Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2006 (10/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 10 de julio de 2006 323395REPUBLICADELPERU Que, a efecto de optimizar la participación como veedor de los representantes del Órgano de Control Institucional de las diferentes entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, en los actos y procesosa que se refiere el numeral 1, de la Disposición Específica D.1 de la referida Directiva, resulta necesario contar un sello en el cual se precise la calidad de dicha participación; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aprobar el sello que utilizarán los representantes del Órgano de Control Institucional delas diferentes entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control que actúen como veedores en los actos y procesos a que se refiere la DisposiciónEspecífica D.1 de la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI- GSNC “Ejercicio del Control Preventivo por los Órganos de Control Institucional”, conforme al diseño y detalleque en Anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo .- Los representantes del Órgano de Control Institucional de las diferentes entidades bajoel ámbito del Sistema Nacional de Control que actúen como veedores, conforme a lo previsto en la Directiva Nº 001-2005-CG/OCI-GSNC, utilizarán el sello aprobadoen el artículo primero de la presente Resolución, debajo de su firma, en la última página del documento en el que conste su participación como veedor. Artículo Tercero .- El empleo del sello será obligatorio a partir del cuarto (4) día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo Cuarto .- La Gerencia de Órganos de Control Institucional, conjuntamente con las Unidades Orgánicas de la Contraloría General en sus respectivosámbitos de competencia, son las encargadas de velar por el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución. Artículo Quinto .- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, dará lugar a las responsabilidades y/o sanciones a que hubiere lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 194-2006-CG MODELO DE SELLO La visación y suscripción del presente documento, como veedor, no es señal de conformidad ni adelanto de opinión niprejuzgamiento, por lo que no afecta el control posterior a cargo del S.N.C. (Directiva Nº 001- 2005-CG/OCI-GSNC, Dis. Esp. A-5, y D.1-4) Ancho : 6 cm.Alto : 1.8 cm. Borde : Sin bordes Tipo de letra : Arial Narrow Nº 8 11912 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73 /G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F /G79/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G59/G61/G6D/G61/G6E/G67/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G4E/G75/G65/G76/G6F/G20/G43/G68/G69/G6D/G62/G6F/G74/G65 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 195-2006-CG Lima, 7 de julio de 2006VISTO; el Informe Especial Nº 066-2006-CG/ORPI, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Yamango, provincia de Morropón, Región Piura, por el período comprendido del 1 de eneroal 31 de diciembre del 2003, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República en virtud a denuncias sobre presuntas irregularidades incurridas en la citada comuna, presentadas por el Congreso de la República y por la ciudadanía, efectuó un Examen Especiala la Municipalidad Distrital de Yamango orientado a establecer si los procesos de selección y recepción de bienes y servicios se ejecutaron acorde a ley, y si el endeudamientointerno se enmarca en la normativa aplicable; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado que almargen de la distribución establecida en el Presupuesto Institucional de Apertura 2003 aprobado por Acuerdo de Concejo, para la aplicación de los recursos del Fondo deCompensación Municipal - FONCOMÚN, se utilizaron S/. 96 691,54 de los recursos de dicho Fondo que estaban destinados a inversiones en gastos corrientes,con el objeto de pagar remuneraciones, dietas, honorarios, viáticos y otros, ocasionando que se dejen de ejecutar obras necesarias para la comuna; hechosque constituyen indicios razonables de la comisión del delito de Malversación de Fondos, previsto y penado en el artículo 389º del Código Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del ProcuradorPúblico, en los casos que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar alProcurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechosexpuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 11913 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 196-2006-CG Lima, 7 de julio de 2006 Visto, el Informe Especial Nº 067-2006-CG/ZC, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, provincia del Santa - Ancash, período enero 2003 - diciembre 2004,considerando operaciones anteriores y posteriores, relacionadas con los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control en la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, provincia del Santa - Ancash,