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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2006 (04/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G39/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de mayo de 2006 En Piura, a los doce días del mes de abril del año dos mil seis. CESAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil seis. CESAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional de Piura 07879 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 931 Mediante Oficio Nº 982-2006-MML-SGC-SS, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 931, publicada en la edición del 26 de abril de 2006. EN EL ARTÍCULO ÚNICODICE: Quedando redactada de la siguiente manera: “Primera.- Manténgase en vigencia el Capítulo IV de la Ordenanza Nº 062-MLM, en lo que correspondea Alturas de Edificaciones, hasta la aprobación del nuevo Plano de Alturas de Edificaciones del Centro Histórico de Lima y elevado al Concejo Metropolitano,por manzanas o ejes viales, para su aprobación porOrdenanza, en un plazo de 90 días hábiles contadosa partir de la expedición de la Resolución de Alcaldíaque conforma la mencionada Comisión Especial”. ... DEBE DECIR:Quedando redactada de la siguiente manera: “Primera.- Manténgase en vigencia el Capítulo IV de la Ordenanza Nº 062-MML, en lo que correspondea Alturas de Edificaciones, hasta la aprobación delnuevo Plano de Alturas de Edificaciones del CentroHistórico y de los Ambientes Urbano Monumentales de Lima; y elevarlo al Concejo Metropolitano, por manzanas o ejes viales, para su aprobación porOrdenanza, en un plazo de 90 días hábiles contadosa partir de la expedición de la Resolución de Alcaldíaque conforma la mencionada Comisión Especial”. ... 07873 MUNICIPALIDAD DE COMAS /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72 /G4D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G4D/G61/G73/G69/G76/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2006-A/MC Comas, 10 de abril de 2006VISTO: El Informe Nº 40-06-SGRC-GDH/MC de fecha 27 de marzo del 2006, emitido por la Subgerencia deRegistro Civil, y en cumplimiento al Plan de Acción parael presente año, en lo que corresponde al Primer Matrimonio Civil Masivo, considerando la celebración del Día de La Madre a realizarse el día 13 de mayo del añoen curso; en el distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo primordial de la presente Gestión Municipal propiciar las bases sólidas de formación de lafamilia, contribuir a la consolidación, fortalecimiento yprotección como célula básica de la sociedad en armoníacon nuestro ordenamiento jurídico; Que, es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vínculos de paternidad y protección de la familia, que el marco jurídico exige; Que, en armonía a lo consagrado por el artículo 4º de la Constitución Política, es obligación del Estado promovery proteger a la familia por ser Instituciones naturales yfundamentales de la sociedad; Que, con ocasión de celebrarse El Día de La Madre, la Municipalidad ha programado la realización del PrimerMatrimonio Civil Masivo, para el día sábado 13 de mayodel 2006; Que, para la realización del Matrimonio Civil Masivo, es necesario dar las facilidades del caso a los contrayentes que en su mayoría por la carencia de recursos económicos no han formalizado su unión, porlo que se les debe dispensar de la publicación de losEdictos Matrimoniales a los que oportunamente justifiquenlas razones de la misma, a tenor de lo dispuesto en elArt. 252º del Código Civil; Con las visaciones del Subgerente de Registro Civil, Gerente de Desarrollo Humano, Gerente de AsuntosJurídicos y Gerente Municipal; y, En el uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y el Art. 253º delCódigo Civil. SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer la celebración del Primer Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el día sábado 13 demayo del 2006. Artículo Segundo.- Dispensar de la publicación de los Edictos Matrimoniales y de los plazos legales, para lareferida celebración a los contrayentes que justifiquenoportunamente las razones de la misma. Artículo Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Registro Civil, adoptará las horas de atención más adecuadas y brindará las facilidades que requieren los contrayentes. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General, hacer de conocimiento general el presente Decreto deAlcaldía al Concejo Municipal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 07770 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G2D /G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C /G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2006 La Molina, 18 de abril de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece la conformación