Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2006 (25/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano lunes 25 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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renuncia, la que admite omitio presentar con la solicitud de inscripcion y, que adjunta al recurso de apelacion; Que, el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales, Ley Nº 26864, establece que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos, por lo que los certificados domiciliarios presentados por el movimiento regional "Inka Pachakutec", tanto con la solicitud de inscripcion como con el recurso impugnatorio que senalan que el ciudadano Fredy MORDAZA MORDAZA MORDAZA reside en el distrito de Ccapi, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, no aportan por si solos, prueba de continuidad en el tiempo respecto del domicilio del citado ciudadano, dado que ello no es la finalidad de los referidos documentos; sin embargo, se observa que coinciden con la direccion consignada en su DNI, la misma que se encuentra registrada ante RENIEC, por lo que se presume, salvo prueba en contrario, que el candidato cumple con el requisito legal para los efectos de la respectiva inscripcion; Que, habiendose presentado con la apelacion, la Resolucion de fecha 18 de marzo de 2006, expedida por el partido politico "Restauracion Nacional" que acepta la renuncia irrevocable a la mencionada organizacion politica que fuera presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 15 de marzo de 2006, se desvirtua el impedimento legal contenido en el MORDAZA parrafo del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094 atribuido a dicho ciudadano, para postular como candidato a regidor para el Concejo Distrital de Ccapi, en las proximas Elecciones Municipales del ano en curso; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE:

tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Provincial de Anta, departamento de MORDAZA por el partido politico "Partido Aprista Peruano"; debido a que del reporte emitido por la OROP, se aprecia que la ciudadana MORDAZA Illatupa MORDAZA, candidata a regidora, se encuentra afiliada al partido politico "Partido Justicia Nacional", no obrando en autos documento que acredite que la referida ciudadana MORDAZA renunciado o que cuente con autorizacion expresa del partido politico al que pertenece; Que, el recurrente sustenta su apelacion manifestando que, es MORDAZA que la candidata a regidora militaba anteriormente en el mencionado partido, pero que en la actualidad y al momento de solicitar su postulacion al otro partido, ya no lo es; anexa a la apelacion el cargo de la carta de la solicitud de renuncia al partido politico "Partido Justicia Nacional" firmada por el Secretario General del mencionado partido, con fecha de recepcion 16 de febrero de 2006; Que, con arreglo a lo dispuesto por el articulo 18º, de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094, no podran inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito; a menos que cuenten con autorizacion expresa o que hayan renunciado con cinco meses de anticipacion a la fecha del cierre de inscripciones; por tanto, al haber hecho el apelante la aclaracion valida respecto de la candidata MORDAZA Illatupa MORDAZA, quien renuncio a su partido de origen en tiempo oportuno, queda desvirtuado el impedimento atribuido a la mencionada ciudadana; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Bolanos MORDAZA, personero legal del movimiento regional "Inka Pachakutec"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 094-2006-JEE-Cusco de fecha 4 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Ccapi, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, presentada por el movimiento regional "Inka Pachakutec" para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 02411-14 RESOLUCION Nº 1882-2006-JNE

Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 101-2006-JEE-CUSCO, de fecha 4 de setiembre de 2006; y REFORMANDOLA, disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del mencionado partido politico para el Concejo Provincial de Anta, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 02411-15 RESOLUCION Nº 1887-2006-JNE Expediente Nº 1646-2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006

Expediente Nº 1641-2006 MORDAZA, 18 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Maeg MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano", contra la Resolucion Nº 101-2006-JEE-CUSCO de fecha 4 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resolvio denegar a VISTO: en Audiencia Publica del 18 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Maeg MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Partido Aprista Peruano", contra la Resolucion Nº 099-2006-JEE-Cusco, de fecha 4 de setiembre de 2006, que denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, la apelada denego la admision a tramite de la lista referida en el visto, debido a que los ciudadanos

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