Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2006 (04/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2006

Articulo 4º.- Disponer que la Comision Especial de Procesos Administrativos evalue y determine las responsabilidades a que hubiera lugar por los hechos que han dado origen a la presente prorroga de declaratoria de desabastecimiento inminente, conforme a lo dispuesto en el articulo 21º del Texto Unico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo de Concejo. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07892

22.10.2003 a efectos de que esta se encuentre compatibilizada con el vigente Reglamento Nacional de Administracion de Transporte; Que, de conformidad a las facultades conferidas en el numeral 5 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, el Decreto Supremo Nº 0092004-MTC - Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, y normas legales pertinentes, el pleno del Concejo por unanimidad aprobo la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL
Articulo Primero.- MODIFIQUESE el articulo 4º del Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la provincia de Huancayo aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/CM, el cual queda modificado en los siguientes terminos: "Articulo 4º.- Estructura del procedimiento El procedimiento para obtener la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres se sujeta a las siguientes etapas no secuenciales: 1. Obtencion del certificado de zonificacion, alineamiento y compatibilidad de uso, ante la Municipalidad Provincial de Huancayo. 2. Obtencion del certificado de habilitacion tecnica para el terminal terrestre del servicio de transporte interprovincial de personas ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 3. Obtencion de la licencia de construccion ante la Municipalidad Provincial de Huancayo. 4. Obtencion del certificado de conformidad de obra ante la Municipalidad Provincial de Huancayo. 5. Obtencion de la licencia de funcionamiento del terminal terrestre ante la Municipalidad Provincial de Huancayo." Articulo Segundo.- MODIFIQUESE el Capitulo II del Titulo y el articulo 14º del Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la provincia de Huancayo aprobado mediante Ordenanza Municipal 161-MPH/CM, el cual queda modificado en los siguiente terminos:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
Modifican Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 289-MPH/CM
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUANCAYO VISTO: El Dictamen Nº 005-2006-MPH/CTT de fecha 4 de MORDAZA del 2006, mediante el cual se recomienda la aprobacion de la ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/ CM que aprobo el Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la provincia de Huancayo; presentado en la VII Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de MORDAZA del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru establece que "los gobiernos locales promueven el desarrollo y economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo para lo cual les otorga competencias entre otras, para crear, modificar, y suprimir licencias y derechos municipales, para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; asi como para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de transporte colectivo, circulacion y transito"; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que las municipalidades provinciales, en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, tienen funciones especificas de normar, regular el transporte publico, regular el transporte de carga, identificar las vias, rutas establecidas para tal objeto, promover la construccion de terminales terrestres y regular su funcionamiento; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/CM de fecha 22.10.2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2.12.2003, se aprobo el Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la provincia de Huancayo, la misma que se emitio cuando estaba vigente el Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, el cual a la fecha se encuentra derogado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 3.3.2004 se aprobo el actual y vigente Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, el cual modifica algunos terminos tecnicos que tienen relacion con la ordenanza citada en el parrafo anterior, razon por la cual resulta necesario modificar algunos articulos de la Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/CM de fecha

"CAPITULO II CERTIFICADO DE HABILITACION TECNICA PARA EL TERMINAL TERRESTRE "Articulo 14º.- Aplicacion de normas El procedimiento para la obtencion del certificado de habilitacion tecnica para el terminal terrestre del servicio de transporte interprovincial de personas, se sigue conforme a las normas que emita el Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre la materia". Articulo Tercero.- MODIFIQUESE el Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la Provincia de Huancayo aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/CM, en todos y cada uno de los articulos en los que se hace referencia a la autorizacion municipal de funcionamiento del terminal terrestre, por el termino licencia de funcionamiento de terminales terrestres. Articulo Cuarto.- MODIFIQUESE la cuarta disposicion final y transitoria del Regimen Procedimental para la autorizacion municipal de funcionamiento de terminales terrestres interprovincial de pasajeros y/o servicios conexos en la provincia de Huancayo aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 161-MPH/CM, la cual queda modificada en los siguiente terminos: "Cuarta. Operaciones no autorizadas de Terminales Terrestres A la entrada en vigencia de la presente ordenanza todas las instalaciones locales que cumplan la funcion de terminales terrestres interprovinciales sin autorizacion municipal, o con autorizacion expedida al margen de lo senalado en la presente ordenanza, quedan automaticamente calificadas como de USO NO CONFORME A LA ZONIFICACION. La Gerencia de Desarrollo Economico y Turismo a traves de los organos competentes queda facultada a disponer su clausura definitiva siguiendo el procedimiento correspondiente establecido en las normas vigentes para tal efecto".

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