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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2006 (15/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 15 de julio de 2006 323717REPUBLICADELPERU trabajadores o pensionistas afiliados a la Seguridad Social. La cobertura del hijo se inicia desde la concepción, en atención a la madre gestante. f) RTPS : Al Registro de Trabajadores, Pensionistas y Prestadores de Servicios, que es el documento llevado a través de medios electrónicos en el que se registra la información de cada mes calendario correspondiente a los trabajadores, los pensionistas y a los prestadores deservicios. Cuando se mencione artículos, disposiciones o anexos sin señalar la norma a la que corresponden, se entenderán referidos al presente Decreto Supremo." Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Sustitúyase el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, por el texto siguiente: "Artículo 2º.- Ámbito de aplicación Se encuentran obligados a llevar el RTPS y presentarlo ante el MTPE, los Empleadores que cumplancon alguno de los siguientes supuestos: a) Cuenten con más de tres (3) trabajadores. b) Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios. c) Cuenten con uno (1) o más trabajadores o pensionistas que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. d) Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de cuarta o quintacategoría. e) Tengan a su cargo artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131. f) Hubieran contratado los servicios de una Entidad Prestadora de Salud - EPS. g) Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro Complementario deTrabajo de Riesgo. h) Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. i) Cuenten con personas naturales que prestan servicios bajo alguna modalidad formativa. A tal efecto, el RTPS se considera presentado ante el MTPE en la fecha en que los Empleadores envíenelectrónicamente el soporte electrónico de éste a la SUNAT. Mediante resolución de superintendencia la SUNAT podrá modificar y/o ampliar el universo de obligados allevar el RTPS." Artículo 3º.- CONTENIDO DEL RTPS Sustitúyase el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, por el texto siguiente: "Artículo 4º.- Contenido del RTPS El RTPS contendrá la información que será establecida mediante resolución ministerial del MTPE a partir del mes de octubre de 2006. Con posterioridad a dicha publicación, las modificaciones a lainformación incluida en el RTPS serán efectuadaspor la SUNAT, mediante resolución de superinten- dencia. El MTPE publicará en su portal institucional los modelos y la estructura de los formatos que formaránparte del RTPS y que incluirán la información mínima solicitada en el RTPS, así como las tablas que han de ser utilizadas en su elaboración. La observancia de estosrequisitos es de carácter obligatorio por parte de los Empleadores a fin de que puedan cumplir con sus obligaciones de llevar y/o presentar el RTPS ante el MTPE." Artículo 4º.- CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DEL RTPS Sustitúyase el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, por el texto siguiente: "Artículo 5º.- Cronograma de presentación del RTPS Mediante resolución de superintendencia la SUNAT establecerá el cronograma de presentación del RTPS." Artículo 5º.- REFRENDOS Y VIGENCIA Sustitúyase el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, por el texto siguiente:"Artículo 7º.- Refrendos y vigencia El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y entra en vigencia el 1 de mayo de 2007." Artículo 6º.- DE LA CONTINUACIÓN DEL LLEVADO DEL RTPS Sustitúyase el inciso a) de la Primera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, por el texto siguiente: "a) Las disposiciones referidas a planillas en el caso de los Empleadores no incluidos dentro del artículo 2ºdel presente Decreto Supremo, y que cuentan con por lomenos un trabajador sujeto al régimen laboral de la actividad privada. Si los Empleadores a que se refiere el párrafo anterior hubieran optado por llevar el RTPS, se encontraránobligados a seguir llevando y presentando este último registro." Artículo 7º.- DEL LIBRO ESPECIAL DE BENEFICIARIOS DE MODALIDADES FORMATIVASLABORALES Incorpórese como Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, el texto siguiente: "Cuarta.- Del Libro Especial de Beneficiarios de Modalidades Formativas Laborales La obligación establecida en el artículo 48º de la Ley Nº 28518, en la parte referida a la inscripción de los beneficiarios de las diferentes modalidades formativas mediante un libro especial y la autorización de éste por el MTPE, se considera cumplida con la presentación del RTPS de acuerdo a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo." Artículo 8º.- NORMAS COMPLEMENTARIAS Sustitúyase la Tercera Disposición del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR por el siguiente texto: "Tercera.- Normas ComplementariasMediante Resolución Ministerial el MTPE podrá emitir las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo,salvo en aquellos temas delegados a la SUNAT." DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Vigencia del Anexo del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR Déjase sin efecto el Anexo del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS ALMERÍ VERAMENDI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 00098-5 VIVIENDA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G20/G42/G41/G4E/G4D/G41/G54/G20/G70/G6F/G64/G72/GE1/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G72 /G66/G61/G63/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G69/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G71/G75/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G65/G72/G6F/G6E/G20/G76/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G64/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G48/G61/G62/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G50/G69/G6C/G6F/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C /G42/G41/G4E/G4D/G41/G54 DECRETO SUPREMO Nº 014-2006-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA