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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de diciembre de 2006 336342 Nº193-2006/MDLO/SGDU/DUCT de fecha 22-02-2006, con elfi n de subsanar la Esquela de Observación realizada por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos CONSIDERANDO: Que con el Expediente Nº 17274-2006, seguido por la Asociación Urbanización Villa Universitaria con el cual solicita la Recti fi cación y/o Aclaración de la Resolución Directoral Nº193-2006/MDLO/SGDU/DUCT de fecha 22-02-2006, correspondiente a la Recepción de Obras de Tipo Progresivo de Habilitación Urbana, para uso Residencial de Densidad Media “R-4” en el terreno de su propiedad de 92,788.55 m2, constituido por la Parcela A del Fundo Santa Laura con 41,556.00 m2. y la Parcela B del Fundo Infantas bajo con un área de 51,232.25 m2. ubicado en el Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, con el fi n de subsanar la Esquela de Observación realizada por la SUNARP y continuar con el saneamiento físico legal de su Asociación. Que el Informe Nº 136-2006-MDLO/SGDU/DUCT- DMR de fecha 02.08.2006, informa que de la revisión de los antecedentes de la Resolución Directoral Nº193-2006/MDLO/SGDU/DUCT, se veri fi ca que adolece de defecto subsanable considerando factible lo solicitado por el administrado, señalando entre otros: - Que, con la Resolución de Alcaldía N° 25-95- MLM/SMDU-DMDU, emitida por la Municipalidad De Lima Metropolitana de fecha 20-02- 95, se aprueba los Estudios preliminares de Habilitación Urbana en vías de regularización para uso Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de 93,694.70 m2, ubicado en el Distrito de Los Olivos provincia y departamento de Lima. - Que con la Resolución N° 183-97-MLM-/SMDU- DMDU de fecha 18-08-97, se aprueba de conformidad con el plano signado con el Nº 090-97-MML-DGO-DHU, los Proyectos de Trazado y Lotización, Pavimentación de Calzadas y aceras de la Asociación “Villa Universitaria”, dicho plano señala el 11% de aporte reglamentario a Recreación Publica y el 2% para el Ministerio de Educación de acuerdo a la normatividad vigente en ese año por lo que no es aplicable la Ordenanza 292 de la MLM que señala la esquela de observación y porque el presente tramite corresponde a la Recepción de Obras. - Que, obra en autos el Informe Nº 0108-2005-MDLO/ DDU/DCCHU/DEVE del 26-08-05, en donde se señala que de la Inspección ocular practicada por el personal técnico del Grupo de Trabajo de Catastro Control y Habilitaciones Urbanas, sobre las obras de electri fi cación, agua potable, alcantarillado, pavimentación de calzada del terreno objeto de habilitación urbana, se ha podido veri fi car que las mismas se encuentran ejecutadas. - Que, la Dirección de Urbanismo, Catastro y Transporte con Informe Nº 973-2005-MDLO/SGDU/DUCT y la Sub Gerencia de Desarrollo Urbano; con Memorandum Nº628-2005-MDLO/SGDU, remiten los actuados a efectos de que se emita el informe legal correspondiente, no formulando observación alguna respecto de la documentación presentada. - Que, mediante Informe Nº 953-05-MDLO/OAJ, la Ofi cina de Asesoria Jurídica señala respecto a la factibilidad de la aprobación del pedido de Recepción de Obras de los administrados, que estando el dictamen favorable de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad, se debe continuar con el tramite que corresponda; añade que se deberá dejar en salvaguarda el importe abonado por dé fi cit de aporte reglamentario de las entidades correspondientes en caja de esta Municipalidad, hasta que ellos lo invoquen formalmente. Que, mediante Informe Nº 903-06-MDLO/OAJ, la O fi cina de Asesoria Jurídica señala entre otros el Decreto Supremo Nº011-98-MTC, norma aplicable al presente procedimiento, asimismo hace mención a la Resolución Nº 237-2005-SUNARP-SN, la cual modi fi ca el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios respecto de la inscripción de la aprobación de la habilitación Urbana. Que, el recurrente ha cumplido con los requisitos solicitados para el tramite, así como la redención en dinero por el dé fi cit de aporte reglamentario a Recreación Publica; de 1, 375.18 m2., 630.88 m2 a SERPAR según el O fi cio Nº 496-95/SERPAR-LIMA/OGAPI/MLM de fecha 23.08.1995 y recibo de Ingreso Nº 17923 de fecha 21-08-95, por el área de 744.30 m2. y pago de la multa por infracción al R.N.C. a la MDLO, según los recibos Nº 10030138-2005, Nº 020026241-2005, Nº 020017149-2005 y 10037292-2006 pago de acuerdo a los valores arancelarios establecidos por la CONATA, al Ministerio de Educación por el área de 1,691.02 m2., según los recibos Nº 050048152-2004 y Nº 10037291-2006 y el pago por derecho de tramite según el recibo Nº050048151-2004. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en su artículo 79º inciso 3.6.1 que son funciones exclusivas de las municipalidades Distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de Habilitaciones urbanas. Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, el Decreto Supremo Nº011-98-MTC, el D.S. Nº 010-05-Vivienda, Artículo Nº 201 de la Ley de General de Procedimientos Administrativos Ley Nº27444, la Ordenanza Nº023-2000/CDLO, el Informe Nº 373-2005/MDLO/SGDU/DUCT/GTCCHU, el Informe Nº 1265-05-MDLO/SGDU/DUCT de la Dirección de Urbanismo Catastro y Transporte Urbano, Proveído Nº3844-05-MDLO/ SGDU, Proveído S/N-05/MDLO/SGDU/DUCT, los Informe Nº953-2005/MDLO/OAJ, Informe Nº148-2006/MDLO/OAJ, Proveído Nº020-05/MDLO/GM de la Gerencia Municipal, Informe Nº 1041-2006/MDLO/SGDU/DUCT, Proveído Nº3137-06-MDLO/SGDU, Informe Nº 903 -2006/MDLO/OAJ, Informe Nº 167-2006/MDLO/SGDU/DUCT-DMR, Informe Nº 1003 -2006/MDLO/OAJ, Proveído Nº2348- 2006-MDLO/SGAF, SE RESUELVE:Articulo Primero.- DEJAR sin Efecto, el plano signado con el Nº 031-2005-MDLO/SGDU/DUCT/GTCCHU y su memoria descriptiva consignado en el Art. Primero de la Resolución Directoral Nº193-2006/MDLO/SGDU/DUCT de fecha 22.02.2006, en consecuencia Apruébese el nuevo plano signado con el Nº 011-2006-MDLO/SGDU/DUCT y su memoria descriptiva al haberse subsanado las observaciones formuladas por la SUNARP, RATIFICANDO los demás extremos del Artículo mencionado. Articulo Segundo.- DEJAR, sin Efecto el articulo Segundo de la Resolución Directoral Nº193-2006/MDLO/SGDU/DUCT. Articulo Tercero.- AUTORÍCESE, la libre adjudicación de los lotes que se habilitan, quedando el cuadro general de áreas distribuido de la siguiente manera: Área total del Terreno 92,788.55 m2. Área de Vía Metropolitana 8,237.44 m2.Área bruta afecta a aportes 84,551.11 m2.Area Util Total 44,662.59 m2. Área útil de lotes (vivienda) 43,726.59 m2. Área de local Institucional 936.00 m2.Área de Compensación 256.25 m2.Área de Parques 7,925.44 m2.Área de Vías Publicas 31,706.83 m2. El área Útil de lotes de 44, 662.59 m2., se detalla en el sgte. Cuadro: Manzana Nº De Lotes Numerados Área (m2) A 10 Del 1 al 10 1,424.45 B 5 Del 1 al 5 659.04 C 13 Del 1 al 13 1,688.54 D 19 Del 1 al 19 2,423.99 E 11 Del 1 al 11 1,378.68 F 27 Del 1 al 27 4,308.87 G 30 Del 1 al 30 4,423.20 H 6 Del 1 al 6 752.72 I 13 Del 1 al 13 1,646.62 J 7 Del 1 al 7 925.50 K 30 Del 1 al 30 4,349.10 L 7 Del 1 al 7 952.87 M 15 Del 1 al 15 1,860.00