Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2006 (05/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 5 de junio de 2006

de cualquiera de los hechos, eventos o circunstancias que a continuacion se indican: 7.1. Que EL EMISOR deje de pagar el principal y/o de ser el caso, los intereses de los Papeles Comerciales, de acuerdo a lo establecido en el presente Contrato. Dicho incumplimiento no podra ser considerado evento de incumplimiento si este se produce por causas imputables a la institucion de compensacion y liquidacion de valores. 7.2. Que EL EMISOR incumpla cualquiera de las obligaciones, terminos y condiciones establecidas en el presente Contrato. 7.3. Que una o mas declaraciones y garantias de EL EMISOR senaladas en el presente Contrato resulten siendo falsas y/o inexactas en las fechas en que son otorgadas, asi como que una o mas restricciones MORDAZA violadas. [agregar demas hechos, eventos o circunstancias que seran considerados eventos de incumplimiento (ejemplo: celebracion por parte del emisor de contratos o convenios de reestructuracion o refinanciamiento que impliquen un incumplimiento de alguna de sus obligaciones; declaracion de insolvencia del emisor o inicio de dicho procedimiento por parte de uno de sus acreedores; acogimiento o iniciacion de algun MORDAZA de reorganizacion societaria que pudiera tener efecto adverso, o acogimiento o iniciacion de algun MORDAZA de disolucion, liquidacion y/o quiebra; etc.)] TITULO III.- EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS OCTAVO.Obligaciones, derechos y responsabilidades del REPRESENTANTE DE OBLIGACIONISTAS EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS es el intermediario entre EL EMISOR y el Sindicato de Obligacionistas respectivo y tiene las facultades, derechos y responsabilidades previstas en el articulo 325º de la Ley General de Sociedades y articulos 92º y 93º de la Ley del MORDAZA de Valores. [agregar facultades, derechos o responsabilidades que se estimen convenientes o necesarias]. NOVENO.- Renuncia de EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS [indicar el procedimiento de renuncia del Representante de los Obligacionistas, mencionando el medio por el cual se MORDAZA conocer su decision a los obligacionistas y modo en que se designara al Representante de Obligacionistas sustituto]. DECIMO.- Remocion de EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS La Asamblea General podra decidir la remocion de EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS: 10.1. En el caso que EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS hubiera cometido algun hecho o incurrido en alguna omision que perjudique a los titulares de los Papeles Comerciales, debidamente comprobado y siempre que se hubiera observado dolo o culpa inexcusable en su actuar. 10.2. Por acuerdo de la Asamblea General, sin que sea necesario que la decision se sustente en un hecho comprobado de dolo o culpa inexcusable por parte de EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS en el ejercicio de sus funciones. [indicar el procedimiento de remocion del Representante de los Obligacionistas]. DECIMO PRIMERO.- Disolucion de EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS En el caso que EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS ingresara en un MORDAZA de

liquidacion o sea intervenido por la Superintendencia de Banca y Seguros o por CONASEV, segun sea el caso, un numero de titulares de los Papeles Comerciales que represente al menos [cantidad requerida] del valor nominal total de los Papeles Comerciales de la emision afectada podra convocar directamente o mediante un representante a la Asamblea General, con el objeto de remover a EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS que ingresara en dicha situacion y designar a un MORDAZA representante en su reemplazo. TITULO IV.- REGIMEN DE DECISION Y ADMINISTRACION APLICABLE A LOS OBLIGACIONISTAS DECIMO SEGUNDO.- Regimen de decision y administracion [indicar el regimen de decision y administracion de los titulares de los Papeles Comerciales]. TITULO V.- OTROS ASPECTOS DECIMO TERCERO.- Indemnizaciones [respecto al Representante de los Obligacionistas y/o a la entidad estructuradora (de ser el caso). Tener en cuenta que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 92º de la Ley del MORDAZA de Valores, es nula cualquier estipulacion destinada a limitar la responsabilidad del representante de obligacionistas] DECIMO CUARTO.- Notificaciones Todas las notificaciones y otras comunicaciones relacionadas con el presente Contrato, se haran por escrito y en castellano, y se enviaran a las direcciones y numeros de facsimil que se indican al final de este acapite, o a aquellas otras direcciones y numeros de facsimil que MORDAZA informadas mediante notificacion escrita al respecto, fecha en la que el cambio correspondiente surtira efecto. EL EMISOR: Atencion: ... Direccion: ... Facsimil Nº: ... EL REPRESENTANTE DE LOS OBLIGACIONISTAS: Atencion: ... Direccion:... Facsimil Nº:... DECIMO QUINTO.- Interpretacion del contenido del Contrato Los titulos que encabezan las clausulas del Contrato son meramente enunciativos y no seran tomados en cuenta para la interpretacion de su contenido. Todas las referencias en el Contrato a una clausula o numero hacen referencia a la clausula o numeral correspondiente del Contrato. Las referencias en el Contrato a una clausula incluyen todos los numerales dentro de dicha clausula y las referencias a un numeral incluyen todos los parrafos dentro de este. Todas las referencias al plural, incluyen al singular y viceversa; todas las referencias a un genero incluyen al otro. (de ser el caso) DECIMO SEXTO.- Arbitraje Los conflictos o controversias que pudieran presentarse con relacion al cumplimiento del presente Contrato se resolveran de la manera mas expeditiva posible. No se podran someter a arbitraje discrepancias o controversias relacionadas al no pago del principal o intereses de los Papeles Comerciales. [insertar las reglas de arbitraje] Se suscribe, en la MORDAZA de MORDAZA, a los [dia] dias del mes de[mes]del [ano]. Representante del Emisor Representante del Represente de los Obligacionistas

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