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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325210El Peruano jueves 27 de julio de 2006 y alcanzar, que expresan los intereses y aspiraciones vitales que la Nación busca satisfacer en undeterminado período de su existencia. Orientan la acción de sucesivos gobiernos y tienen vigencia mientras subsistan los intereses y aspiracionesnacionales que le dieron origen. c. Poder nacional.- Es la capacidad actual que tiene el Estado, resultado de la integración de todos los recursosde disponibilidad inmediata, tangible e intangible que pueden aplicar en un momento determinado para imponer su voluntad y lograr sus fines en el ámbito interno yexterno, pese a los obstáculos de diversa índole que se interpongan. d. Potencial nacional.- Es la totalidad de los recursos tangibles e intangibles de disponibilidad mediata que en determinado momento existen en la realidad nacional, en situación latente y que son susceptibles deaprovechamiento por el Estado, para la consecución de sus fines, mediante su incorporación al Poder Nacional. La transformación de este Potencial que se convierte enPoder Nacional configura el Desarrollo Nacional. Artículo 3º.- Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son aplicables a todas las entidades y órganos componentes del Sistema de Seguridad y DefensaNacional. TÍTULO II DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL CAPÍTULO I COMPOSICIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL SISTEMA Artículo 4º.- Sistema de Seguridad y Defensa Nacional El Sistema de Seguridad y Defensa Nacional es el conjunto interrelacionado de elementos del Estado cuyas funciones estan orientadas a garantizar la SeguridadNacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de la Defensa Nacional. Artículo 5º.- Composición El Sistema de Seguridad y Defensa Nacional es presidido por el Presidente de la República y conformado por: a.- El Consejo de Seguridad Nacional; b.- El Sistema de Inteligencia Nacional; c.- El Sistema Nacional de Defensa Civil;d.- Los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales. Artículo 6º.- Responsabilidades Las responsabilidades del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional son las siguientes: a. Establecer lineamientos que permitan la articulación y optimice el accionar de los órganos componentes,privilegiando la relación funcional entre ellos. b. Desarrollar el proceso de planeamiento estratégico de la Defensa Nacional, para prevenir las amenazas yescenarios conflictivos que afectarían la Seguridad Nacional. c. Implementar el proceso de preparación del Poder Nacional y cooperar en el desarrollo del Potencial Nacional. d. Optimizar la Defensa Nacional, como instrumento de la Seguridad Nacional priorizando y/o combinando, medios en los diversos campos de la actividad nacional. e. Coordinar con el Ministerio de Educación y la Asamblea Nacional de Rectores la educación obligatoria en materia de Seguridad y Defensa Nacional en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo del Perú. CAPÍTULO II DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL Artículo 7º.- Consejo de Seguridad Nacional El Consejo de Seguridad Nacional es el más alto órgano de decisión del Sistema de Seguridad y DefensaCONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28478, se aprueba la Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, cuya naturaleza y finalidad es el conjunto interrelacionado deelementos del Estado cuyas funciones están orientadas a garantizar la Seguridad Nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación,ejecución y supervisión de la Defensa Nacional; Que, la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 28478, dispone que será reglamentada en el plazo de 90 díascalendario, a partir de su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento a la citada norma legal, resulta pertinente la aprobación del Reglamento de la LeyNº 28478; De conformidad por lo dispuesto en el numeral “2” del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 – Ley del PoderEjecutivo, el inciso “8” del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 28478; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 28478 – Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro del Interior, Ministro de Defensa, Ministro de Economía y Finanzas y Ministro deJusticia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores RÓMULO PIZARRO TOMASIO Ministro del Interior MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa FERNANDO ZAVALA LOMBARDIMinistro de Economía y Finanzas ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO UNICO OBJETO DEFINICIONES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1º.- Objeto El presente reglamento tiene por objeto establecer las responsabilidades de los órganos componentes del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, así como regular las relaciones interinstitucionales en función a susáreas de competencia. Artículo 2º.- Definicionesa. Amenaza.- Situación o actitud generada a través de capacidades y acciones de opositores, adversarios,enemigos, evidenciados o potenciales que afectan el logro de los intereses y/u objetivos de la Seguridad Nacional. b. Objetivos nacionales.- Son situaciones por crear