TEXTO PAGINA: 99
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de agosto de 2007 351781 2006, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en lo referente a los procedimientos establecidos para la obtención de la licencia municipal de funcionamiento, mediante ítems 1,2,3,4 y 5, cuyos cuadros son parte constitutiva de la presente Ordenanza y suprímase el procedimiento establecido en el ítem 6 de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Licencia de funcionamiento N° 28796. DEBE DECIR: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN LO REFERENTE AL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN DE LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 1º.- Apruébase la modi fi cación de la Ordenanza Municipal N° 000018 del 2 de junio 2006, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en lo referente a los procedimientos establecidos para la obtención de la licencia municipal de funcionamiento, mediante ítems 1,2,3,4 y 5, cuyos cuadros son parte constitutiva de la presente Ordenanza y suprímase el procedimiento establecido en el ítem 6 de conformidad con lo dispuesto en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento N° 28976. 97241-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Prorrogan plazo de contrato de Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN Nº 439-2007-A/MPCH Chincha Alta, 3 de julio de 2007Visto, el Informe Nº 108-2007-GM/MPCH, de fecha 3 de julio de 2007, presentado por el Dr. Javier Gálvez Palomino, Gerente Municipal, sobre prórroga o renovación de contrato del profesional abogado Dr. Antonio Galluccio Guisa, como Procurador Público; CONSIDERANDO:Que, con Resolución Nº 095-2007-A/MPCH, de fecha 20 de febrero de 2007, se le prorroga el Contrato del abogado Antonio Gallucio Guisa como Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha; Que, es necesario renovar el contrato del mencionado profesional para no dejar desprotegida la Defensa Judicial de la Municipalidad Provincial de Chincha y ésta se desarrolle de acuerdo a lo establecido en el Art. 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Estando a lo expuesto, y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar el contrato del Dr. Antonio Galluccio Guisa, cargo de con fi anza, como Procurador Público Municipal, del 2 de julio al 31 de diciembre del 2007 y/o hasta que se designe al Procurador Público Municipal, por Concurso Público. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente al Consejo de Defensa Judicial del Estado, la Corte Superior de Justicia de Ica, Presidente de la Sala Superior Mixta Descentralizada de la provincia de Chincha, Contraloría General de la República y a las Oficinas correspondientes para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ ALBERTO NAVARRO GRAU Alcalde 96820-1MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Aprueban adecuación de Municipalidades de Centros Poblados de Cuculí Villa Pampilla, Las Tunas, San Francisco de Asís de Sunicancha y Llanac San Pedro de Huallanchi a la Ley Orgánica de Municipalidades ORDENANZA Nº 014-2007/CM-MPH-M Matucana, 28 de junio del 2007LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ – MATUCANA POR CUANTO: En sesión de Ordinaria de fecha 18 de junio del 2007, evaluando el Expediente Nº 1171-07 de fecha 24-4-07 y Expediente Nº 7071-05 de fecha 22-11-05 presentado por la Municipalidad de Centro Poblado Menor Cuculí Villa Pampilla, el Expediente Nº 0687-07 de fecha 20-2-07, Expediente Nº 259-06 de fecha 13-1-06 presentado por la Municipalidad Centro Poblado San Francisco de Asís de Sunicancha, Expediente Nº 0080-07 de fecha 10-1-7, Expediente 0725-07 de fecha 22-2-07, Expediente Nº 3054-06 de fecha 21-7-06, Expediente Nº 1217-07 de fecha 27-3-07 de la Municipalidad de Centro Poblado Menor Las Tunas y los proveídos e informes de la gerencia de Desarrollo Urbano y Rural: Proveído Nº 045-2007/GDU-MPH-M de fecha 27-4-07, Proveído Nº 043-2007/GDU-MPH-M de fecha 15-5-07, Proveído Nº 049-2007/GDUR-MPH-M de fecha 15-05-07, Proveído Nº 033-2007/GDU-MPH-M de fecha 03-04-07 y visto en la Sesión de Ordinaria de fecha 28 de junio del 2007, el Expediente Nº 258-06 de fecha 13-1-06, Expediente Nº 390-06 de fecha 23-1-06, Expediente Nº 1877-07 de fecha 8-5-07 presentado por la Municipalidad de Centro Poblado Menor Llanac San Pedro de Huallanchi y el Proveído Nº 063-07/GDUR-MPH-M de fecha 18-6-07 e informe de Desarrollo Urbano y Rural y fi nalmente el Dictamen Nº 001-2007/COAMCEP-MPH-M de fecha 27/4/07, Ampliación de Dictamen Nº 001-2007/COAMCEP-MPH-M de fecha 15/5/07, Dictamen Nº 002-2007/COAMCEP-MPH-M de fecha 27/6/07, de la Comisión Especial del COAMCEP y los Dictámenes de las Comisiones del Consejo de Saneamiento Físico Legal y Jurisdicción y de la Comisión de Asuntos Legales y Administrativos; CONSIDERANDO:Que, compete a las Municipalidades Provinciales, adecuar a las Municipalidades de Centros Poblados que hubieran sido creadas al amparo de la Ley Nº 23853 a efecto de que las mismas sean adecuadas a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades aprobadas por el mérito de la Ley Nº 27972 y atendiendo a lo regulado por la Ley Nº 28458; “Ley que establece el plazo para la adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados”; Que, el Concejo Provincial por el mérito de la Ordenanza Provincial Nº 028-2005/CM-MPH-M modi fi cada por la Ordenanza Provincial Nº 036-2006/CM-MPH-M; habría establecido el marco reglamentario para la Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante los Expedientes del visto las Municipalidades de Centros Poblados CUCULÍ VILLA PAMPILLA, SAN FRANCISCO DE ASÍS DE SUNICANCHA, LLANAC SAN PEDRO DE HUALLANCHI, LAS TUNAS; habrían solicitado en su oportunidad la Adecuación a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; los cuales remitidos a la Comisión a la COAMCEP y evaluadas las mismas en sus exigencias de forma y evaluadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano Rural sus planos topográ fi cos, la referida Comisión mediante los Dictámenes del visto y sus ampliaciones habrían opinado por la procedencia del pedido de las adecuaciones de cada una de las Municipalidades de Centros Poblados; Que, sometida los dictámenes de la Comisión de Saneamiento Físico Legal y Jurisdicción y de la Comisión de Asuntos Legales y Administrativos del Concejo Provincial; ambas