Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2006 (22/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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2003, 2004, 2005 siempre que se cancelen al contado hasta el 26 de diciembre del 2006, tendran como beneficio de descuento equivalente al 50% y 40% del monto insoluto determinados de acuerdo a la Ordenanza de la materia, obtendran los siguiente beneficios (Ordenanzas Nos. 146 y 147-MDSMP ratificados con Acuerdos de Concejo Nº 460 y 464-MLM). - Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines de anos anteriores al 2002 descuento de 50% del monto insoluto. - Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002, 2003, 2004, 2005 descuento de 40% del monto insoluto. - Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines al ano 2006 descuento de 40% del monto insoluto. - Arbitrio de Serenazgo de los anos 2005 y 2006 descuentos del 40 % por el monto insoluto. Que el Beneficio de descuento de 40% referidas a los arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y arbitrio de Serenazgo para el ano 2006, se otorgara a partir de la entrada en vigencia la presente Ordenanza, abonen el total del arbitrio al 2006, descuento que tambien se aplicara al saldo pendiente de pago del ano 2006, siempre que se pague en una sola cuota. Articulo 6º.- DE LOS PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACION La presente ordenanza alcanzara tambien a los contribuyentes y/o administrados a quienes se les MORDAZA sancionado como resultado de un procedimiento de fiscalizacion. Articulo 7°.- FORMAS DE PAGO: Los contribuyentes que se acojan a los beneficios establecidos por la presente ordenanza podran hacerlo cancelando las deudas al contado y/o de manera fraccionada, en este ultimo caso el beneficio alcanzara a las multas de acuerdo a lo senalado en el Articulo 4º y el 90 % de los intereses moratorios, y se le aplicara el interes de fraccionamiento que senala el Articulo 33º del Codigo Tributario, el plazo para el fraccionamiento sera de un MORDAZA de 24 cuotas. Articulo 8°.- CONTRIBUYENTES EN MORDAZA DE EJECUCION COACTIVA: Los contribuyentes y administrados que se encuentren en MORDAZA de ejecucion coactiva podran acogerse a los beneficios otorgados, previa cancelacion de los gastos procesales y cuando no tengan retencion de cuenta. Quienes se encuentren con medida cautelar firme podran acogerse solo por la diferencia pendiente no cubierta por la medida cautelar firme, cancelando adicionalmente los gastos administrativos. Los procedimientos de ejecucion coactiva se archivaran en caso que el deudor tributario cancele su deuda al contado. En caso de fraccionamiento se suspendera el procedimiento de ejecucion coactiva mientras cancele las cuotas del convenio de fraccionamiento. Articulo 9°.- DEL TRAMITE DE LA CONDONACION: Quienes se acojan a la condonacion de las multas, previamente debe realizar un pago unico de S/ 15.00 consignando el Numero de Multa, deberan presentar en el Modulo de Plataforma de Orientacion al Contribuyente, para su procesamiento automatico segun los dispuesto en el Articulo 4º de la presente Ordenanza, acreditando haber regularizado. Articulo 10°.-DEUDAS IMPUGNADAS: Podran acogerse los contribuyentes que tienen Expedientes sobre la materia, reclamacion, reconsideracion o apelacion y esten pendientes de resolucion. Acreditando el pago de las deudas en cuestion y el desistimiento de su expediente, sera suficiente para determinar el archivamiento definitivo. DISPOSICIONES COMPLENTARIAS Y FINALES. Primera.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, Gerencia de Ejecutoria Coactiva,

Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento, la difusion y publicacion de presente ordenanza. Segunda.- Los alcances establecidos en el Reglamento de Fraccionamiento establecido con Ordenanza N° 0632003/MDSMP y modificado por Ordenanza N° 107-2005MDSMP "Paga Facil" queda suspendido mientras se encuentre en vigencia la presente ordenanza. Tercero.- Las multas generadas por los procesos de Habilitacion MORDAZA y de las Zonas de expansion MORDAZA no se encuentran comprendidas dentro de este beneficio, ni las multas generadas por infracciones cometidas por las MORDAZA de juego, tragamonedas y casinos cualquiera que sea la causa de las infracciones. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA
8913-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan Beneficio de Regularizacion Tributaria establecida mediante la Ordenanza Nº 122-MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 023-2006-MDSM

San MORDAZA, 20 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 152-2006-GRAT/MDSM, de fecha 19 de diciembre de 2006, emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y Memorando Nº 657-2006-GM/MDSM, de fecha 19 de diciembre de 2006, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica, y administrativa en los asuntos de su competencia; Que mediante Ordenanza Nº 122-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre del 2006, se establece un Beneficio de Regularizacion Tributaria en el Distrito, cuya vigencia es hasta el 21 de Diciembre del 2006; Que, atendiendo al pedido de los contribuyentes del distrito y siendo politica de esta Administracion brindar las mayores facilidades, se hace necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio, a fin que estos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, asi como la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 122-MDSM; DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el Beneficio de Regularizacion Tributaria establecida por la Ordenanza Nº 122-MDSM hasta el 29 de diciembre de 2006.

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