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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de noviembre de 2006 332821 RELACIONES EXTERIORES Designan delegación que participará en la Conferencia de Examen de la Convención sobre Armas Biológicas, a realizarse en la Confederación Suiza RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1384/RE Lima, 8 de noviembre de 2006CONSIDERANDO:Que, se llevará a cabo la “Conferencia de Examen de la Convención sobre Armas Biológicas, del 20 al 8 de diciembre de 2006, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, la Conferencia de Examen de la Convención sobre Armas Biológicas, que prohíbe la producción y el empleo de una categoría entera de armas y se realiza cada cinco (5) años, constituye el foro adecuado para restringir y restablecer perspectivas de control internacional de agentes biológicos y toxínicos; Que, en el marco de su política exterior, el Perú viene implementando la Convención sobre Armas Biológicas de las Naciones Unidas, la misma que merece un seguimiento por parte del Perú; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº SME1216/2006, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 3 de noviembre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modi fi cado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar la delegación peruana que participará en la Conferencia de Examen de la Convención sobre Armas Biológicas que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 20 de noviembre al 8 de diciembre de 2006, y que estará conformada por los siguientes funcionarios diplomáticos: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey, Asesor del Ministro de Relaciones Exteriores y Embajador Especial para Asuntos de Desarme y Seguridad, quien la presidirá; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Alberto Chocano Burga, Representante Permanente Alterno del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra; y, - Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, Diego Rodrigo Beleván Tamayo, funcionario de la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra; Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Enrique Armando Román Morey, Asesor del Ministro de Relaciones Exteriores y Embajador Especial para Asuntos de Desarme y Seguridad, para que participe en la Conferencia de Examen de la Convención sobre Armas Biológicas que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 20 al 23 de noviembre de 2006.Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario diplomático serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 01163 –Participar en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida reunión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Enrique Armando Román Morey 1,805.38 260.00 4+2 1,560.00 30.25 Artículo Cuarto.- La participación de los funcionarios que prestan funciones en la Representación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza, no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, los citados funcionarios diplomáticos deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Sexto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 5678-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban procedimiento y formato para que ex trabajadores cesados irregularmente a que se refiere la Ley N° 27803, puedan solicitar la variación de beneficio de reincorporación o reubicación laboral al de compensación económica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-2006-TR Lima, 14 de noviembre de 2006CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27803 se implementaron las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales; Que, la Ley Nº 27803 instituyó el Programa Extraordinario de Acceso a Bene fi cios, en adelante el Programa, sobre la base de la información que obre en el Registro Nacional de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente, y cuyos destinatarios serán los ex trabajadores comprendidos dentro del ámbito de la indicada Ley; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 031-2006 se permite que los ex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente que optaron por el bene fi cio de reincorporación o reubicación laboral puedan variar su bene fi cio al de compensación económica, mediante una comunicación dirigida al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, a efectos de viabilizar el cambio de bene fi cio antes descrito se hace necesario que el Ministerio de