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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335742 Nº NOMBRES Y APELLIDOS Sanción administrativa disciplinaria 05 YZAGA LEYTON, Rosa Arminda, ex Gerente Regional de Administración Multa de ocho (08) Unidad Impositiva Tributaria 06 RONDAN RAMIREZ, Ángel Victoriano; ex Gerente de Administración, ex Subgerente de Administración Financiera.Cuarentaicinco (45) días de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones 07 MAGUIÑA SALAZAR, Walther Teó fi lo; ex Gerente Regional de Infraestructura Diez (10) días de Suspensión sin Goce de Remuneraciones. 08 CAUVI ASTETE, Félix Eduardo; ex Subgerente de Supervisión y Liquidación de Obras Diez (10) días de Suspensión sin goce de remuneraciones 09 GAMERO VILDOZO, Jorge Isaac, ex Subgerente de Supervisión y Liquidación de Obra Multa de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 10 CAMINO MIRANDA, Raúl Augusto; ex Gerente Regional de Administración Multa de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 11 CABEZAS HUANUCO, Héctor Rolando; ex Gerente Regional de AdministraciónMulta de cuatro (04) Unidad Impositiva Tributaria 12 FIGUEROA ROSARIO, Teodoro Nicanor, ex Subgerente de Administración Financiera Multa de dos (02) Unidad Impositiva Tributaria 13 LINARES DAVILA, Santiago Lino; ex Gerente Regional de Administración FALLECIÓ 14 VIZCARRA ZORRILLA, Julio Alcides; ex Gerente Regional de AdministraciónMulta de cuatro (04) Unidad Impositiva Tributaria 15 ZURITA FLORES, Ángel Alfredo; ex Gerente Regional de Administración Multa de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 16 JAMANCA GONZALES, Hermilio Leoncio; ex Gerente Regional de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo InstitucionalMulta de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 17 CASTROMONTE TAHUA, Augusto Alfredo; ex Gerente Regional de Asesoría JurídicaMulta de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 18 MEZA JARA, Antonio; ex Subgerente de Recursos HumanosMulta de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 19 CARRANZA QUIÑONEZ, Roger Francisco; ex Subgerentes de Abastecimiento y SS.AA. y otrosDos (02) meses de Cese Temporal sin Goce de Remuneraciones. 20 RAMIREZ LÁZARO, David Marcelo, ex Gerente Regional de Asesoría Jurídica Multa de 20% de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 21 CLEMENTE OSORIO, José Vidal; ex Gerente Regional de OperacionesMulta de 20% de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 22 NAVARRETE VEGA, Rafael Augusto; ex Subgerente de AbastecimientoMulta de dos (02) Unidad Impositiva Tributaria 23 MEDRANO MEZA. Miguel Marcos: ex Gerente Regional de Control InternoMulta de 20% de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria 24 RIOS PADILLA, Julio; ex Subgerente de Desarrollo Institucional, Estadística e InformáticaQuince (15) días Suspensión sin Goce de Remuneración 25 VILLAFUERTE VICENCIO, Mario Cirilo, ex Gerente Regional de Plani fi cación y Desarrollo Institucional Multa de uno (01) Unidad Impositiva Tributaria Regístrese, comuníquese y cúmplase. HÉCTOR DEL CASTILLO PROTACIO Gerente General RegionalGobierno de la Región Ancash 10137-1 Sancionan con multa, suspensión y amonestación a diversos servidores y ex servidores RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 0268-2006-GRA/GGR. Huaraz, 21 de diciembre de 2006 EL SEÑOR GERENTE GENERAL REGIONAL DE ANCASH VISTOS: Resolución Gerencial General Regional Nº 0196-2006-GRA/GGR, demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 0196-2006-GRA/GGR, se resolvió instaurar proceso administrativo disciplinario contra diversos servidores y ex servidores del Gobierno Regional de Ancash, como consecuencia de las recomendaciones efectuadas por la Contraloría General de la República a través del Informe Nº 416-2005-CG/ZC, denominado Informe Especial al ex Consejo Transitorio de Administración Regional de Ancash (CTAR ANCASH); Que, con O fi cio Múltiple Nº 0544-2006-REGIÓN ANCASH/SG, se noti fi có la resolución antes aludida al Ing. Francisco Schreiber Rodríguez, Ing. José Clemente Osorio, Ing. Rodrigo Orellana San Martín, Teodoro Nicanor Figueroa Osorio, Cesar Cerna Maguiña, Alfredo Javier Chipana de la Torre, Rubén Alfaro López, Roger Carranza Quiñónez, Juan Zarzosa Villafán, Betty Quijano Hidalgo, Ing. Chapoñán Valdera, Mario Cueva Minaya, señor Corsino Cruz Paucar, Juan Rolando Jara Alva, Carlos Alberto Villoslada Quevedo. Y de la revisión de la Constancia de Noti fi cación se advierte haber sido notifi cado la señora María Robles Ramírez, Esteban Camacho Rodríguez, y Noemí Alicia Rolfo Espinoza; Que, presentaron su descargo las siguientes personas: Teodoro Nicanor Figueroa Osorio (Registro Nº 8795), Francisco Schreiber Rodríguez (Registro Nº 8517); Ing. Carlos Villoslada Quevedo; Roger Carranza Quiñónez, Juan Rolando Jara Alva; Alfredo Javier Chipana de la Torre, Mario Isidro Cueva Minaya; María Robles Ramírez; Betty Quijano Hidalgo; Armando Chapoñan Valdera (Registro Nº 8487); Juan Damasco Zarzosa Villafán; Ing. César Jorge Cerna Maguiña (Registro Nº 8535); y Rubén Alfaro López (Registro Nº 8286); RESPECTO AL SEÑOR RODRIGO EDUARDO ORELLANA SAN MARTIN, EX INSPECTOR DE LA OBRA. Que, se encuentra plenamente acreditado que en su condición de inspector de la Construcción Reservorio Elevado - 250 m3, aprobó la ampliación de plazo Nº 01 por 24 días calendario, de los cuales 19 con la justi fi cación necesaria debido a que el tiempo para ejecutar los trabajos de desencofrado y demolición de piscina estaban incluidos dentro de la oferta técnica del contratista; haber aprobado la ampliación de plazo Nº 02, considerando doblemente al 7 de marzo de 2003 en la cuanti fi cación de los días a reconocer los contratista, por no haber compensado trabajos considerándolo como adicional de obra, no obstante que de acuerdo al sistema de contratación a suma alzada le correspondía al contratista ejecutarlos, lo cual ha generado un perjuicio a la entidad y no acreditar la realización de pruebas hidráulicas a la estructura y sus instalaciones a través de los protocolos de pruebas hidráulicas. Esta circunstancia demuestra haber incumplido con sus funciones establecidas en el artículo 149º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, lo dispuesto en la cláusula octava del Contrato de Locación de Servicios suscrito entre la entidad y el ingeniero Rodrigo Orellano San Martín, con fecha 1 de septiembre de 2002; Que, la transgresión de los principios y deberes establecidos en el Capítulo II de la Ley Nº 27815, se considera infracción, y por ende de acuerdo al artículo 12º del Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, corresponde sancionar al ingeniero Rodrigo Eduardo Orellana San Martín con multa de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias. RESPECTO AL INGENIERO ARMANDO CHAPOÑAN VALDERA, EX MIEMBRO DEL COMITÉ DE RECEPCIÓN DE OBRA e, INTERVENTOR DE LA SUBGERENCIA DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRA. Que, de la evaluación del descargo y los cargos imputados al Ing. Armando Chapoñan Valdera, en relación a la obra Construcción Reservorio Elevado de 250 M3, se advierte que las modi fi caciones efectuadas al proyecto original no contaban con la opinión del proyectista, ni con la autorización de la entidad, aspecto que incumplía con lo dispuesto con el artículo 159º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asimismo no tomó en cuenta que la entidad no cumplió con aprobar los presupuestos deductivos, tal como lo dispone las Normas Técnicas de Control aprobado por Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG, y el Numeral 600-12 aprobación de reducción de obras; Que, si bien no se aprobaron regularmente las modi fi caciones efectuadas al proyecto original, dentro de ellas existen algunos trabajos que se consideran