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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (30/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 122

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336340 Artículo Quinto.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente ordenanza y a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su respectiva difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11411-2 Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 256-CDLO Los Olivos, 27 de diciembre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 21-2006-CMDLO/CAL de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna, sea ésta al contado o fraccionada, de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal - D.S. N° 156-2004-EF, se determina que la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial es hasta el 28 de febrero de cada año, o fraccionado en cuatro cuatas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota de pago vence el 28 de febrero del ejercicio; Que, de acuerdo al Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 250-CDLO que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Distrito de Los Olivos para el ejercicio 2007, se establece que las obligaciones de pago de los arbitrios municipales son de periodicidad Trimestral; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 256-CDLO QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2007 Artículo Primero.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL para el ejercicio 2007 de conformidad con el Artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, conforme al cronograma siguiente: • PAGO AL CONTADO : 28 de febrero • PAGO FRACCIONADO Primera Cuota : 28 de febrero Segunda Cuota : 31 de mayo Tercera Cuota : 31 de agosto Cuarta Cuota : 30 de noviembre Artículo Segundo.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO para el ejercicio 2007, las cuales vencen conforme se detalla a continuación: • Primera Cuota : 31 de marzo. • Segunda Cuota : 30 de junio. • Tercera Cuota : 30 de septiembre.• Cuarta Cuota : 31 de diciembre Artículo Tercero.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida implementación y a la SECRETARÍA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11411-3 Aprueban documentos de gestión para el inicio de operaciones del Hospital Municipal Los Olivos ORDENANZA Nº 257-CDLO Los Olivos, 27 de diciembre de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 22-2006-CMDLO/CAL de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 171-CDLO se modi fi có la Ordenanza Nº 139-CDLO y con Ordenanza Nº 147-CDLO en las que se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F.) de la Municipalidad Distrital de Los Olivos incorporando al Hospital Municipal Los Olivos como Órgano Desconcentrado de la misma, adecuándolo a su funcionalidad durante el período en el que se efectúen las gestiones administrativas tendientes al funcionamiento como Organismo Público Descentralizado; Que, con Ordenanza Nº 249-CDLO, de fecha 20 de octubre de 2006, modi fi cada con Ordenanza Nº 251-CDLO del 17 de noviembre de 2006, se aprobó el Estatuto del Hospital Municipal Los Olivos, como Organismo Publico Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos y se facultó al Sr. Alcalde a efectos de que ejecute las acciones administrativas ante las diversas entidades públicas y privadas para el inicio de sus actividades como organismo público descentralizado a partir del 1ro. de enero de 2007; Que, para el inicio de la operatividad del Organismo Publico Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos denominado Hospital Municipal Los Olivos es necesario que dicha entidad cuente con los documentos de gestión: Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de Personal, Escala Salarial y Presupuesto Institucional de Ingresos y Gastos para el año fi scal 2007; Que, al amparo de la Directiva Nº 014-2006-EF/76.01 Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2007, se ha formulado el Presupuesto Institucional, tanto de ingresos como de gastos, del citado Organismo Público Descentralizado; Estando a lo dictaminado, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con