Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 803-2006-TC-SU de 02.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. ALGISA REPRESENTACIONES S.A.C. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, y por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causales tipificadas en los numerales 9) y 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 814-2006-TC-SU de 6.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. ALGISA REPRESENTACIONES S.A.C. Inhabilitacion por veinticuatro (24) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 815-2006-TCSU de 6.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. MORDAZA PERU S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra, causal tipificada en el inciso a) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, segun Resolucion Nº 821-2006-TC-SU de 11.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. FUNERARIA P & J FREUNDT S.A.C. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 823-2006-TC-SU de 11.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 10. SUMINISTROS MORDAZA E.I.R.L. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el inciso b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, segun Resolucion Nº 827-2006-TC-SU de 12.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 11. ROCAMISEL S.A.C. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 829-2006-TC-SU de 12.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. AGROINDUSTRIAS RIO MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral

9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 833-2006-TC-SU de 12.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. SANIDAD Y LIMPIEZA INDUSTRIAL PERUANA S.A.C. (SALINPSAC). Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 0132001-PCM, segun Resolucion Nº 843-2006-TC-SU de 13.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 14. SOPORTE MEDICO UROLOGICO DEL PERU S.A. Inhabilitacion por cuatro (4) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 847-2006-TC-SU de 13.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 15. ALGISA REPRESENTACIONES S.A.C. Inhabilitacion definitiva en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal de reincidencia establecida en el articulo 303º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 859-2006-TC-SU de 19.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 16. AGROINDUSTRIAS YON YANG S.R.L. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 873-2006-TC-SU de 25.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 17. INDUSTRIA PERUANA DE ALUMINIO S.A. Inhabilitacion por tres (3) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 874-2006-TC-SU de 25.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 18. SILVY REPRESENTACIONES E.I.R.L. Inhabilitacion por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, segun Resolucion Nº 875-2006-TC-SU de 25.10.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 19. NAPATEK S.A.C. Inhabilitacion por seis (6) meses en su derecho de participar en procesos

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