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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (12/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de agosto de 2007 351385 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban Texto definitivo del Proyecto Educativo Regional de Amazonas 2007-2021 PER-Amazonas ORDENANZA REGIONAL N° 181 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO;El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de julio del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley de Reforma Constitucional Nº 27860 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, éstos emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; Que, el Artículo 11º y 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la misma Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, la Ley Nº 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las funciones especí fi cas que ejercen los gobiernos regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, prevé en su Artículo 47º, inciso b): “Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional”; y, en su inciso h): “Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al a fi anzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad”; Que, para implementar el considerando que antecede, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 501-2003- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR y su modi fi catoria Resolución Ejecutiva Regional Nº 508-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, fue constituido el Equipo Técnico Regional de Educación de Amazonas y con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 663-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, se aprobó la Directiva Nº 030-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS con el Título “Normas para la Formulación de los Lineamientos de Política Educativa, Proyecto Educativo y Construcción de un Documento Base de Currículo de la Región Amazonas”; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 272-2007- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, se resuelve reactivar y renovar la composición del Equipo Técnico Regional, encargado de impulsar la consolidación, culminación y elaboración del Plan de Implementación del Proyecto Educativo Regional de Amazonas, con la asistencia técnica y consultoría del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia – UNICEF; Que, en consecuencia, el Proyecto Educativo Regional – PER-Amazonas, expresa las expectativas de las siete provincias de nuestra región y se convierte en el instrumento que debe ser entendido como la memoria colectiva de nuestras aspiraciones y demandas sociales, de las potencialidades y de las expectativas concertadas de la población, cuyo reconocimiento y compromiso del Gobierno Regional, Dirección Regional de Educación, Autoridades, Instituciones Públicas, Medios de Comunicación y Sociedad, facilitarán realizar acciones de difusión, implementación y sostenibilidad del Proyecto Educativo Regional; Por lo que en ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en el Inc. a) del Art. 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modi fi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y; en atención a lo aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 011, mediante Acuerdo Nº 013-2007, del 10 de julio del 2007, se emite la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Texto de fi nitivo del Proyecto Educativo Regional de Amazonas 2007 – 2021 PER-Amazonas, cuyo contenido íntegro se adjunta como anexo a la presente disposición regional, la que forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas, la impresión del Proyecto Educativo Regional, para ser distribuido a las Instituciones Educativas Públicas y Privadas del ámbito regional; además, la impresión en versión resumida cuya distribución se efectuará a los docentes de las Instituciones Educativas de la Región. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas, para que a través de la Dirección Regional de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local, Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos e Instituciones Educativas, la implementación del Proyecto Educativo Regional, promoviendo la participación de las entidades públicas, privadas y sociedad civil. Artículo Cuarto.- DAR CUENTA de la presente a las instancias correspondientes del Sector Educación y a los órganos internos del Gobierno Regional de Amazonas para su aplicación e implementación. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Amazonas. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los 11 días del mes de julio del año 2007. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente - Gobierno Regional de Amazonas 95139-1 Aprueban el Plan Estratégico Regional de Exportaciones - PERX ORDENANZA REGIONAL N° 182 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO;El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de Junio del 2007, ha aprobado la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27860 se crean los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, éstos tienen por fi nalidad esencial, de fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, así como garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales regionales y locales de desarrollo; Que, como uno de los principios rectores a implementar en las políticas de la gestión regional, consignadas en el Art. 8º de la Ley Nº 27867, se considera la competitividad,