Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2006 (27/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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LICA DEL P E

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331556

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 27 de octubre de 2006

constatado su condicion MORDAZA y que la instalacion de la tuberia que transporta el gas ya ha sido ejecutada en el indicado terreno; Que, el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT, mediante Oficio Nº 1911-2006AG-PETT-OPERLC-AL, de fecha 1 de agosto de 2006, senalo que el predio con Unidad Catastral Nº 05088 no se encuentra inscrito a nombre de ningun propietario; Que, siendo el Estado Peruano el titular del predio materia de la afectacion, tanto la Superintendencia de Bienes Nacionales ­ SBN como el Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural ­ PETT, no han emitido oposicion a la imposicion de la servidumbre ni han senalado la existencia de algun perjuicio para el Estado, procediendo su otorgamiento en forma gratuita; Que, sin perjuicio de ello, de acuerdo a los documentos presentados, la Sociedad Concesionaria Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. ha acordado la realizacion de un pago por concepto de indemnizacion y uso, ascendente a la suma de S/. 37,014.66 (Treinta y Siete Mil Catorce y 66/100 Nuevos Soles), a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge la Sra. MORDAZA Afan Aite (en su calidad de poseedores del predio); Que, de acuerdo con la Clausula Cuarta del referido Contrato BOOT, el periodo de afectacion se prolongara hasta el 8 de diciembre de 2033, ocasion en que operara la culminacion del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el articulo 103º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-99-EM, asi como en el referido Contrato; Que, asimismo es de aplicacion el articulo 7º de la Ley Nº 26505, Ley de la inversion en el desarrollo de las actividades economicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas, la cual dispone que el establecimiento de servidumbres sobre tierras para el ejercicio de actividades de hidrocarburos se aprobara mediante Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Agricultura y Energia y Minas; Que, atendiendo a la solicitud efectuada por la empresa Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A. y en cumplimiento de lo dispuesto por el Titulo IV del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-99-EM, se ha dado cumplimiento al procedimiento de Constitucion de Derechos de Servidumbres sobre bienes del Estado; De conformidad con lo establecido por el articulo 82º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, y por el Titulo IV del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 04299-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA para la instalacion, operacion y mantenimiento de la Red Principal de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, para MORDAZA y Callao, a favor de la Sociedad Concesionaria Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., sobre el area del inmueble descrito en el plano adjunto que forma parte de la presente Resolucion Suprema y que a continuacion se detalla:
Unidad Catastral Titular Ubicacion Areas constituidas a metros cuadrados 1355.20 (Longitud: 135.52m Ancho: 10m) Coordenadas UTM Norte (Y) Este (X)

Articulo 2º.- Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., debera adoptar las medidas necesarias para evitar los peligros e inconvenientes que puedan ocasionar sus instalaciones dentro del area del inmueble descrito en el articulo anterior, debiendo cumplir las medidas de seguridad, asi como las medidas para la proteccion del ambiente, establecidas en la normatividad vigente. Articulo 3º.- El periodo de afectacion del area a la que hace referencia el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema se prolongara hasta el 8 de diciembre de 2033, ocasion en que operara la culminacion del Contrato BOOT de Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, sin perjuicio de las causales de extincion previstas en el articulo 103º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 042-99-EM, asi como en el referido Contrato. Articulo 4º.- El Estado Peruano, las municipalidades provinciales y distritales a las cuales corresponde dicho inmueble, y la Sociedad Concesionaria Gas Natural de MORDAZA y Callao S.A., deberan cumplir con las disposiciones contenidas en el Titulo IV del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-99-EM. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 03585-17

Constituyen servidumbres de ocupacion a favor de la empresa Pluspetrol Norte S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 060-2006-EM MORDAZA, 25 de octubre de 2006 VISTO el expediente Nº 1539970, de fecha 20 de junio de 2005, y sus anexos Nº 1562694, Nº 1565981, Nº 1571267, Nº 1587784, Nº 1600205, Nº 1609862, Nº 1611026 y Nº 1619457, formado por la empresa Pluspetrol Norte S.A, sobre constitucion de servidumbres de ocupacion sobre cinco (5) predios, ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, MORDAZA Nororiente del Peru, en el MORDAZA del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 16-94-EM, de fecha 15 de marzo de 1994, se aprobo el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos del Lote 8, ubicado en la MORDAZA Norte del Peru, celebrado entre PERUPETRO S.A. y Petroleos del Peru - PETROPERU S.A.; Que, por Decreto Supremo Nº 030-96-EM, de fecha 20 de MORDAZA de 1996, se aprobo la cesion total de participacion en el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 8 - MORDAZA por parte de Petroleos del Peru - PETROPERU S.A. a favor de Pluspetrol Peru Corporation, Sucursal del Peru (actualmente Pluspetrol Peru Corporation S.A.), Korea Petroleum Development Corporation, Sucursal Peruana (actualmente Korea National Oil Corporation, Sucursal Peruana), Daewoo Corporation, Sucursal Peruana (actualmente Daewoo International Corporation, Sucursal Peruana), y Yukong Limited, Sucursal Peruana

05088 Estado Av. Los Eucaliptos, (anterior Peruano Lote 30, Mz. C, UC Asociacion 12151) Agropecuaria MORDAZA MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA

8647250.120 8647259.924 8647228.614 8647218.827

293066.608 293068.664 293183.758 293181.638

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