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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2006 (10/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323388El Peruano lunes 10 de julio de 2006 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/GE1/G6D/G61/G72/G61 /G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G4E/GBA/G20/G32/G38/G36/G38/G31 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 607-2006/MINSA Lima, 5 de julio de 2006 Visto el documento GG/028.06.06/SG, de fecha 8 de junio de 2006, cursado por la Cámara de Comercio de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 216-2006-PCM, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha constituido una Comisión Multisectorial, adscrita al Ministerio de Salud,encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28681, “Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas”; Que, en la conformación de la citada Comisión, se ha previsto la participación de un representante de la Cámara de Comercio de Lima; Que, en consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 3º de la precitada resolución ministerial, es procedente designar, mediante Resolución Ministerial deSalud, al representante propuesto por la Cámara de Comercio de Lima, ante la mencionada Comisión Multisectorial; Con las visaciones del Viceministro de Salud y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a don Emilio ESPINOSA VELASCO, como representante de la Cámara de Comercio de Lima, ante la Comisión Multisectorialconstituida por Resolución Ministerial Nº 216-2006- PCM, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28681, “Ley que regula laII) INDUSTRIA 2.1.- Según el Plan Anual 2004 en la funcion b) se precisa lo siguiente: "El ejercicio de esta función será ejecutado por los Gobiernos Regionales en armonía con las políticas nacionales y las normasdel Sector" ANEXO Nº 3 FUNCIONES SECTORIALES DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN EN MATERIA DE PESQUERÍA E INDUSTRIA EN PROCESO DE TRANSFERENCIA A LOS GOBIERNOS REGIONALES DE CONFORMIDAD AL "PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL AÑO 2004" (Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM) Nº GOBIERNO PESQUERÍA (Artículo 52º Ley Nº 27867) INDUSTRIA (Artículo 54º Ley Nº 27867) REGIONAL Funciones Transferidas TOT. Funciones Transferidas TOT. 1 AYACUCHO 0 g) 1 2 ANCASH 0 a), b), c), d), f), g) 6 3 CALLAO a), d), 2 a), b), c), d), e), f), g) 7 4 HUANCAVELICA a), c), e), h), i), 5 d), e) 2 5 HUÁNUCO a), b), f), 3 a), b), c), f) 4 6 JUNÍN a), c), i), 3 0 7 LA LIBERTAD a), c), d), i), 4 a) 1 8 LIMA METROPOLITANA a), b), c), d), e), f), h), i), 8 a), b), c), d), e), f), g) 7 9 LIMA a), c), d), i), 4 a), d) 2 10 MADRE DE DIOS a), d), e), 3 a), b), c), e), f) 5 11 MOQUEGUA 0 f), 1 12 P ASCO a), b), c), d), e), f), h), i), 8 0 13 SAN MARTÍN a), c), d), i), 4 a), b), c), d), e), f), g) 7 14 T ACNA 0 a), d), f), g) 4 15 TUMBES 0 a), b), c), d), f), 5 44 52 NOTAS: I) PESQUERÍA1.1.- Según el Plan Anual 2004 en la funcion a) se precisa lo siguiente: "El ejercicio de esta función será ejecutado por los Gobiernos Regionales en armonía con las políticas nacionales y las normasdel Sector" 1.2.- Según el Plan Anual 2004 en la funcion b) se precisa lo siguiente: "Respecto a esta función, en el año 2004 se transferirá la facultad para administrar, supervisar y fiscalizar la gestión deactividades y servicios pesqueros de Pesca Artesanal bajo su jurisdicción" II) INDUSTRIA2.1.- Según el Plan Anual 2004 en la funcion b) se precisa lo siguiente: "El ejercicio de esta función será ejecutado por los Gobiernos Regionales en armonía con las políticas nacionales y las normasdel Sector" 11971