Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2006 (04/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, jueves 4 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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de cauce en el rio Supe - sectores: MORDAZA, Pulancache y Fonseca; en la provincia de Canete: Limpieza de cauce y proteccion en el rio Canete, sector MORDAZA V - MORDAZA Espinoza; conforme al cuadro adjunto que como anexo forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional; Que, por el Informe Tecnico de Vistos, el Jefe de la Oficina de Defensa Civil del Gobierno Regional de MORDAZA presento sus conclusiones y recomendaciones como consecuencia de la inspeccion tecnica de Defensa Civil efectuada en el sector MORDAZA MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete; Que, resulta necesario cubrir y ejecutar inmediatamente los trabajos y servicios en las nueve zonas a ser declaradas en emergencia, y se les exonere de los procesos de seleccion que la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento establecen para la adquisicion de bienes, servicios y obras, correspondiendo al Consejo Regional aprobar esta exoneracion, de conformidad con lo establecido en los articulos 19º Inc. c), 20º Inc. c) y 22º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y articulo 142º de su Reglamento; Que, en merito a lo establecido en los articulos 15º inciso a) y 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria, Ley Nº 27902, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con el MORDAZA unanime de sus miembros en sesion extraordinaria celebrada en la MORDAZA de Huacho; ACUERDA: Articulo Primero.- Prorrogar el periodo de duracion de la Situacion de Emergencia declarada por Acuerdo de Consejo Regional Nº 003-2006-CR/GRL por el termino de 30 dias, plazo que se computara a partir de la fecha de vencimiento del periodo anterior. Articulo Segundo.- Incluir los siguientes proyectos dentro de las obras de emergencia aprobadas por el Acuerdo de Consejo Regional Nº 003-2006-CR/GRL, hasta por un total de S/. 177,000.00 nuevos soles, las mismas que estaran exoneradas de los procesos de seleccion que la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento establecen para la adquisicion de bienes, servicios y obras que MORDAZA necesarias para la atencion de los trabajos a ejecutarse en los proyectos de obras siguientes: Provincia de Barranca: Limpieza y Proteccion con Enrocado en el rio Pativilca, sector Alpas; y, Limpieza de cauce en el rio Supe, sectores: MORDAZA, Pulacanche y Fonseca. Provincia de Canete: Limpieza de Cauce y Proteccion en el rio Canete, sector MORDAZA V - MORDAZA Espinoza. Articulo Tercero.- Queda entendido que se mantiene en vigencia el Acuerdo de Consejo Regional Nº 0032006-CR/GRL, modificandose unicamente en cuanto a los aspectos contenidos en los articulos Primero y MORDAZA del presente Acuerdo de Consejo Regional. Articulo Cuarto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, adicionalmente debera publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado -SEACE-. POR TANTO: Mando se cumpla, comunique y se publique. MORDAZA MORDAZA MUFARECH NEMY Presidente 07884

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, y por Ley de Reforma Constitucional de los Articulos 91º, 191º y 194 - Ley Nº 29607, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion Nº 27680 y Ley Nº 28607, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que el Articulo 51º en su inciso d) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902, establece como funcion del Gobierno Regional en materia Agraria, el promover la transformacion, comercializacion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la Region; y en su inciso l) Fomentar sistemas de proteccion de biodiversidad y germoplasma; Que, el cultivo de platano y banano son dos frutales que se han sembrado en los Valles del Chira y Alto MORDAZA de la Region MORDAZA, y principalmente en los distritos de Salitral y Querecotillo de la provincia de Sullana, ocupando una extension de 10,318.00 Has., de las cuales 8,218 Has. corresponden a Banano Convencional y de estas 2,500 Has. cuentan con certificacion como Banano Organico para exportacion que nos permite el ingreso a la corriente del consumo de productos organicos en el mundo; Que, el cultivo de Banano Organico en el MORDAZA del Chira permite la participacion de 2,797 familias generando 778,350 jornales por ano con una inversion de S/. 25'000,000.00 nuevos soles por ano para el mantenimiento del area organica, exportandose este producto desde el ano 2000 al 2005 con un total de 106,450.36 TM equivalente a USA $ 41'080,923.71 a los mercados de Estados Unidos de Norte MORDAZA, Belgica, Holanda Costa Rica, Honduras, Espana, Italia, Alemania e Inglaterra, dinamizando la economia de la Region MORDAZA y elevando el nivel de MORDAZA y el desarrollo local; Que, el Peru con la produccion y exportacion de Banano Organico de la Region MORDAZA, ha entrado a competir con paises exportadores de banano convencional como son Ecuador, Costa Rica, Colombia, Filipinas, Panama, Guatemala, Honduras, Espana y Mexico, ganando la exclusividad en paises cuyas poblaciones vinculan la salud con ingesta de alimentos limpios que se producen respetando el medio ambiente; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Ordinaria Nº 03, de fecha 12 de MORDAZA del 2006, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA AL BANANO ORGANICO COMO PRODUCTO BANDERA DE LA REGION MORDAZA Articulo Primero.- Declarar, al Banano Organico como Producto Bandera de la Region Piura. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion.

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran al Banano Organico como Producto Bandera de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 104-2006/GRP-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA

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