Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2006 (04/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 317965

que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Cultura, modificado mediante Decreto Supremo Nº 024-2003-ED. SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACUMULAR los Expedientes Nºs. 01276/2003, 00517/2003, 02762/2003, 13039/2005, 14585/2005, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- APROBAR el Plano DZM-01-2006-INC/ DREPH-DPHCR referido a la MORDAZA Monumental y de Amortiguamiento de la Antigua MORDAZA Hacienda Sojo, ubicada en el distrito de Sullana, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que rectifica el Plano DAI-026-2003/ INC, dejandose sin efecto el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 00072/INC-DREPH de fecha 18 de febrero de 2004; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4º.- RECOMENDAR a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura - MORDAZA coordine con las Instituciones del Estado, propietarios de la Antigua MORDAZA Hacienda Sojo y poblacion aledana se involucren en un Plan de Manejo Integral de la MORDAZA monumental. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico 07785

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan arrendamiento de inmueble para el funcionamiento de la Coordinacion Departamental de la ONP en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 051-2006-JEFATURA/ONP
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Memorandum Nº 184-2006-GO.CD/ONP de fecha 3 de MORDAZA de 2006, emitido por la Division de Coordinacion de Departamentales de la Gerencia de Operaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante el cual se sustenta y se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, para el arrendamiento del local de la Institucion ubicado en el departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; Que, asimismo, la disposicion acotada en el considerando precedente, senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y del informe tecnico - legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que en caso no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Dicha MORDAZA precisa que se entendera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, en el Memorandum Nº 184-2006-GO.CD/ONP, la Division de Coordinacion de Departamentales de la Gerencia de Operaciones de la ONP remitio a la Division de Logistica, el Informe Sustento para la contratacion del arrendamiento del local de la ONP ubicado en el departamento de MORDAZA, a traves de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor unico; Que, en el referido Memorandum, la Division de Coordinacion de Departamentales manifiesta que luego de las indagaciones realizadas por el coordinador departamental de la ONP en MORDAZA en Huancayo, se concluyo que el inmueble ubicado en dicha MORDAZA y que se detalla en la parte Resolutiva de la presente Resolucion, es el unico local que cuenta con las caracteristicas requeridas por la ONP; Que, de igual modo en dicho documento se manifiesta que el inmueble ubicado en el referido departamento presenta las siguientes caracteristicas: a) Ubicacion en el centro perimetrico de la ciudad. b) Vias de acceso adecuadas tanto peatonales como de transporte publico, importantisimo, tomando en cuenta que el cliente principal de la ONP es una persona de avanzada edad. c) Area construida y area de atencion al publico amplia, por tanto, adecuada para la atencion masiva de clientes. d) Apto para el acondicionamiento de oficinas. e) Buen acabado y aceptable para oficinas. f) Con servicios adecuados de luz, agua, desague, etc. g) Saneado, es decir no presenta adeudos con la Municipalidad, Registros Publicos, entidades financieras u otros servicios publicos y privados. h) MORDAZA estado de conservacion, mantenimiento y en condiciones ideales de habilitacion y uso. Que, asimismo en el Memorandum Nº 184-2006GO.CD/ONP se precisa que el inmueble senalado anteriormente es de propiedad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendieta y su esposa, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y se encuentra ubicado en la Avenida Giradles Nº 875, pisos 1 y 2, Huancayo, Junin; Que, de igual modo la Division de Coordinacion de Departamentales de la ONP sostiene en el Memorandum Nº 184-2006-GO.CD/ONP que en el local mencionado precedentemente, se iniciaron los trabajos a fin que tengan las caracteristicas de las Oficinas MORDAZA - ONP, lo que significo realizar divisiones y/o uniones de ambientes, pintado de acuerdo a los MORDAZA estandares de la entidad, construccion de servicios higienicos para discapacitados, etc. Concluye la Division de Coordinacion de Departamentales sosteniendo que de las averiguaciones previas realizadas, el local de la ONP ubicados en Huancayo es el unico disponible en este momento en el centro perimetrico de la MORDAZA que por sus caracteristicas en la estructura, diseno y acondicionamiento, permitiria la adecuada atencion al pensionista y publico en general; Que, con el Memorandum Nº 184-2006-GO.DL/ONP, se acompana el cuadro comparativo en el que el Coordinador Departamental de la entidad, analiza los probables inmuebles a ser arrendados para el funcionamiento de su Coordinacion Departamental, concluyendose en el mismo que el inmueble detallado en la parte resolutiva de la presente Resolucion, es el unico con la posibilidad de satisfacer las necesidades de la entidad, no pudiendo ser satisfecha por otros inmuebles sustitutos analogos convenientes para cubrir la necesidad institucional;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.