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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2006 (06/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 309487 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de enero de 2006 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el Convenio de Transfe- rencias Financieras entre la APCI y elPoder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 270-2005-CE-PJ Lima, 22 de diciembre del 2005 VISTOS: El Oficio Nº 2660-2005-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno la aprobacióndel proyecto de Convenio de Transferencias Financierasentre la Agencia Peruana de Cooperación Internacional(APCI) y el Poder Judicial; Que, la propuesta de Convenio se enmarca dentro del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia delPerú (JUS PER) ALA / 2004, en el ámbito de la cooperaciónentre Perú y la Comunidad Europea regida por el Acuerdo -Marco de Cooperación entre la Comunidad y los paísesmiembros del Acuerdo de Cartagena (Comunidad Andina) de 1993, y específicamente por el MoU, firmado el 5 de diciembre del 2002 entre la Comunidad Europea y la República del Perú,que define las orientaciones plurianuales para el programa decooperación financiera, técnica y económica para el período2002 - 2006; y que tiene como uno de sus beneficiarios directosal Poder Judicial; Que, en tal sentido, el citado Convenio de Transferencias Financieras tiene por objeto establecermecanismos operativos para el flujo de recursos einformación entre la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional (APCI) y el Poder Judicial, que permitan laadecuada ejecución del Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Perú (JUS PER); Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) se compromete a comunicar al Poder Judicial elmonto de los recursos a ser incorporados en elPresupuesto del Poder Judicial, de cada Ejercicio Fiscal,orientados a la ejecución del referido Proyecto, en concordancia con lo previsto en el Plan Operativo Global, Plan Operativo Anual y el cronograma de transferenciasfinancieras de acuerdo a los desembolsos previstos, elmismo que se incluye como Anexo que forma parteintegrante del Convenio; asimismo, deberá gestionar losdesembolsos ante la entidad cooperante a fin de efectuar las transferencias financieras programadas a favor de este Poder del Estado, para la ejecución de las actividadesconsideradas en el Proyecto de Apoyo a la Reforma delSistema de Justicia del Perú (JUS PER); debiendo autorizary efectuar oportunamente las transferencias financieras afavor del Poder Judicial, las que se llevarán a cabo de acuerdo a la Estructura Funcional Programática y Categoría del Gasto que determine el Poder Judicial; Que, el plazo de vigencia del presente Convenio regirá a partir del día siguiente de su suscripción hasta laconclusión del Proyecto o hasta su resolución; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, inciso 21º, del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesiónextraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Convenio de Transferencias Financieras entre la Agencia Peruana deCooperación Internacional (APCI) y el Poder Judicial;que consta de diez (10) cláusulas y un anexo que formaparte integrante del mismo; delegándose al Gerente General del Poder Judicial su suscripción.Artículo Segundo.- La vigencia del presente Convenio regirá a partir del día siguiente de su suscripciónhasta la conclusión del Proyecto o hasta su resolución; ysu ejecución no ocasionará gasto alguno al Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Agencia Peruana deCooperación Internacional (APCI), y Gerencia General delPoder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANOANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 00204 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 455-2005-CED-CSJLI/PJ Mediante Oficio Nº 15-2006-P-CSJLI/PJ, la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 455-2005- CED-CSJLI/PJ, publicada en nuestra edición del día 30de diciembre de 2005. DICE: Artículo Primero.- CONSTITÚYASE, (...) el Equipo Multidisciplinario de Auxilio Judicial Penal que atenderálas solicitudes de pericias de oficio (...) DEBE DECIR: Artículo Primero.- CONSTITÚYASE, (...) el Equipo Multidisciplinario de Auxilio Judicial Penal que atenderálas solicitudes de pericias contables de oficio (...) DICE: Artículo Segundo.- Los Juzgados Penales y Mixtos derivarán los procesos en los que se hayan dispuesto pericias de oficio, (...) DEBE DECIR:Artículo Segundo.- Los Juzgados Penales y Mixtos derivarán los procesos en los que se hayan dispuesto pericias contables de oficio, (...) 00166 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Aprueban Directiva sobre Neutralidad de Funcionarios y Servidores de la Defensoría del Pueblo durante elProceso Electoral 2006 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 001-2006/DP Lima, 5 de enero de 2006