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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2006 (26/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325058El Peruano miércoles 26 de julio de 2006 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61 /G64/G65/G20/G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G2D/G20/G43/G4C/G41/G43/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G22 DECRETO SUPREMO Nº 050-2006-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el "Acuerdo de Sede de la Secretaría de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil - CLAC y el Gobierno del Perú" , suscrito el 8 de marzo de 2006, en la ciudad de Lima, República de Perú, y aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28838 de 19 de julio de 2006; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el artículo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Sede de la Secretaría de la Comisión Latinoamericana de Aviación Civil - CLAC y el Gobierno del Perú" , suscrito el 8 de marzo de 2006, en la ciudad de Lima, República de Perú, yaprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28838 de 19 de julio de 2006. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00465-12 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G6C /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G45/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G45/G73/G74/G61/G74/G61/G6C/G65/G73/G22 DECRETO SUPREMO Nº 051-2006-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para laImplementación del Proyecto "Sistema Electrónico de Contrataciones Estatales" , fue suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstossin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifíquese el Acuerdo Complementario al Acuerdo Básico de CooperaciónCientífica y Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativadel Brasil para la Implementación del Proyecto "Sistema Electrónico de Contrataciones Estatales" , suscrito el 31 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima,República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 0465-13 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G73 /G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G65/G6E/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73/G45/G73/G70/G61/GF1/G6F/G6C/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 260-2006-RE Lima, 24 de julio de 2006CONSIDERANDO: Que veinte (20) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señor Presidente de la República, para poder servir en lasFuerzas Armadas Españolas; Que el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de laRepública, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y elDecreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a los ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, cuya relación formaparte de la presente Resolución Suprema, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores Nº de Apellidos y Nombres del Solicitante DNI LM Orden 01 ALFARO VERTIZ, Lourdes Yelitza 43701920 --------------- 02 ARRATEA MARIN, Lesly Paola 44170556 2093358873 03 DE LA CRUZ ESPINOZA, Jhon Vairon 43148248 --------------- 04 DELGADO TIMANA, Frank Y ery 43185204 ---------------