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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2006 (10/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323386El Peruano lunes 10 de julio de 2006 DICE: "Artículo 2º.- Reconocimiento Déjase constancia del reconocimiento que expresa el Ministerio de Justicia a las siguientes personas: (...) - Aurelio Dennis SILVERA ENRIQUEZ. (...)"DEBE DECIR: "Artículo 2º.- Reconocimiento Déjase constancia del reconocimiento que expresa el Ministerio de Justicia a las siguientes personas: (...) - Dennis Aurelio SILVERA ENRIQUEZ. (...)" 12003 PRODUCE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G68/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61/G20/G65/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G20/G6F/G68/G61/G6E/G20/G61/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G63/G69/G61/G6C/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G67/G75/G6E/G61/G73/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2006-PRODUCE Lima, 5 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, dispone en la Quinta de sus Disposiciones Transitorias, que las transferencias de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia losGobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamentevinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad y dominio de los bienes correspondientes; Que Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece el proceso de transferencia, entre otras, de las funciones específicas que enmateria de pesquería e industria corresponde a los Gobiernos Regionales, las cuales se desarrollan en base a las políticas regionales y se formulan enconcordancia con las políticas nacionales sobre la materia; Que la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 080- 2004-PCM, han establecido el ciclo del proceso deacreditación, en el marco del Sistema de Acreditación, que comprende la capacitación, asistencia técnica y el conjunto de criterios, instrumentos, procedimientos ynormas necesarios para determinar la capacidad de gestión de los Gobiernos Regionales, para recibir y ejercer las funciones materia de transferencia; Que mediante Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionalesy Locales del año 2004”, el cual incluye las funciones específicas que en materia de pesquería e industria debían ser transferidas a los Gobiernos Regionales,previa acreditación de las mismas; Que el Consejo Nacional de Descentralización aprobó mediante Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005la Directiva Nº 002-CND-P-2005, “Procedimiento para efectivizar la Transferencia de Funciones Específicas de los Sectores del Gobierno Nacional a los GobiernosRegionales, incluidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, la cual estableceque los Sectores son responsables de refrendar los Decretos Supremos y/o de dictar las Resoluciones Ministeriales o las normas pertinentes, a efectos deformalizar la transferencia del personal, bienes y acervo documentario vinculados a las funciones sectoriales; Que la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio de la Producción, ha concluido el proceso deefectivización de la transferencia de funciones de pesquería e industria acreditadas correspondiente al Plan Anual 2004, a los Gobiernos Regionales de Amazonas,Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Ica, Lambayeque, Loreto, Piura, Puno, y Ucayali; Que a su vez, los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Callao, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, San Martín, Tacna y Tumbes, a la fecha hanacreditado parcialmente algunas de las funciones de pesquería e industria materia de transferencia; y que la Municipalidad Metropolitana de Lima no ha acreditadoninguna función sectorial; por lo que respecto a estos Gobiernos Regionales el proceso de transferencia de funciones del Plan Anual 2004 debe continuar hasta suculminación; Que a efectos de formalizar la transferencia del personal, recursos presupuestales, bienes y acervodocumentario vinculados a las funciones sectoriales, en los casos que correspondan y en su oportunidad, se procederá a la emisión de los correspondientes DecretosSupremos y demás normas que sean necesarias; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.5 de la Directiva Nº 002-CDN-P-2005 aprobada porResolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Arequipa, Cajamarca, Cusco,Ica, Lambayeque, Loreto, Piura, Puno, y Ucayali, han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de pesquería e industria,contenidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, aprobado por Decreto SupremoNº 038-2004-PCM, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Declarar que los Gobiernos Regionales de Ayacucho, Ancash, Callao, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Madre de Dios, Moquegua, Pasco,San Martín, Tacna y Tumbes, han concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de pesquería e industria, contenidas en el “Plan Anual deTransferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, solo respecto alas funciones que se detallan en el Anexo Nº 02, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar a que se efectúen las acciones administrativas necesarias para efectivizar en su oportunidad y de acuerdo a la normatividad vigente, la transferencia de personal, recursos presupuestales,bienes y acervo documentario, que en su caso correspondan a las funciones transferidas de pesquería e industria, de conformidad con las Actas de Entrega yRecepción de Funciones Sectoriales y Recursos y de las Actas Sustentatorias de Transferencia de Recursos suscritas entre el Ministerio de la Producción y cada unode los Gobiernos Regionales que se indican en la presente resolución. Artículo 4º.- Proseguir, hasta su conclusión con los procedimientos pendientes para efectivizar la transferencia de funciones específicas de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales,incluidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2004”, aprobado por Decreto SupremoNº 038-2004-PCM, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 03, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, respecto a los GobiernosRegionales de Ayacucho, Ancash, Callao, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lima, Municipalidad Metropolitana de Lima, Madre de Dios, Moquegua, Pasco,San Martín, Tacna y Tumbes. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID LEMOR BEZDÍN Ministro de la Producción