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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2007 351213 Si durante la inspección, los inspectores de la Jefatura de Defensa Civil, veri fi carán la falta de condiciones de Seguridad del mismo, otorgarán al administrado un plazo razonable a cada tipo de situación para la subsanación de dichas de fi ciencias. De no haber sido subsanadas en su oportunidad, la Solicitud será declarada Improcedente. En el caso de los locales comprendidos en los incisos 1º y 3º del artículo 18º de la presente Ordenanza, la sola presentación de la Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad o del Certi fi cado Favorable de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria, conjuntamente con los requisitos establecidos en el artículo 16º, implicará luego de la veri fi cación de los mismos, la emisión de la correspondiente Licencia de Funcionamiento. Artículo 20º.- PLAZO DE EMISIÓN DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Si el local cumpliera con las condiciones descritas en el artículo 19º (Seguridad), la Licencia de Funcionamiento será otorgada en un plazo no mayor de quince días hábiles. De existir observaciones a subsanar por parte del solicitante, el plazo antes señalado estará sujeto al levantamiento de las observaciones detectadas en su oportunidad. TÍTULO V LICENCIA DERIVADA DE UNA LICENCIA MUNICIPAL EXISTENTE CAPÍTULO I CAMBIO DE LA DENOMINACIÓN Y/O LA RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA Artículo 21º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL CAMBIO DE LA DENOMINACIÓN Y/O LA RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA AUTORIZADA Son requisitos para obtener una nueva Licencia municipal de funcionamiento cuando opere el cambio de la denominación y/o la razón social de la persona jurídica: 1.- Formulario Solicitud Declaración Jurada de Licencia Municipal de Funcionamiento. 2.- Certi fi cado de Licencia Municipal original. 3.- Copia simple del Testimonio que acredite el Cambio de Denominación y/o Razón Social. 4.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente. Artículo 22º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR EL CAMBIO DE LA DENOMINACIÓN Y/O LA RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA AUTORIZADA Los pasos a seguir durante la tramitación del Cambio de la Denominación y/o la Razón Social de la persona jurídica autorizada son: a) Se presentarán los requisitos señalados en el artículo 21º de la presente Ordenanza a través de la Jefatura de Trámite Documentario y Archivo, los que de encontrarse conformes serán remitidos a la Jefatura de Comercialización, Anuncios y Ornato. b) La Jefatura de Comercialización, luego de su evaluación y veri fi cación en el Registro de Licencias de Funcionamiento de la Comuna, en caso resultase favorable la solicitud, procederá a ingresar los nuevos datos en el registro, procediendo posteriormente a: • Emitir la Licencia Municipal de Funcionamiento para su suscripción por el Jefe de Comercialización y el Gerente de Desarrollo Urbano. • Entregar al solicitante la Licencia Municipal de Funcionamiento con lo que concluye el procedimiento. En caso de efectuar observaciones a la solicitud presentada, la Jefatura de Comercialización, Anuncios y Ornato, otorgará un plazo no mayor de 05 días hábiles para efectuar el levantamiento de las observaciones, bajo apercibimiento de ser declarada Improcedente.CAPÍTULO II MODIFICACIÓN DE GIRO Y/O ÁREA DEL ESTABLECIMIENTO Artículo 23º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE GIRO Y/O ÁREA DEL ESTABLECIMIENTO Son requisitos para obtener una nueva Licencia Municipal de Funcionamiento cuando se dé la modi fi cación de giro y/o área del establecimiento: 1.- Formulario Solicitud Declaración Jurada de Licencia Municipal de Funcionamiento. 2.- Certi fi cado de Licencia Municipal de Funcionamiento original. 3.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente. 4.- Certi fi cado de Seguridad en Defensa Civil (vigente) Artículo 24º.- PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA MODIFICACIÓN DE GIRO Y/O ÁREA DEL ESTABLECIMIENTO Los pasos a seguir para la tramitación de modi fi cación de giro y/o área del establecimiento son los mismos que los señalados para la licencia municipal de funcionamiento según la modalidad que corresponda. Si se tratará de reducción de área o de giro se aplicará el procedimiento de la licencia municipal de funcionamiento de aprobación inmediata. CAPÍTULO III LICENCIA PARA USO DEL RETIRO MUNICIPAL Artículo 25º.- LICENCIA MUNICIPAL PARA EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES La Licencia Municipal para el Uso del Retiro Municipal con fi nes comerciales procede en establecimientos que cuenten con una Licencia Municipal de Funcionamiento vigente, siempre y cuando se encuentren en zoni fi cación compatible en el Índice de Usos. La autorización se dará sólo para la colocación de mesas, sillas y elementos decorativos. Todos estos elementos deben ser móviles y deberán retirarse al cerrar el local. Asimismo, el Acondicionamiento del Uso del Retiro Municipal se encuentra regulado por lo establecido en la Ordenanza Nº 095-MDL. La vigencia de dicha autorización tendrá carácter anual, pudiendo ser renovarse hasta 20 días antes de su caducidad, mediante solicitud simple dirigida al Gerente de Desarrollo Urbano y entrega de Licencia correspondiente. Artículo 26º.- REQUISITOS PARA SOLICITAR EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES Son requisitos para obtener la Licencia Municipal para el Uso del Retiro Municipal con fi nes comerciales: 1.- Formulario- Solicitud Declaración Jurada de Licencia para el uso del retiro municipal con fi nes comerciales debidamente suscrito por el titular de la Licencia de Funcionamiento. 2.- Autorización para Acondicionamiento T emporal del Retiro Municipal con fi nes comerciales expedido por la Jefatura de Obras y Plani fi cación Urbana. 3.- Compromiso suscrito del solicitante a mantener limpio y en buenas condiciones el retiro a utilizar, así como a retirar lo implementado al solo requerimiento de la Municipalidad. 4.- Copia de la Licencia de Funcionamiento. 5.- Recibo de pago por derecho de trámite correspondiente. Artículo 27º.- FIN DE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL PARA EL USO DEL RETIRO MUNICIPAL O ÁREAS COMUNES CON FINES COMERCIALES Si durante la vigencia de la Licencia Municipal para el uso del retiro municipal con fi nes comerciales,