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PÆg. 315747 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 35. De este análisis, LAP concluye que el ancho del corredor requerido, considerando las proyecciones deflujo de pasajeros y las características física del AIJCH, asciende a 5 metros. Es necesario mencionar adicionalmente, que según LAP, esta cifra cumpliría conlos estándares nacionales e internacionales de seguridad, de acuerdo a los cuales el ancho mínimo del corredor debería alcanzar 1,5 metros, considerando ladistribución de salidas de emergencia y vías de escape. 36. Adicionalmente, el 3 de febrero del año 2006, LAP remitió la comunicación LAP-GCCO-C-2006-00022 enla que el arquitecto Enrique Bejarano Hernández, actualmente Senior Airport Architect/Planner para RS&H, Gerente de Proyecto y Arquitecto Principal de Parsons(asesor técnico de la COPRI asignado al proyecto de Desarrollo del Programa de Concesión para el AIJCH), comunica los criterios que fueron utilizados paradeterminar el ancho mínimo libre de obstáculos de los corredores de circulación: a) El ancho del corredor de circulación se define en 10 metros, con el cumplir las siguientes funciones estándar en instalaciones de terminales de pasajeros:circulación de peatones y módulos comerciales para atender a los peatones. En caso contrario, el ancho mínimo requerido habría sido menor a 10 metros. b) La incorporación de módulos comerciales en el corredor de circulación es una práctica de diseño estandarizada para instalaciones de terminales depasajeros. c) Es necesario considerar que el antiguo espigón contaba con módulos comerciales en el corredor decirculación, y que el plan referencial para el diseño, construcción y calidad, composición de materiales, y acabados y costos estimados para el nuevo terminalaeroportuario fueron basados en el Jockey Plaza. d) Los estándares de operación mínimos asociados, según la precitada comunicación, son claros conrespecto de la necesidad de maximizar el potencial de ingresos del aeropuerto. C. Impacto económico de la propuesta: 37. De acuerdo con LAP, el monto de la inversión presupuestada para la expansión del espigón del AIJCH no se modificará, ya que el corredor de 10 metros de ancho será mantenido (aunque sólo 5 metros serán libresde obstáculos). Si la propuesta es aceptada por OSITRAN, lo que cambiará será la utilización del espacio “liberado” en el mismo que se destinará a la instalaciónde módulos comerciales. 38. Cabe resaltar que el impacto de la aprobación de la propuesta de modificación en los ingresos comercialesde LAP sería significativo, en la medida en que durante el año 2006 el Concesionario proyecta obtener ingresos por US$ 285 mil por cada uno de los módulos instaladosprovisionalmente en el corredor de circulación. II.2.2. Opinión de los SupervisoresOSITRAN solicitó a los CS su opinión con relación a la modificación propuesta por LAP respecto al RTM1.22.1.B.7: A. TYPSA Ingenieros, Constructores y Arquitectos (TYPSA) 39. Como se ha mencionado anteriormente, TYPSA remitió 3 informes de opinión a solicitud de OSITRAN: el Informe de Revisión Nº 342 del 18 de enero del año 2006, el Informe de Revisión Nº 350 del 9 de febrero delaño 2006, y el Informe de Revisión Nº 350 Edición B del 16 de febrero del año 2006. A continuación se presentan los principales comentarios realizados por el Supervisor. § Informe de Revisión Nº 342 : 40. Según TYPSA, los cálculos de LAP analizan sólo la capacidad dinámica de los corredores del espigón, sin tener en consideración otros conceptos de capacidad(estática, sostenida, máxima y declarada) definidas en el Manual de Referencia de Desarrollo Aeroportuario de IATA. De esta manera, en la medida en que a un mismosubsistema del Aeropuerto pueden aplicarse más de una medida de capacidad, el Supervisor recomienda elanálisis de una “capacidad balanceada”, “que satisfaga todos los conceptos arquitectónicos y brinde suficiente nivel de comodidad acorde con la Categoría de servicios que se pretende ofrecer” . 41. Adicionalmente, los cálculos de capacidad dinámica presentados por LAP no toman en cuenta lapresencia de probables eventos que podrían generarcongestión de pasajeros en el AIJCH (retraso de vueloso de itinerarios, por ejemplo). 42. El Supervisor menciona también que IATA recomienda que los pasadizos o flujo de circulación depasajeros “(...) deben ser tan cortas y rectas como sea posible, sin impedimentos de circulaciones transversales o de instalaciones de concesionarios (...)” . 43. Por otro lado, si bien es cierto que instituciones como la anteriormente citada no establecen dimensionesrequeridas para los diferentes subsistemas que operanen un aeropuerto, si determinan ciertas característicaspara los niveles de servicio requeridos. De acuerdo alContrato de Concesión, LAP debe garantizar el nivel deservicio IATA B para el AIJCH, es decir, “Alto nivel de servicio. Condiciones estables de tránsito, muy poco retraso y un alto nivel de comodidad” . 44. En este contexto, TYPSA señala que “no es recomendable que existan obstrucciones ni instalaciones de concesionarios en la ruta de circulación de pasajeros” . Los módulos actualmente presentes en el segundo niveldel pasadizo del espigón tienen carácter provisional, dadoque el flujo actual de pasajeros permite que el AIJCHmantenga la categoría B de IATA. 45. De esta manera, restringir el ancho del pasadizo a la medida mínima requerida para unas condiciones deflujo determinadas estadísticamente, no es consistentecon los requerimientos de la categoría B de IATA. Dichonivel de servicio requiere otorgar al pasajero un elevadonivel de comodidad, lo que implica sobredimensionar losespacios calculados para una operación óptima. 46. Adicionalmente, TYPSA sostiene que la vigencia del RTM 1.22.1.B.7 y el adecuado monitoreo deOSITRAN de la evolución de las estadísticas depasajeros, permitirá al Concedente garantizar que elAIJCH cumpla con los requisitos de un nivel de servicioB de IATA. 47. Es necesario mencionar, por último, que el diseño original del AIJCH no consideró en ninguna de sus etapasla posibilidad de ocupar los pasadizos con instalacionescomerciales, y que el proyecto vigente de desarrollo delmismo considera la presencia de salas de embarque aambos lados del corredor (y no a uno sólo como mencionaLAP). 48. Por tanto, en opinión del Supervisor no procede la modificación del RTM 1.22.1.B.7, ya que disminuiríael nivel de servicio B de IATA y no generaría un beneficiodirecto para el usuario (en términos de comodidad, porejemplo), criterio que establece el Contrato deConcesión. § Informe de Revisión Nº 350 49. En opinión de TYPSA, debe mantenerse el ancho de 10 metros libre de obstáculos previsto en el RTM, enprevisión al incremento del volumen de pasajeros desalida en hora punta (que estima en 3 000 personas), ypara cumplir con los requerimientos establecidos en elnivel de servicio B de IATA. Mientras el volumen depasajeros mencionado anteriormente no se alcance,podrá utilizarse el corredor de 8 metros de anchoaprobado temporalmente por OSITRAN. § Informe de Revisión N º350 Edición B 50. TYPSA corrobora la opinión mencionada en el informe anterior. B. Lahmeyer Agua y Energía S.A. (Lahmeyer):51. Como se ha mencionado anteriormente, Lahmeyer remite a solicitud de OSITRAN: el InformeAIJC-LC-SPB-0220 del 30 de enero del año 2006, y la