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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2006 (30/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 315745 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2006 de concesión, el Numeral 1.26 del Anexo 14 del contrato de concesión establece expresamente que elConcesionario podrá solicitar las modificaciones del Plan de Diseño y de Trabajo correspondiente, si es que éstas serán “ ventajosas para la operación del Aeropuerto y que redunden en un beneficio directo para el público usuario ”. 20. En tal virtud, al evaluar la solicitud de LAP, será necesario analizar si se ha acreditado que la modificación del Plan de Diseño y de Trabajo redundará en beneficio de la operación del AIJCh (especificándose en quésentido se producirá ello) o que habrá un beneficio directo para el público usuario. 21. Asimismo, el Anexo 3 del contrato de concesión (denominado “Operaciones que se lleva a cabo en el Aeropuerto), establece que las operaciones Principales y No Principales deberán ser llevadas a cabo, de acuerdocon los Requisitos Técnicos Mínimos establecidos en el Anexo 14 del presente Contrato, debiendo llegar a la Categoría B de IA TA o el que lo sustituy a al octa vo año de Vigencia de la Concesión, manteniéndose dicha categoría en todas las Operaciones durante toda la Vigencia de la Concesión . 22. En tal virtud, cualquier modificación de un RTM que directa o indirectamente se relacione con el Nivel “B” de la IATA, deberá ser evaluado considerando quedicha categoría constituye una de las obligaciones sustanciales del contrato de concesión del AIJCh, por lo que es necesario analizar la incidencia directa o indirectade la modificación del RTM, en el proceso de obtención y mantenimiento de dicha categoría. 23. Asimismo, el Numeral 1.3. del Anexo 14 del contrato de concesión establece, con relación al RTM relativo a la Capacidad Operacional Anual de LAP: << Infraestructura aeroportuaria para el manejo de pasajeros al término del Período Inicial: 7.2 millones de pasajeros anuales. Infraestructura aeroportuaria para el manejo de pasajeros al término del Período Remanente de Vigencia de la Concesión, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 20. Sin embargo, el desarrollo de la infraestructura aeroportuaria durante el Período Remanente de la Concesión deberá planificarse de tal manera que permita el desarrollo de la infraestructura aeroportuaria requerida para la adecuada atención y manejo de un mínimo de 18.4 millones de pasajeros anuales al final del trigésimo año de vigencia de la Concesión. De esta manera se protegerá la capacidad máxima operacional del Aeropuerto para el futuro desarrollo .>> 24. En el mismo sentido, el Anexo 19 (relativo a los “Criterios para la implementación del Desarrollo de laInfraestructura aeroportuaria”), establece expresamente que para el Nivel de Servicio Establecido para el Terminal de Pasajeros, LAP deberá obtener la Categoría “B” deIATA o el que lo sustituya . En consecuencia, también el Anexo 19 establece que en el proceso de implementación del desarrollo de la Infraestructura aeroportuaria, escondición fundamental considerar la necesidad de obtener y mantener el Nivel “B” de la IATA. 25. Una vez identificado el marco de evaluación que establece el contrato, se deberá considerar adicionalmente al evaluar la modificación de un RTM, los principios que establecen los límites y lineamientos a laacción del OSITRAN en el desarrollo de sus funciones, establecidos en el Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante D.S. Nº 010-2001-PCM. En esesentido, es necesario que además del marco de análisis previsto en el contrato de concesión, OSITRAN considere la aplicación de los siguientes Principios: << Artículo 6.- Principio de Actuación basado en Análisis Costo - Beneficio. En el ejercicio de sus funciones, el OSITRAN deberá evaluar los beneficios y costos de sus decisiones antes de su realización y sustentarlas adecuadamente bajo criterios de racionalidad y eficacia .>> << Artículo 8.- Principio de Promoción de la Cobertura y la Calidad de la infraestructura. La actuación del OSITRAN se orientará a promover las inversiones que contribuyan a aumentar la coberturay calidad de la infraestructura. Para tal fin, se reconocerán retornos adecuados a la inversión, y se velará por que los términos de acceso a la infraestructura sean equitativos y razonables .>> << Artículo 12.- Principio de Análisis de Decisiones del OSITRAN El análisis de las decisiones normativas y/o reguladoras del OSITRAN tendrá en cuenta sus efectos en los aspectos de tarifas, calidad, incentivos para la inversión, incentivos para la innovación, condiciones contractuales y todo otro aspecto relevante para el desarrollo de los mercados y la satisfacción de los intereses de los USUARIOS. En tal sentido deberá evaluarse el impacto que cada uno de estos aspectos tiene en las demás materias involucradas. Artículo 13.- Principio de Eficiencia y Efectividad. La actuación del OSITRAN se guiará por la búsqueda de eficiencia en la asignación de recursos y el logro de los objetivos al menor costo para la sociedad en su conjunto.>> II.2. EVALUACIÓN TÉCNICA : II.2.1. Propuesta de LAP : A. Propuesta de modificación: 26. El Anexo 14 del Contrato de Concesión, respecto al tema del ancho del corredor de circulación del espigón, menciona lo siguiente: <<Criterios para Diseño del Terminal de Pasajeros (...) B. Criterios para el Diseño de los Edificios de los Terminales (...) 7. Los corredores de circulación del espigón deben tener un ancho mínimo de 10 m. libres de obstáculos (...) >> 27. La propuesta de modificación de LAP, por su parte, menciona lo siguiente: <<Criterios para el Diseño del Terminal de Pasajeros (...) B. Criterios para el Diseño de los Edificios de los Terminales (...) 7. Los corredores de circulación del espigón deben tener un ancho de 10 m. con un mínimo de 5 m. libres de obstáculos1.>> 28. De esta manera, el objetivo de la propuesta es reducir el ancho libre de obstáculos de los corredores de circulación del espigón de 10 metros libre deobstáculos a 5 metros libres de obstáculos. B. Argumentos presentados por LAP:29. Según la Propuesta de Modificación del RTM 1.22.1.B.7 y su Informe Complementario, la reduccióndel ancho el corredor de circulación del Espigón se sustentaría en las siguientes consideraciones: a) La propuesta técnica del Concesionario contempló un corredor de 10 metros de ancho, dado que existían salas de embarque ubicadas a ambos lados del corredor;mientras que en la actualidad, y según los planes de desarrollo del AIJCH, el corredor contará con salas de embarque a un solo lado del mismo. 1Informe Complementario de la Propuesta de Modificación del Requisito Técnico Mínimo 1.22.1.B.7.