Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2006 (15/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

332831

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 147-2006-JEFATURA/ONP MORDAZA, 8 de noviembre de 2006 VISTO: El Memorandum Nº 737-2006-GI/ONP y el Informe Nº 015-2006-GI/ONP de fecha 13 de octubre de 2006, emitido por la Gerencia de Inversiones de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante el cual se sustenta y se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico, para el servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional; CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico ­ legal previo; Que, asimismo, la disposicion acotada en el considerando precedente, senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y del informe tecnico ­ legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que en caso no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Dicha MORDAZA precisa que se entendera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, en el Informe Nº 015-2006-GI/ONP, la Gerencia de Inversiones de la ONP remitio a la Gerencia de Administracion, el informe tecnico que sustenta la contratacion del servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional, a traves de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por la causal de servicio que no admite sustituto y exista proveedor unico; Que, en el referido informe, la Gerencia de Inversiones comunica la necesidad de contratar por un periodo de dos (2) anos, el servicio de acceso a la informacion especializada en tiempo real relativa a los sectores economico y financiero internacionales, y que en el Peru solo es ofrecido por la empresa Bloomberg L. P., la unica proveedora que brinda este MORDAZA de servicios en el ambito de nuestro territorio nacional. En dicho documento se menciona que el valor referencial para la contratacion del referido servicio en el periodo en mencion, asciende a la suma de US$ 55,692.00 (Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Noventa y Dos y 00/100 Dolares Americanos), incluido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto a la Renta de los Proveedores No Domiciliados; Que, por lo expuesto, en el presente caso, al producirse una situacion enmarcada en los terminos

establecidos en el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, resulta procedente autorizar la contratacion directa del servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional, exonerandolo del correspondiente MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la MORDAZA acotada y segun el procedimiento que determinan los articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Legal de la ONP a traves del Informe Legal Nº 102-2006-GL.AL25/ONP de fecha 30 de octubre de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades conferidas mediante el numeral 4 del articulo 5º de la Ley Nº 28532 y en merito a la designacion efectuada por la Resolucion Suprema Nº 075-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, para contratar el servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a contratar el servicio de acceso a la informacion economica y financiera de Bloomberg Professional, por el plazo de veinticuatro (24) meses y por un valor referencial de US$ 55,692.00 (Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Noventa y Dos y 00/100 Dolares Americanos), incluido el IGV y el Impuesto a la Renta de los Proveedores No Domiciliados. El egreso que irrogue la contratacion objeto de la presente exoneracion se afectara a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Publicar la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision y adicionalmente en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oficina de Normalizacion Previsional Jefe 5650-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
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RESOLUCION JEFATURAL Nº 1010-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 25 de octubre de 2006

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