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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336339 facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del artículo 44º de la Ley 26497 “Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil”, debiendo los gobiernos locales desactivar sus O fi cinas de Registro Civil, quedando facultados únicamente al tramite y celebración de los matrimonios civiles; Que, siendo objetivo de la entidad promover la efi ciencia en la gestión reduciendo los niveles de decisión, a fi n de lograr un e fi caz control de los servicios administrativos que optimice y garantice la calidad de gestión municipal con e fi ciencia, e fi cacia y productividad, se hace necesario aprobar una nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la municipalidad, conforme a la propuesta emitida por el órgano ejecutivo de la entidad; Que, el citado documento de gestión se constituirá en una norma técnica y herramienta de gestión organizacional moderna y sostenible, que propende a partir del análisis yfl ujograma de procesos, la delimitación clara de competencias y responsabilidades, que optimice y garantice la calidad de gestión municipal con e fi ciencia, e fi cacia y productividad, permitiendo implementar indicadores para evaluación de la gestión por resultados e incorporando además canales que garanticen la efectiva participación ciudadana; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; asimismo, el artículo 9º, inciso 3 del mismo dispositivo establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 253-CDLO QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F.) y el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS, los que como anexo forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE toda norma que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal que adopte las acciones necesarias para la adecuación de las unidades orgánicas a lo dispuesto en la presente ordenanza y a éstas su cumplimiento. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11411-1 Establecen montos por concepto de emisión mecanizada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 255-CDLO Los Olivos, 27 de diciembre de 2006EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 20-2006-CMDLO/CAL de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, faculta a las municipalidades al cobro de un importe no mayor del 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al primero de enero de cada ejercicio; por el cobro del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluido su distribución a domicilio; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 050-2006- PCM se establece la prohibición en las entidades del sector público comprendidos en el anexo de la Ley Nº 28652 – Ley de presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, para realizar impresión, fotocopiado y publicaciones a color, así mismo en su artículo segundo se determina que el titular de la entidad o quien este delegue podrá autorizar excepcionalmente impresos a color para casos debidamente justi fi cados; Que, la Municipalidad tiene programado realizar la emisión masiva de las Declaraciones Juradas de Autoavalúo y Estados de Cuenta Corriente para el pago de los Tributos Municipales correspondientes al ejercicio 2007 en el mes de enero del citado ejercicio, documentación que por su naturaleza tiene el carácter de documento único o fi cial para el contribuyente durante todo el ejercicio 2007, lo cual amerita un tratamiento especial en su impresión (formatos a color) cuyo costo de emisión mecanizado es asumido directamente por el contribuyente al momento de la cancelación de sus tributos municipales de acuerdo al calendario de pago que se establece; Que, es necesario establecer los montos que por emisión mecanizada deberán abonar los contribuyentes en relación al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, correspondientes al ejercicio 2007; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 255-CDLO QUE ESTABLECE MONTOS A PAGAR POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2007 Artículo Primero.- APROBAR en S/. 8.00 (Ocho y 00/100) Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de las declaraciones Juradas de Autoavalúo la cual comprende la actualización de valores o de determinación del Impuesto Predial del Ejercicio Anual 2007. En los casos que los contribuyentes cuenten con más de un predio y/o Anexo Independizado adicional se abonará S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles) por este derecho mecanizado. Artículo Segundo.- APROBAR en S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles), el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y recibos de pago de los Arbitrios Municipales que se encuentran comprendidos por el Arbitrio de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo por cada predio y/o anexo Independizado, correspondiente al ejercicio 2007. Artículo Tercero.- DISPONER que para el ejercicio 2007 el costo de emisión determinado para el Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales será grabado en la primera cuota de pago de cada uno de ellos. Artículo Cuarto.- DISPONER que la impresión de los formatos que conforman la CUPONERA 2007, los cuales son: Hoja de Resumen, Predio Urbano, Áreas Comunes y Otras Instalaciones, Estado de Cuenta Corriente 2007, Requerimiento de Pago de Deudas Vencidas y Hojas Informativas sean impresos en formatos a color.