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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2006 (04/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 71

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G39/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de mayo de 2006 convertida en Fiscalía Provincial en lo Penal de Trujillo, la misma que se encuentra ocupada por un Fiscal Titular,en tal sentido, se debe reincorporar al citado magistradoen una de las plazas vacantes equivalente a su cargo, en el Distrito Judicial de La Libertad. Que, al encontrarse vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial del Distrito Judicial de La Libertad, resulta necesarioreincorporar en ésta al doctor Carlos Manuel Trelles Romero;magistrado considerado en la resolución de vista; y designarloen la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad. Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reincorporar al doctor Carlos Manuel Trelles Romero, en el cargo de Fiscal AdjuntoProvincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo,Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Segundo.- Designar al doctor Carlos Manuel Trelles Romero, Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, en el Despacho de la Segunda FiscalíaProvincial de Prevención del Delito de Trujillo. Artículo Tercero.- Solicitar al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, la cancelación del Título quenombra al doctor Carlos Manuel Trelles Romero, como Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, materiade la Resolución Suprema Nº 208-1986-JUS de fecha15 de agosto de 1986, extendiéndosele un nuevo título. Artículo Cuarto.- Hacer de su conocimiento la presente Resolución, al Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Suprema de la República, Fiscal SuperiorDecano del Distrito Judicial de La Libertad, GerenciaGeneral, Gerencia Central de Personal, Oficina deRegistro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 07941 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G43/G6F/G72/G64/G69/G6C/G6C/G65/G72/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E /G65/G6C/G20/G63/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 505-2006 Lima, 20 de abril de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Financiera Cordillera S.A. para que se le autorice el cierre de su oficina especialubicada en la Av. Argentina Nº 3093 - Ciudad ComercialMinka, distrito y Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre solicitado; Que, mediante Resolución SBS Nº 1064-2005 se autorizó la apertura de la mencionada oficina especial; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria "D", mediante Informe Nº 40-OT/2006-DEB "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005;RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Financiera Cordillera S.A. el cierre de su oficina especial ubicada en la Av. Argentina Nº 3093 - Ciudad Comercial Minka, distrito y Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución SBS Nº 1064-2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 07769 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G47/G75/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G73 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 009-2006-CONAM/CD Lima, 28 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, el CONAM es la Autoridad Ambiental Nacional según la Ley Nº 26410, Ley de creación del CONAM, la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la Ley Nº 28611, Ley General delAmbiente; Que, mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 035- 2003-CD/CONAM y Decreto del Consejo DirectivoNº 003-2004-CD/CONAM, se aprobaron la Guía del Sistema Regional de Gestión Ambiental y la Guía del Sistema Local de Gestión Ambiental, respectivamente,con el propósito de orientar el proceso de fortalecimientode la institucionalidad en los niveles de Gobierno Regionaly Local, en el marco del Sistema Nacional de GestiónAmbiental; Que, las Políticas, Planes y Agendas Ambiental Regional y Locales constituyen instrumentos de planificación de lamáxima importancia para la gestión ambiental, razón por lacual deben establecerse mecanismos efectivos queaseguren su debida aplicación y cumplimiento; Que, las Políticas, Planes y Agendas Regionales son los instrumentos de planificación de largo y corto plazo. En los últimos años y en cumplimiento de las LeyesOrgánicas de los Gobiernos Regionales y GobiernosLocales también se han aprobado mediante OrdenanzasRegionales y Municipales los Sistema Gestión Ambientalcorrespondientes a cada nivel de gobierno, los que expresan la forma cómo se coordina la acción ambiental de diversas instituciones con competencias ambientalesen la Región, así como la participación ciudadana; Que, a la fecha se han aprobado mediante las Ordenanzas Regionales respectivas, (20) PolíticasAmbientales Regionales, (25) Planes de Acción Ambientales Regionales y (24) Agendas Ambientales Regionales. Asimismo, se han aprobado (20) PolíticasAmbientales Locales, (18) Planes de Acción AmbientalesLocales y (18) Agendas Ambientales Locales; Que, con fecha 1 de abril del 2006 fue publicado el Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2007, aprobado por Resolución Directoral Nº 011-2006-EF-76.01 de la Dirección Nacional dePresupuesto Público del Ministerio de Economía yFinanzas. El mencionado Instructivo tiene como finalidadfacilitar la realización del proceso presupuestario de losGobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF;