Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335259

Aprueban Planeamiento Integral de la MORDAZA denominada Entrada a Huachipa del distrito de Ate - Parte del Sector Catastral N° 22 del Ex Fundo La MORDAZA
ORDENANZA N° 136-MDA

Ate, 18 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 18 de diciembre de 2006 y visto el Dictamen N° 16-06-CDU/MDA de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79° de la Ley N° 27972). Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones Titulo II, Capitulo V, Articulos 37° al 42°, establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. El Planeamiento Integral Aprobado tendra una vigencia de 10 anos. Las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA deberan tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 341-MML, de fecha 6 de diciembre de 2001, aprueba la actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, indica que el sector materia de planificacion se encuentra afectado por dos via metropolitanas Av. Periurbana / Tramo III-A (Nicolas de Pierola: Prolongacion hasta la Carretera Central calificada como una via semi expresa con 30.00 ml de seccion; la Av. Las MORDAZA (Tramo Carretera Central ­ Via Periurbana) clasificada como via colectora aprobada con seccion de 15.00 ml a 18.00 ml) y la Carretera Central clasificada como via arterial con 45.00 ml mas el derecho de la linea del ferrocarril con 18.00 ml. Que, en la Jurisdiccion del distrito de Ate, se tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de la realidad y reconocimiento del espacio fisico del sector, poniendo a disposicion un Instrumento de Gestion de Ordenamiento del territorio mediante la elaboracion de Planeamientos Integrales por Sectores, motivo por el cual se interviene en terrenos que forman parte del sector 22 ubicado en el Ex Fundo La MORDAZA cuya finalidad es el Acondicionamiento progresivo, en donde se han detectado terrenos rusticos de condicion MORDAZA asi como ocupaciones y construcciones irregulares, derivadas del crecimiento desordenado de la poblacion y del problema del acceso a la vivienda, lo cual viene

provocando una dinamica MORDAZA inadecuada, por lo que se hace necesario dictar las normas urbanisticas dentro de un Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia de insertar los sectores normativos dentro del MORDAZA territorial existente determinando una estructura basica, promoviendo las Gestiones de Desarrollo y promocion de la inversion asi como las directrices normativas que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector. Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se ha encargado de la elaboracion del estudio del Planeamiento Integral de la MORDAZA denominada Entrada de Huachipa, que forma parte del Sector Catastral N° 22 y de la Parcelacion del Fundo La Estrella; con un area de 32,913.83 m2 y cuyos linderos son: por el Norte: con la Av. Periurbana, por el Sur: con la Carretera Central, por el Este: con terrenos de propiedad de la Asociacion de Vivienda Virgen de Cocharcas y por el Oeste: con la Av. Las Torres. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores regidores asistentes a la sesion de concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LA MORDAZA DENOMINADA ENTRADA A HUACHIPA DEL DISTRITO DE ATE ­ PARTE DEL SECTOR CATASTRAL N° 22 DEL EX FUNDO LA MORDAZA DISTRITO DE ATE Articulo 1°.- APROBAR el Planeamiento Integral de la MORDAZA denominada Entrada a Huachipa del distrito de Ate ubicada en Parte del Sector Catastral N° 22 y de la Parcelacion del Fundo La Estrella; con un area de 32,913.83 m2, cuyos linderos son: por el Norte: con la Av. Periurbana, por el Sur: con la Carretera Central, por el Este: con terrenos de propiedad de la Asociacion de Vivienda Virgen de Cocharcas y por el Oeste: con la Av. Las Torres; ubicado entre las coordenadas siguientes: vertice "A" 293 556.8000 (E) y 8 671 300.7129 (N), vertice "B" 293 600.6220 (E) y 8 671 290.3456 (N), vertice "C" 293 631.8443 (E) y 8 671 286.2026 (N), vertice "D" 293 663.8956 (E) y 8 671 286.2026 (N), vertice "E" 293 694.5652 (E) y 8 671 292.0027 (N), vertice "F" 293 736.6059 (E) y 8 671 303.3752, vertice "G" 293 795.4244 (E) y 8 671 127.6818 (N) y vertice "H" 293 639.3927 (E) y 8 671 082.8903 (N); el mismo que tendra una vigencia de 10 anos como minimo y sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras que forma parte de dicho planeamiento y sera inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos; conforme al Plano signado como N° 06-2006-SGPUC-GDU/ MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°.- El Planeamiento Integral de modulos viales, que prueban las vias principales y secundarias del sector, cumplen con las normas para l diseno de Vias Locales en Habilitaciones Urbanas aprobado por R.M. N° 705-79-VC-5500 del 03-12-79 y MORDAZA Tecnica de Edificacion U190, de "Adecuacion urbanistica para personas con discapacidad" aprobada por R.M. N° 0692001-MTC determinando la continuidad vial y alineamiento fisico de las parcelaciones que lo conforman. Articulo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia General Municipal, para que a traves de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Participacion Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella.

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