Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2007 (17/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351783

de la Municipalidad, la remision del presente Acuerdo a la Contraloria de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los 10 dias de expedido el dispositivo municipal. Articulo Quinto.- MODIFICAR, el Plan Anual de Adquisiciones e incorporar la excepcional situacion de desabastecimiento inminente acordado y formalizado mediante el presente.

Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a quienes corresponda para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 96995-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Proyecto de Directiva "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 486-2007-OS/CD MORDAZA, 14 de agosto de 2007 VISTO: El Memorandum N° JARU-352-2007 de la Secretaria General de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios (actualmente, Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos), por el cual solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la pre publicacion del proyecto de Directiva denominado "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural". CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referida a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3° de la Ley N° 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, el articulo 3° del Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU, establece que dicho organo funcional de OSINERGMIN es el encargado de conocer y resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia los reclamos inherentes a los servicios publicos de electricidad y gas natural por ductos; Que, en cumplimiento de los dispuesto en el articulo 8° y el articulo 25° del Reglamento de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, para la aprobacion del procedimiento MORDAZA mencionado se requiere su prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22° y 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la pre publicacion del Proyecto de Directiva denominado "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural", cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas por escrito en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o via correo electronico a dirjaru@osinerg. gob.pe dentro de los quince (15) dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA N° 001-2007-OS/CD PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RECLAMOS DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE ELECTRICIDAD Y GAS NATURAL I. OBJETIVO: Establecer el procedimiento administrativo que deberan observar las empresas de distribucion de los servicios publicos de electricidad y gas natural por red de ductos en primera instancia, asi como por la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios (JARU) del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (Osinergmin) como MORDAZA y MORDAZA instancia, para la tramitacion de los reclamos presentados con relacion a la prestacion de dichos servicios. Asimismo, establecera el procedimiento bajo el cual se tramitaran las quejas y medidas cautelares que formulen los usuarios ante el Osinergmin. Finalmente, precisar los mecanismos por los que Osinergmin velara para que las resoluciones emitidas en cualquiera de MORDAZA instancias a favor de los reclamantes, asi como los acuerdos celebrados entre reclamantes y concesionarias, MORDAZA cumplidos de acuerdo a sus terminos y a lo previsto en el ordenamiento juridico. II. FINALIDAD: Garantizar a los usuarios de los servicios publicos de electricidad y gas natural por red de ductos un procedimiento expeditivo para la atencion y resolucion de sus reclamos, quejas y medidas cautelares, asi como para que se dote de mayor eficacia a las medidas correctivas emitidas por la JARU. III. ALCANCE: La presente Directiva regira obligatoriamente para todas las empresas de distribucion de los servicios publicos de electricidad y gas natural por red de ductos, titulares del suministro, usuarios, terceros con legitimo interes y el Osinergmin en materia de reclamos, quejas y medidas cautelares. Cuando la presente Directiva haga referencia al Osinergmin, se entiende que comprende a sus oficinas ubicadas en todo el pais. IV. BASE NORMATIVA: Decreto Ley N° 25844 - Ley de Concesiones Electricas. Decreto Supremo N° 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

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