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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (03/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327300El Peruano domingo 3 de setiembre de 2006 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INADE /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G42/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G65/G6E/G63/G61/G20/G64/G65/G6C /G52/GED/G6F/G20/G50/G75/G74/G75/G6D/G61/G79/G6F/G20/G2D/G20/G50/G45/G44/G49/G43/G50 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 135-2006-INADE-1100 Lima, 31 de agosto del 2006Vista la Carta Nº 1822-2006-FIP , del Experto Peruano del Fondo Italo Peruano, de fecha 28 de agosto del 2006y el Oficio Nº 360-2006-INADE-6501-OPP , del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, sobreaprobación de donación; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 198-2001-EF , con fecha 10 de octubre del 2001, el Gobierno de laRepública del Perú suscribió con el Gobierno de la República de Italia, el Convenio para Canje de Deuda por Desarrollo, mediante el cual se estableció un FondoContravalor en moneda local destinado a financiar proyectos nacionales para la ayuda y el alivio de la pobreza, así como, un Comité Administrador que seráasistido por un Comité Técnico; Que, con fecha 24 de febrero del 2006, el Proyecto “Generación de Energía No Convencional Solar en laCuenca del Río Putumayo - II Etapa”, fue seleccionado para su financiamiento por parte del Comité de Administración del Fondo Italo Peruano - FIP; Que, con fecha 3 de agosto del 2006, el Fondo Italo Peruano y el Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, firmaron elConvenio de Financiamiento No Reembolsable para la Ejecución del Proyecto “Generación de Energía No Convencional Solar en la Cuenca del Río Putumayo - IIEtapa”, previéndose en el mismo, la descripción, ámbito de influencia, objetivos, metas, presupuesto, plazos de ejecución, cronograma de avance físico y financiero delas actividades que se consignan; Que, mediante Carta de visto, el Fondo Italo Peruano, expresa su voluntad de efectuar la donación deS/. 966,452.00 (Novecientos Sesenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), estando sujeto el mismo al cumplimiento de las obligacionesy procedimientos expresamente señalado en el Convenio a que se refiere en el considerando precedente; Que, a través del Oficio Nº 360-2006-INADE-6501- OPP , el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Rió Putumayo, solicita el trámite correspondiente para laaceptación de la referida donación; contando para el efecto, con la opinión favorable de la Gerencia de Proyectos en Sierra y Selva, mediante MemorandoNº 332-2006-INADE-5201-GPSS; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina de Cooperación Técnica yFinanciera Internacional, mediante los Informes Números 066-2006-INADE-3201-OGAJ y 005-2006-INADE-3141- OCTFI, respectivamente; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 599 - Ley de Organización y Funciones del INADE, su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 017-93-PRES, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, Resolución Suprema Nº 008-2006-VIVIENDA y Resolución Jefatural Nº 008-99-INADE-1100, que aprueba el Reglamento para la Aceptación y Aprobación de Donaciones del INADE, concordante con el Artículo 69º de la Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Fondo Italo Peruano - FIP , de un monto de S/. 966,452.00(Novecientos Sesenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles), en favor del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo - PEDICP , para la ejecución del Proyecto:“Generación de Energía No Convencional Solar en la Cuenca del Río Putumayo - II Etapa”, sujeto en cuanto a su uso, al cumplimiento estricto de las obligaciones y procedimientosexpresamente señalados en el Convenio suscrito entre el FIP y el PEDICP , con fecha 3 de agosto del 2006. Artículo 2º.- Agradecer, al Fondo Italo Peruano, por su valiosa donación. Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución, al Fondo Italo Peruano, la Contraloría General de la República,Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, Dirección Nacional de Presupuesto Público del MEF , Contaduría Pública de laNación, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, Gerencias y Oficinas Generales del INADE, que correspondan, en el término no mayor de 5 (cinco) días,posteriores a la emisión de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazoindicado en el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. VANESSA VEREAU LADD Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Desarrollo 01679-1 I N E I /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G76/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G69/G6C/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G61/G6C/G20/G22/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 252-2006-INEI Lima, 29 de agosto del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 174-2006-INEI, de fecha 9 de junio del 2006, se autoriza la ejecución del "Registro Nacional de Municipalidades 2006", a nivel nacional, con información correspondiente al año 2005, dirigido a lasmunicipalidades provinciales, distritales y las municipalidades de centros poblados identificados en el país; Que, el Art. 5º de la precitada Resolución Jefatural establece como plazo máximo a nivel nacional, para la presentación de los formularios al INEI, debidamente diligenciados, el 15 de agosto del 2006; Que, el INEI ha culminado el envío de los formularios del "Registro Nacional de Municipalidades 2006" a todas las municipalidades del país, el 15 de agosto, por lo que esnecesario ampliar el plazo para la devolución de dichos formularios, a fin de brindar facilidades a las municipalidades respecto a la presentación de la información requerida; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el plazo a que se refiere el Art. 5º de la Resolución Jefatural Nº 174-2006-INEI, hasta el 22de setiembre del 2006, a fin de que las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados, devuelvan los formularios debidamente diligenciados del "RegistroNacional de Municipalidades 2006". En el departamento de Lima al Instituto Nacional de Estadística e Informática y en las municipalidades del interior del país a las OficinasDepartamentales y Zonales de Estadística e Informática del INEI de su respectiva jurisdicción. Regístrese y comuníquese. CHERLY ORE RAMÍREZ Jefe Instituto Nacional de Estadística e Informática 01675-1