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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de diciembre de 2006 335013 desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Ica y Cañete; Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Lima y a lo opinado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, contándose con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciarios y de las O fi cinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Ica y Cañete, por los períodos de cuarenta y ocho (48) y cuarenta y siete (47) días calendario, a partir del 15 y 16 de diciembre de 2006, respectivamente, mientras el CONSUCODE resuelve el recurso de revisión, concluye el proceso de selección y se perfeccione el contrato respectivo, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- EXONERAR, a la Dirección Regional Lima, del requisito del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva, para la adquisición de alimentos preparados a que se re fi ere el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Dirección Regional Lima, para la adquisición del suministro de alimentos preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Ica y Cañete, de la Unidad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, de acuerdo al siguiente detalle: Nº ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DÍAS TOTAL S/. 1 E.P. ICA 48 111 455,522 E.P. CAÑETE 47 88 277,75 TOTAL 199 733,27 Dicha autorización es por los períodos de cuarenta y ocho (48) y cuarenta y siete (47) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento inminente prevista en el artículo precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º. - COMUNICAR, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER, que se remitan los actuados a la O fi cina General de Auditoría, para las acciones pertinentes. Artículo 6º. - REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MAVILA LEÓN Presidente 7920-1Declaran en situación de emergencia la adquisición de bienes o contratación de servicios para la implementación del Plan de Sistematización del Registro Penitenciario RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 739-2006-INPE/P Lima, 19 de diciembre de 2006VISTOS, el O fi cio Nº 2028-2006-INPE/10 que adjunta el Informe Técnico Nº 036-2006-INPE/10.04, ambos de fechas 15 de diciembre de 2006, de la O fi cina General de Administración, Informe Legal Nº 435-2006-INPE/06 de fecha 18 de diciembre de 2006, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, relativos a los procesos de selección a contratar por situación de emergencia, para ejecutar el Plan de Sistematización del Registro Penitenciario. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28750 publicada el 3 de junio de 2006, se autorizó un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, para el Instituto Nacional Penitenciario y, mediante Decreto Supremo Nº 008-2006-IN publicado el 27 de junio de 2006, se exonera al Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, por situación de emergencia, de los procesos de selección para la adquisición de bienes, servicios, bienes de capital y otros gastos corrientes, a través de los recursos provenientes del referido Crédito Suplementario, a fi n de ejecutar, entre otros, el PLAN DE SISTEMATIZACIÓN DEL REGISTRO PENITENCIARIO; Que, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 008-2006- IN, al Instituto Nacional Penitenciario se destinó la suma de S/ 4´059 774,00 nuevos soles, para la adquisición de bienes, servicios y bienes de capital, a fi n de ejecutar, entre otros, el citado PLAN DE SISTEMATIZACION DEL REGISTRO PENITENCIARIO para optimizar las medidas de seguridad de los establecimientos penitenciarios y dependencias conexas, teniendo en cuenta que dichos centros penitenciarios albergan internos de alta peligrosidad, cabecillas de bandas delincuenciales, entre otros, que utilizan equipos de comunicación para plani fi car, coordinar y ejecutar acciones delictivas desde el interior de los penales, afectando la seguridad ciudadana; Que, el sistema penitenciario de nuestro país atraviesa una grave crisis, la cual por seguridad e interés nacional requiere ser atendida con urgencia y celeridad. En este sentido, se debe realizar acciones conducentes a normalizar el funcionamiento del Sistema Nacional Penitenciario, por lo que resulta urgente y necesario revertir la crisis por la que atraviesan las cárceles del país, situación que se ha visto agravada debido al internamiento de personas vinculadas a delitos de corrupción y bandas organizadas que desde el interior de los penales estarían dirigiendo operaciones delictivas, haciendo necesaria la implementación de medidas excepcionales de seguridad. En tal sentido, atender estas situaciones excepcionales, responde al interés nacional y conlleva a adoptar medidas urgentes que permitan al Instituto Nacional Penitenciario ejecutar acciones relacionadas al cumplimiento de los objetivos y metas, para revertir la situación de emergencia; Que, en el marco de las diversas medidas de seguridad dirigidas a revertir la situación antes señalada, resulta necesario implementar y ejecutar el PLAN DE SISTEMATIZACIÓN DEL REGISTRO PENITENCIARIO, por el cual se podrá realizar la identi fi cación, clasi fi cación, movimientos, traslados, libertades y seguimiento de las personas que ingresan a los centros penitenciarios, mediante la interconexión computarizada de voz y datos entre la Sede Central, Direcciones Regionales y centros penitenciarios a nivel nacional, lo que permitirá tener información en tiempo real de la situación jurídica de las personas que se encuentran recluidas, elevando así el grado de seguridad en la identi fi cación de los internos,