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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (10/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 94

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de agosto de 2007 351196 de los proyectos declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley No 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; así como garantizar la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fi scal actual o en los siguientes según corresponda. f) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del presupuesto y fi scalización de la gestión, fortaleciendo las capacidades locales para fi nes del proceso participativo y vigilancia ciudadana. g) Fortalecer la participación ciudadana, consolidando los mecanismos de participación, vigilancia y control y rendición de cuentas. h) Integrar la participación de niños, niñas y adolescentes organizados en los Municipios Escolares 1 Artículo 3º.- AlcancesLa presente Ordenanza precisa la naturaleza y alcances de los roles de los actores institucionales involucrados en el proceso de Presupuesto Participativo, en la circunscripción del Distrito de Independencia, para efecto de la formulación concertada del Presupuesto Municipal para el año fi scal del 2008. Es decir, todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad de Independencia; los Ciudadanos y Organizaciones Sociales de Base, Comités Vecinales, Organizaciones de Niños (Municipios Escolares), Delegados e Instituciones públicas y privadas comprendidas en el Distrito de Independencia, integrantes del COMUDENA (Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente). Artículo 4.- Base Legal La base legal que ampara el desarrollo de este proceso, está de fi nida en las siguientes normas: • Constitución Política del Perú. • Ley No 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modi fi catorias. • Ley No 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias. • Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias. • Ley No 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y modi fi catorias. • Decreto Supremo No 171-2003-EF, Reglamento de la Ley No 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley No 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y modi fi catorias. • Instructivo No 001-2007-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2008. Artículo 5º.- De fi niciones Básicas Para efectos de la presente norma se entenderá por: a) Proceso Participativo.- Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo local y regional que incluyen la participación de la población, en el proceso de toma de decisiones, como elemento primordial. Los productos más importantes del proceso participativo son el Plan de Desarrollo Concertado y el Presupuesto Participativo. b) Presupuesto Participativo (PP): Es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades locales y los vecinos participan en forma organizada en la elaboración, de fi nición, ejecución y control del Presupuesto de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Independencia. Es un espacio y un proceso “de concertación de la inversión entre la población y las autoridades, para promover el desarrollo local con una visión de futuro concertada” c) Agentes Participantes: Son quienes participan, con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Concejo de Coordinación Local Distrital de Independencia, los miembros del Concejo Municipal de Independencia, los representantes de la Sociedad Civil debidamente identi fi cados y acreditados, los niños, adolescentes y jóvenes representantes de las Instituciones Educativas y los representantes de las entidades del Gobierno Regional y Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del Distrito de Independencia, designados para este fi n. Integran también el Equipo Técnico de soporte del proceso, designado por el Alcalde, quienes participan con voz pero sin voto. d) Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD): Es el órgano de coordinación y concertación del Distrito de Independencia, encargado de promover el desarrollo local sostenible, a través de la plani fi cación participativa en el Plan de Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. Institucionaliza la participación ciudadana en la gestión y el desarrollo local, esta conformado por diecisiete (17) miembros: El Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar su función en el Regidor que corresponda de acuerdo a Ley, once (11) Regidores miembros del Concejo Municipal y cinco (5) Delegados - Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Distrito, elegidos democráticamente por las organizaciones de la sociedad civil del Distrito de Independencia. e) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como organismos e instituciones privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito local, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, de niños y adolescentes (Municipios Escolares), las mesas de concertación y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad, DEMUNA y COMUDENAS. Los organismos, entidades e instituciones privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámara de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesia, entre otras, con presencia en la jurisdicción. f) Delegados de una Organización: Es la persona natural designada por su organización para participar y representarla en el proceso del Presupuesto Participativo del año 2008. g) Talleres de Trabajo: Son las reuniones convocadas por el Alcalde y el CCLD en las cuales se analizan los problemas y potencialidades y se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Son de 2 tipos: de Diagnóstico Temático y Territorial y de De fi nición de Criterios de Priorización. h) Plan de Desarrollo Concertado (PDC): Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de mediano y largo plazo de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Capítulo II Principios Rectores y Características del Presupuesto Participativo Artículo 6º.- Principios Rectores Para el desarrollo del proceso de elaboración del Presupuesto Participativo, se deberá tener en cuenta los principios rectores señalados en el Instructivo del Proceso de Presupuesto Participativo 2008: a) Participación. b) Transparencia c) Igualdad de oportunidades d) Tolerancia e) E fi ciencia y e fi cacia f) Equidad g) Competitividad h) Corresponsabilidad i) Solidaridad j) Respeto a los Acuerdos