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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320284El Peruano lunes 5 de junio de 2006 3.7. Asambleas de : En virtud al numeral 1 del artículo 4 de la Resolución Obligacionistas CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, EL EMISOR asume el compromiso de convocar a la asamblea de obligacionistas a la que se refiere el primer párrafo del artículo 321 de la Ley General de Sociedades,para todas las emisiones en conjunto, así como para cada una de las emisiones a realizarse en el marco del programa. 3.8. Moneda : [moneda]. 3.9. Monto del Programa : Hasta por un importe total en circulación de [monto y moneda (importe en letras)] o su equivalente en moneda nacional. 3.10. Plazo del Programa : El Programa tendrá una duración de [número de años] años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores; prorrogable por decisión de EL EMISOR. 3.11. Emisiones : Se podrán efectuar una o más emisiones de Papeles Comerciales. 3.12. Series : Cada una de las emisiones de los Papeles Comerciales podrá tener una o más series. 3.13. C lase : Los Papeles Comerciales serán nominativos, indivisibles, libremente negociables [y estarán representadas por anotaciones en cuenta einscritos en el registro contable de una Institución de Compensación y Liquidación, debidamente autorizada por CONASEV (de serel caso)]. 3.14. V alor Nominal : El valor nominal de los Papeles Comerciales será de [monto y moneda (importe en letras)] 3.15. Fecha de Colocación : La fecha de colocación de los Papeles Comerciales será determinada por EL EMISOR de acuerdo a sus necesidades financieras y las condiciones delmercado vigentes, [en coordinación con el agente colocador (de ser el caso)], después de la inscripción del Programa en el Registro Público delMercado de Valores y será debidamente informada al realizarse la respectiva oferta pública de emisión. 3.16. Fecha de Emisión : La fecha de emisión de los Papeles Comerciales será determinada de acuerdo con lo que establezca el respectivo Acto Complementario. 3.17. Precio de Colocación : A la par, sobre la par o bajo la par de acuerdo a las condiciones del mercado en el momento de la emisión. 3.18. Rendimiento : El rendimiento aplicable para cada una de las series o emisiones de los Papeles Comerciales será determinado antes de su respectiva fecha de emisión de acuerdo al procedimiento establecido en el Acto Complementario correspondiente, así como en los demás documentos pertinentes. En el caso que la fecha de redención del principal, y de ser el caso, de los intereses, no ocurra en un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato siguiente, sin que los titulares de los PapelesComerciales tengan derecho a percibir intereses o alguna compensación adicional por dicho diferimiento.El rendimiento de los Papeles Comerciales podrá ser de acuerdo a lo que establezca EL EMISOR: fijo, vinculado a la evolución de un indicador, o cupóncero (descuento). 3.19. Plazos de pago : La redención del principal y, de ser el caso, el pago de los intereses de los Papeles Comerciales serealizarán conforme a lo que se indique en los Actos Complementarios, en los Prospectos Complementarios o, de ser el caso, en los demásdocumentos pertinentes. 3.20. Opción de rescate : [EL EMISOR podrá rescatar los Papeles Comerciales si así lo estableciese el ActoComplementario y/o el Prospecto Complemen- tario correspondiente, siguiendo la forma y los plazos que para tal efecto se establezcan en losmismos, siempre que se respete lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley del Mercado de Valores (de ser el caso)] 3.21. Garantías : Garantía genérica sobre el patrimonio de EL EMISOR. Garantía específica y/o especial [descripción (de ser el caso)] [debidamenteformalizada (tratándose de garantías registrables)].3.22. Destino de los : Los recursos se utilizarán para [describir básica- recursos mente en que se utilizarán los recursos captados]. 3.23 Costo de Emisión : Todos los costos relacionados con la emisión de los Papeles Comerciales serán asumidos por EL EMISOR. 3.24. Mercado Secundario : Los Papeles Comerciales podrán ser negociados en cualquier mecanismo centralizado de negociaciónaprobado por CONASEV, según se establezca en elrespectivo Acto Complementario y ProspectoComplementario. 3.25. Lugar y agente de : [lugar y denominación del agente de pago]. pago 3.26. Destino del principal e: El principal y, de ser el caso, los intereses de los intereses no cobrados Papeles Comerciales que no sean cobrados dentro del plazo de prescripción que establecen las LeyesAplicables, incrementarán las reservas de libredisposición de EL EMISOR. 3.27. Leyes Ap licables : Las Leyes de la República del Perú. 3.28. Copropiedad : En caso de copropiedad de los Papeles Comerciales, los copropietarios que representen más delcincuenta por ciento (50%) de los mismos deberándesignar ante EL EMISOR, mediante carta con firma legalizada notarialmente, a una sola persona para elejercicio de los derechos como titular, pero todosellos responderán solidariamente frente a EL EMISOR de cuantas obligaciones deriven de su calidad de titular de los Papeles Comerciales. CUARTO.- Obligaciones de EL EMISOR EL EMISOR deberá cumplir las obligaciones establecidas por la Ley del Mercado de Valores, elReglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta deValores Mobiliarios, demás normas aplicables, el presenteActo Marco y los respectivos Actos Complementariosde Emisión, entre las cuales están las siguientes: 4.1. Aplicar los fondos captados mediante la colocación de los valores a las finalidades señaladas enel presente Acto. 4.2. Cumplir con el pago puntual del principal y de los intereses de los Papeles Comerciales. 4.3. Pagar de resultar aplicable, los intereses compensatorios derivados de los valores yadicionalmente, cuando corresponda los interesesmoratorios que puedan devengarse. 4.4. Suministrar en forma continua a CONASEV y a la entidad que tuviese a su cargo la conducción delmecanismo centralizado de negociación donde losvalores se encuentren inscritos, la información relativa asu marcha económico financiera y toda aquella que exijala normativa vigente, así como los cambios en suadministración. 4.5. Convocar a la asamblea de obligacionistas a la que se refiere el primer párrafo del artículo 321 de la LeyGeneral de Sociedades, para todas las emisiones enconjunto, así como para cada una de las emisiones arealizarse en el marco del programa Sin perjuicio de las obligaciones señaladas, EL EMISOR cumplirá las siguientes obligaciones: [agregar demás obligaciones del emisor que no esténcontenidas en las normas indicadas (de ser el caso)] QUINTO.- Restricciones y responsabilidades aplicables a EL EMISOR EL EMISOR estará sujeto a las siguientes restricciones y responsabilidades durante el plazo enque los valores a ser emitidos bajo el Programa seencuentren vigentes: [agregar restricciones y responsabilidades aplicables al emisor (ejemplo: no acordar repartode utilidades ni pagar dividendos en caso seproduzca uno o más eventos de incumplimiento yéste o estos no hayan sido subsanados, no realizarfusiones o adquisiciones de empresas que puedangenerar un evento de incumplimiento, mantener unnivel de endeudamiento, mantener una coberturade intereses, no otorgar garantías sobre activosexistentes a la fecha de la suscripción del presente