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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2006 (10/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 10 de julio de 2006 323389REPUBLICADELPERU comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas”. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11939 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G45/G78/G61/G6D/G65/G6E/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/GED/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 620-2006/MINSA Lima, 6 de julio del 2006 Visto el Expediente Nº 06-049240-001, que contiene el Oficio IDREH Nº 1657-J-2006, del Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, mediante el cual solicita que el Examen Nacional de Medicina - ENAM, organizadopor la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), se realice anualmente, en las sedes de facultades de medicina del país; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), ha propuesto implementar el Examen Nacional de Medicina - ENAM, como unaestrategia de promoción de la calidad en la educación médica peruana; Que, el inciso e) del artículo 1º del Reglamento del Sistema Nacional del Residentado Médico, aprobado por Resolución Suprema Nº 002-2006-SA dispone, entre otros requisitos, que para presentarse al concurso deingreso al residentado médico, los postulantes deben haber rendido previamente el Examen Nacional de Medicina, debiendo adjuntar la Constancia de haberrendido el mismo, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 2º de la precitada norma; Que, así mismo, la Tercera Disposición Final de la referida Resolución Suprema señala que los requisitos establecidos en el inciso e) del artículo 1º y el inciso h) del artículo 2º, serán aplicables a los médicos postulantesgraduados a partir del año 2006; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 35º del Reglamento de la Ley del Ministeriode Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002- SA, el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, tiene entre otros objetivos funcionales, regular ygestionar los Programas de Internado, Residentado y SERUMS; Que, en concordancia con dichos objetivos, el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH, considera que, a efecto de promover y garantizar la realización del Examen Nacional de Medicina - ENAM, organizado porla Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM), es necesario brindar facilidades a los internos de medicina para garantizar su participación endicho Examen; Que, es de interés del Ministerio de Salud promover la formación del recurso humano en salud; Estando a lo informado por el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos - IDREH; Con la visación del Viceministro de Salud y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio deSalud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Establecer, que el Examen Nacional de Medicina - ENAM se realizará anualmente, en las sedesde las facultades de medicina del país, cuya fecha será determinada, oportunamente, por la Asociación Peruana de Facultades de Medicina (ASPEFAM). Artículo 2º.- Instruir a las autoridades del Ministerio de Salud para que otorguen a los internos de medicina las facilidades en la programación de guardias yactividades en servicio, a fin de permitir la participación de éstos en el referido Examen. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resoluciónen el portal de internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 11940 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/GE1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G4A/G2E/G52/G2E/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G74/G64/G61/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2006-MTC/03 Lima, 5 de julio de 2006VISTO, el expediente Nº 2005-014825, formulado por la empresa J.R. TELECOM S.R.LTDA., sobremodificación del contrato de concesión, en lo referente a la ampliación del área concedida; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Presidencia Nº 020-96-PD/ OSIPTEL, de fecha 7 de junio de 1996, se otorgó a la empresa J.R. TELECOM S.R.LTDA.. concesión para la prestación del servicio público de distribución deradiodifusión por cable, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende el distrito de Huaral, de la provincia de Huaral, del departamento deLima; Que, con Decreto Supremo Nº 007-97-MTC se restituye al Ministerio de Transportes y Comunicacioneslas atribuciones y facultades referidas al ámbito de los servicios públicos; por lo que mediante Resolución Ministerial Nº 210-97-MTC/15.03, de fecha 21 de mayode 1997, se aprobó el contrato de concesión con la empresa concesionaria; suscribiéndose el respectivo contrato de concesión el 2 de julio de 1997; Que, mediante Informe Nº 137-98-MTC/15.03.UECT, de fecha 2 de julio de 1998, la entonces Jefatura de la Unidad Especializada en concesiones de Telecomunica-ciones concluye que la concesionaria posee la infraestructura y equipamiento necesarios para operar y prestar el servicio concedido, cumpliendo con loestipulado en el contrato de concesión suscrito entre la empresa y el Estado. En tal sentido, en el numeral 4.3 del acta de inspección técnica considera al mes de julio de1997 como fecha de inicio de la prestación del servicio; Que, con expediente de visto la empresa J.R. TELECOM S.R.LTDA. solicita la modificación del áreade concesión del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 210-97-MTC/15.03; incluyendo, adicionalmente al distrito de Huaral, provincia de Huaral,departamento de Lima, el distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, mediante Informes Nºs. 505-2005 y 096, 171 y 220-2006-MTC/17.01.ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, opina queprocede modificar el contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 210-97-MTC/15.03, en lo referente a la ampliación del área concedida incluyendoel distrito de Chancay, de la provincia de Huaral, del departamento de Lima; asimismo aprobar el Plan de Cobertura de dicha área; modificar el primer párrafo delnumeral 3.02 de la cláusula tercera y el numeral 6.02 de la cláusula sexta del mencionado contrato; e incorporar el numeral 6.12 a la cláusula sexta, y la cláusula vigésimosegunda y el Anexo 3 denominado "DESCRIPCIÓN DE LA RED" al citado contrato;