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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G36/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 13 de marzo de 2006 Artículo Cuarto.- Notificar el contenido de la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales Lima Centro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04677 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20 /G65/G6E/G20 /G66/G6F/G72/G6D/G61/G20 /G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20 /G61 /G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00219-2006-JEE/LC Lima, 12 de marzo de 2006 VISTA: En Sesión del Pleno Permanente del Jurado Electoral Especial, a las quince horas del presente día ydado cuenta de la Resolución del 12 de marzo de 2006, que declara consentida la Resolución Nº 00169-2006- JEE/LC; Expediente Nº 003-2006-LC. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 00169-2006-JEE/LC, del 08 de marzo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 9 de marzo del presente año, se admitió atrámite la inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el Personero Legal de la Alianza Electoral Unidad Nacional, para el Distrito Electoralde la Región Lima, en el proceso de Elecciones Generales 2006; Que, conforme a lo señalado en el artículo 120º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, cualquier ciudadano inscrito en el Registro Nacional de identificación y Estado Civil puede formular tacha contracualquiera de los candidatos fundada en la infracción de los artículos 113º, 114º y 115º del mencionado cuerpo normativo, dentro de los tres días siguientes a lapublicación de las listas de candidatos, por lo que habiendo transcurrido dicho plazo y no habiéndose formulado tacha contra ninguno de los candidatosadmitidos en la Resolución Nº 0169-2006-JEE/LC, la lista queda consentida, conforme se resolvió en la resolución del 11 del presente, de conformidad a lo dispuesto en elartículo 121º de la mencionada ley; siendo ello así, deviene procedente su inscripción definitiva; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º, inciso f) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; y enla Resolución Nº 047-2006-JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley; RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en forma definitiva de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el Personero Legal de la Alianza ElectoralUnidad Nacional, para el proceso de Elecciones Generales del 09 de abril de 2006, la misma que esta integrada como sigue: Nº ORDEN APELLIDOS Y NOMBRES DNI 12 Ruíz Huidobro Cubas Manuel Eduardo 06997297 21 Montero Lara Marcia 10806720 26 Isla Cabrera César Emilio 19850398 27 Urbina Moya Eduardo Augusto 08384399 29 Tong Hurtado Teodoro Federico 07973345 30 Luna Gálvez José León 07246887 Artículo Segundo.- Precisar que la presente Resolución forma parte de la Resolución Nº 00131-2006-JEE/LC;Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sección normas legales del Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Notificar el contenido de la presente resolución a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales Lima Centro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARAUJO SANCHEZ MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA 04678 /G41/G64/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20 /G61/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G20 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20 /G64/G65 /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G74/G6F/G73/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G22/G4D/G6F/G76/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G49/G7A/G71/G75/G69/G65/G72/G64/G61/G22 JURADO ELECTORAL ESPECIAL LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 00220-2006-JEE/LC Lima, 12 de marzo de 2006 VISTA: En Sesión del Pleno Permanente del Jurado Electoral Especial Lima Centro, a las diecisiete horas del presente día y dado cuenta de la Resolución Nº 284-2006-JNE de 10 de marzo de 2006, que declaraFundado en parte el Recurso Extraordinario, interpuesto por el personero legal del Partido Político “Movimiento Nueva Izquierda”; y en consecuencia dejar sin efectola Resolución Nº 224-2006-JNE, en el extremo que deniega a trámite la inscripción de los ciudadanos, Alejandro Narváez Liceras y Roberto José CarbonelPezo; disponiéndose la prosecución del trámite; confirmaron en lo demás que contiene la citada resolución, para las Elecciones Generales del año 2006,para el Distrito Electoral de la Región Lima, expediente 0 -2006-LC. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripción de las listas de candidatos al Congreso de la República; Que, el Jurado Nacional de Elecciones, vía Recurso Extraordinario, por afectación a las garantías del debido proceso y a la tutela procesal efectiva, el mismo queprocede excepcionalmente contra las resoluciones que expide el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para que sean nuevamente examinadas las causas, enmateria de derecho electoral, declara Fundado en parte el Recurso Extraordinario, interpuesto por el personero legal del Partido Político “Movimiento Nueva Izquierda”;y en consecuencia dejar sin efecto la Resolución Nº 224-2006-JNE, en el extremo que deniega a trámite la inscripción de los ciudadanos, Alejandro Narváez Liceras y Roberto José Carbonel Pezo; disponién- dose la prosecución del trámite; confirmaron en lo demás que contiene la citada resolución; por lo que siendo elloasí, deviene procedente la admisión a tramite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la recepción, calificación einscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República, aprobado por Resolución Nº 047-2006-JNE; Por estas consideraciones, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36º inciso f) de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486, artículo 119º de la Ley Orgánica de Elecciones; y en la Resolución Nº 047-2006-JNE; el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, en uso de sus facultades conferidas por ley: RESUELVE: Artículo Primero .- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Congreso de la República presentada por el personero legal del Partido Político “Movimiento Nueva Izquierda”; para el proceso