Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2006 (28/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 28 de enero de 2006

NORMAS LEGALES
JEE MORDAZA CENTRO

Pag. 311257
PRESIDENTE MIEMBROS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALDOS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARRIDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA FEIJO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FOX MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OROCHE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHRISTOPER

MORDAZA Electoral respectivo, quien lo presidira; y, dos miembros designados por el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante seleccion aleatoria sobre la base computarizada de los ciudadanos de mayor grado de instruccion que residen en la sede respectiva; de conformidad con lo previsto en el articulo 45º de la Ley Organica de Elecciones; Que en acto publico de fecha 20 de enero del presente ano, se llevo a cabo el sorteo para la seleccion de los dos miembros titulares y suplentes para el MORDAZA Electoral Especial a instalarse en la provincia de MORDAZA de Chuco; Que por Memorandos Nºs. 062, 078 y 079-2006-GFE/ JNE la Gerencia de Fiscalizacion Electoral comunica algunas fe de erratas respecto a los nombres de presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales constituidos por Resolucion Nº 018-2006-JNE, asi como modificaciones en cuanto a la conformacion de dichos organos electorales temporales al haber asumido algunos miembros suplentes en lugar de los titulares que no se presentaron a la juramentacion respectiva; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 13º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que los Jurados Electorales Especiales de Andahuaylas, Huamanga, MORDAZA, Canchis, Ica, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA Este, MORDAZA Centro, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA Portillo y Callao para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2006, estaran integrados conforme se detalla en el anexo que es parte integrante de la presente resolucion, dejandose sin efecto la parte pertinente de la Resolucion Nº 0182006-JNE. Articulo Segundo.- Los Jurados Electorales Especiales mantendran su vigencia hasta diez dias despues de la proclamacion de resultados, de conformidad con lo establecido en el articulo 334º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de los Jurados Electorales competentes, la presente resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

MORDAZA

TUMBES

CRNL. PORTILLO

CALLAO

01724

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Huancaya la ampliacion de MORDAZA de reinscripcion respecto a la Seccion de Nacimientos de Libros de Actas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 059-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 24 de enero de 2006 VISTO: el Informe Nº 004595-2005/SGREC/GO/ RENIEC de fecha 13 de diciembre del 2005 y el Informe Nº 001473-2005-GAJ/RENIEC, de fecha 21 de diciembre del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre Autorizacion de Ampliacion de MORDAZA de Reinscripcion de la Resolucion Jefatural Nº 556-2003JEF/RENIEC, de fecha 17 de noviembre del 2003, respecto a la Seccion de Nacimiento, de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme lo senalado por la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley Nº 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Huancaya, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, se encuentra autorizada a reinscribir asientos de nacimientos de los anos 1932 a 1938, mediante Resolucion Jefatural Nº 556-2003-JEF/RENIEC, de fecha 17 de noviembre del 2003; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil senalada en el parrafo precedente, implemento expediente de ampliacion de autorizacion para Reinscripcion de Nacimientos, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para el MORDAZA de reinscripcion, confirmandose el deterioro irreversible de los asientos de nacimiento de los anos 1908 a 1916; Que, la solicitud de ampliacion de reinscripcion de la Seccion de Nacimiento, contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la aprobacion pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral;

ELECCIONES GENERALES 2006
JEE ANDAHUAYLAS HUAMANGA PRESIDENTE MIEMBROS MORDAZA MORDAZA MORDAZA CATTER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BENGOA TAQUIRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CALLAPINA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LUDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NAVARO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEPTALI MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA SALUSTIA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA

CANCHIS

ICA

STGO. DE MORDAZA

MORDAZA ESTE

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