecha 2 de diciembre de 2005, se aprobó el trámite anticipado, se dispuso la inscripción del programa de instrumentos representativos de deuda denominado “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Banco Wiese Sudameris” hasta por un monto en circulación de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en moneda nacional, así como el registro del prospecto marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, cualquier modi fi cación que se efectúe al prospecto informativo deberá ser presentada a CONASEV, acompañando la documentación e información pertinente, con anterioridad a su entrega a los inversionistas, debiendo suspenderse la colocación o venta hasta que se hubiere registrado la modi fi cación; Que, en junta general de accionistas de fecha 28 de abril de 2006, el Banco Wiese Sudameris S.A.A. acordó el cambio de su denominación social por la de Scotiabank Perú S.A.A.; Que, asimismo, con fecha 8 de noviembre de 2006, Scotiabank Perú S.A.A. y Banco de Crédito del Perú suscribieron el Addendum al Contrato Marco de Emisión de Obligaciones, mediante el que se designó al Banco de Crédito del Perú como representante de los obligacionistas de los titulares de los bonos a ser emitidos bajo el “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Banco Wiese Sudameris”, hoy denominado “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Scotiabank Perú”; Que, con fecha 14 de noviembre de 2006, Scotiabank Perú S.A.A solicitó el registro de la actualización Nº 1 del prospecto marco correspondiente al “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Scotiabank Perú”, por variaciones fundamentales, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, Scotiabank Perú S.A.A. ha cumplido con presentar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como por las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos, para el caso de inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de actualizaciones de prospectos informativos en el supuesto de variaciones fundamentales; Que, el artículo 2º, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripción de valores mobiliarios y/o prospectos informativos en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, que faculta al Gerente General para disponer el registro de actualizaciones de prospectos informativos en caso de variaciones fundamentales; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer el registro de la actualización Nº 1 por variaciones fundamentales del Prospecto Marco correspondiente al “Primer Programa de Instrumentos Representativos de Deuda - Scotiabank Perú”, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a Scotiabank Perú S.A.A, en su calidad de emisor, entidad estructuradora y agente colocador; al Banco de Crédito del Perú, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR LOZÁN LUYO Gerente GeneralComisión Nacional Supervisora de Empresasy Valores 6744-1