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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2006 (13/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G36/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 13 de mayo de 2006 con el expediente físico o in situ por el SIS. El SIS podrá realizar el control previo, concurrente, o posterior de la prestación. Como resultado de la evaluación se podrá aprobar el expediente u observarlo. De incumplir con lanormatividad vigente no será reconocido. Del procedimiento de reconsideraciónArtículo 17º.- La oficina desconcentrada del SIS, ODSIS, evaluará los expedientes e informará al hospitallos resultados de la supervisión o de los reclamos de los beneficiarios. El establecimiento de salud tendrá 15 días calendario de plazo para subsanar las observaciones, lo que deberá ser puesto en conocimiento del SIS. El SIS tendrá 30 días calendario de plazo para darrespuesta al descargo presentado por los establecimientos de salud, caso contrario se dará por aceptado el descargo. Artículo 18º.- La oficina desconcentrada del SIS, ODSIS, evaluará en primera instancia las evidencias o descargos presentados y con los resultados firmará unActa de Conformidad con el Establecimiento, y/o con las Unidades Técnicas Funcionales de Seguros a nivel de las DIRESA/DISA. Esta Acta junto con el expedienteserán elevados al SIS Central, quien evaluará y emitirá una conclusión definitiva. Del pago de la prestación Artículo 19º.- Toda prestación será ingresada al sistema de información del SIS. Las prestaciones con el expediente evaluado y aprobado serán autorizadas para el reembolso respectivo de acuerdo a la normatividadvigente. De la renovaciónArtículo 20º.- El período de vigencia de esta tarifa para los establecimientos de salud autorizados es de unaño, a partir del cual, de no existir observaciones de alguna de las partes (DGSP, SIS, DIRESA/DISA), se renovará automáticamente. De la revisión del Reglamento Artículo 21º.- El presente Reglamento se revisará anualmente por la comisión conformada por los funcionarios del MINSA (DGSP-OGPP) y el SIS.técnica de categorización vigente del Ministerio de Salud. De la selección del establecimientoArtículo 10º.- La DIRESA/DISA proporcionará a la Dirección General de Salud de las Personas - DGSP, lainformación de los hospitales propuestos para ser beneficiarios de la tarifa mixta, acorde con los criterios de capacidad resolutiva cualitativa, unidades productorasde servicios, recursos humanos médico-quirúrgicos y Guías de Práctica Clínica. Artículo 11º.- La DGSP remitirá al SIS el listado de establecimientos y daños que según los criterios mencionados en el artículo 10º son compatibles para esta modalidad de pago, los cuales serán evaluados porel SIS, según criterios técnicos financieros, para ser incorporados a esta tarifa. Artículo 12º.- El SIS luego de la evaluación técnico financiero, informará a la Dirección General de Salud de las Personas del MINSA, el listado de establecimientos de salud y daños considerados en la modalidad de pagode Tarifa Mixta a nivel nacional, para los fines señalados en el artículo 5º. De la Supervisión Artículo 13º.- La Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas, o la que haga sus veces en la DIRESA/DISA, en coordinación con el SIS, supervisará que los establecimientos cuenten con Guías de Práctica Clínicapara la atención de los beneficiarios, así como el cumplimiento de la normatividad vigente. Artículo 14º.- La DIRESA/DISA supervisará la calificación del personal asistencial, administrativo y personal encargado de auditoría médica en los establecimientos de salud autorizados. De la Atención Médica Artículo 15º.- La cobertura en esta tarifa es sólo para los daños o prestaciones aprobadas para los beneficiarios del SIS, según la lista de daños establecidapor la DGSP y el SIS. De la Supervisión de la PrestaciónArtículo 16º.- Todas las prestaciones con tarifa mixta serán evaluadas a través de los medios electrónicos, Relación de Hospitales con Nivel II-2 Para aplicación de la Tarifa Mixta DISAs AMBITO DISA TIPO DE NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO PROVINCIA D ISTRITO POBLACION NIVEL Puntaje RESO LUCIÓN 1 DISA CALLAO C ALLAO HOSPITAL SAN JOSÉ CALLAO C. DE LA L EGUA II-2 R.D. Nº 077-2005/DG/DISA I CALLAO 2 DISA LIMA CIUDAD LIMA CIUDAD HOSPITAL VÍCTOR LARCO HERRERA II-2 962 Nº 150-2006-DISA-IV LE.-DG-DESP-OAJ 3 DISA LIMA ESTE LIMA ESTE HOSPITAL JOSE AGURTO TELLO LIMA LURIGANCHO II-2 R.D. Nº 00148- 2005-DISA IV LE /DG/DESP 4 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL BARRANCA II-2 R.D. Nº 179-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 5 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL CHANCAY II-2 R.D. Nº 063-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 6 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL HUACHO II-2 R.D. Nº 893-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 7 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL HUARAL II-2 R.D. Nº 341-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 8 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL L AURA ESTHER RODRÍGUEZ DULANTO SUPE II-2 R.D. Nº 296-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 9 DISA LIMA NORTE LIMA NORTE HOSPITAL PUENTE PIEDRA II-2 R.D. Nº 134-DG-DESP-DISA-III-LN-2005 10 DISA LIMA SUR LIMA SUR HOSPITAL MARIA AUXILIADORA II-21212 R.D. Nº 0211-05-DISA-II-LS/DG DIRESA 1 GOB. REG. AMAZONAS AMAZONAS HOSPITAL VIRGEN DE FATIMA II-21047 R. DRS. Nº265-2005-GOBIERNO REGIONAL - AMAZONAS/DRS 2 GOB. REG. ANCASH ANCASH HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS CARAZ HUAYLAS CARAZ 15,824 II-2 0462-05-RG-ANCASH-DIRES/DIPER 3 GOB. REG. APURIMAC APURIMAC HOSPITAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA ABANCAY ABANCAY II-21038 R.D. N º408-2005-DG/DEGDRH-DIRESA 4 GOB. REG. CAJAMARCA CAJAMA RCA HOSPITAL C AJAMARCA II-21165RRS Nº 443-2005-GR.CAJ/DRS-DESP 5 GOB. REG. HUANUCO HUANUCO HOSPITAL REGIONAL HERMILIO VALDIZAN II-21033 R.D. N º474-2005-GR-HCO-DRS-DG-DESP-DSS 6 GOB. REG. ICA ICA HOSPITAL ICA II-2 R.D.Nº247-2005- DRSI/DESP 7 GOB. REG. JUNIN JUNIN HOSPITAL DANIEL ALCIDES CARRION 28298 II-2 R.D. Nº 421-2005-DRSJ/OEGDRRHH 8 GOB. REG. JUNIN JUNIN HOSPITAL EL CARMEN 28298 II-2 R.D. Nº 421-2005-DRSJ/OEGDRRHH 9 GOB. REG. LAMBAYEQUE LAMBAYEQUE HOSPITAL LAS MERCEDES II-21109R.D. Nº 454-2005-GR.LAMB./DRSAL. 10 GOB. REG. LORETO LORETO HOSPITAL IQUITOS MAYNAS IQUITOS II-2 R.D. Nº 838-2005-GRL-Loreto/30 11 GOB. REG. PIURA LUCIANO CASTILLO HOSPITAL SULLANA SULLANA SULLANA II-2 1.213 Nº 408- GOB.REG.PIURA DRSP-DISAPII-OPERS 12 GOB. REG. PUNO PUNO HOSPITAL MANUEL NUÑEZ BUTRÓN PUNO Puno II-21017 R.DR. Nº 0149-DIRESA-PUNO/OEP 13 GOB. REG. TACNA TA CNA HOSPITAL HIPOLITO UNANUE DE TACNA II-21019 R.D.N º0298-2005-0AJ-DR/DRS.T/GOB.REG.TACNA 14 GOB. REG. UCAYALI UCAYALI HOSPITAL PUCALLPA II-21093R.D. Nº 066-05-GRU-DRSU-OAL 15 GOB. REG. UCAYALI UCAYALI HOSPITAL YARINA COCHA II-21178R.D. Nº 066-05-GRU-DRSU-OAL 08591