Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
Comentario de OSINERGMIN No Admitido

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007

equipo de medicion y no de los demas elementos de la conexion, por lo que debe modificarse su redaccion. En lo que respecta a la certificacion emitida por la autoridad policial, esta no puede ser reducida a la emitida solamente por la comisaria del sector, al ser este mandato contrario a lo establecido en la Constitucion Politica del Estado y la Ley Organica de la Policia Nacional. La concesionaria considera que cualquier efectivo de la Policia Nacional del Peru que se encuentre en actividad puede efectuar la constatacion, y que el acta que este expida tiene merito probatorio suficiente e igual al que pueda expedir un efectivo policial de la comisaria del sector. De otro lado, sugiere modificar el termino "intervencion" por "deteccion" a aplicarse en el articulo. Asimismo, en el caso de recuperos por las causales de (iv) vulneracion de las condiciones de suministro y (v) consumo sin la autorizacion de las concesionarias, se debe permitir a los concesionarios de distribucion el correspondiente cobro de intereses compensatorios y moratorios establecidos en el articulo 177° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, dado que existe un aprovechamiento indebido del usuario. Comentario de OSINERGMIN

La MORDAZA de reintegros y recuperos establece la MORDAZA de fotografias a MORDAZA, por tal motivo considerar para la supervision los detalles senalados, contribuira a una mejor determinacion de los hechos ya que las impresiones de las fotografias a color, seran una ayuda importante para demostrar el incumplimiento de la normativa y la eventual procedencia de un recupero. Cabe precisar que la prohibicion de impresiones a color estuvo dispuesta para el ano fiscal 2006. 10.3 ELECTRO NORTE manifiesta que al tener las empresas las nuevas exigencias de equipamiento (Equipos Certificados, impresoras a color, etc.) del procedimiento de reintegros y recuperos enunciadas en la Resolucion N° 571-2006-MEM/DM, ameritan compras de emergencia que no estuvieron presupuestadas inicialmente por las empresas; por lo cual solicita a OSINERGMIN otorgar un plazo adicional para cumplir con los presentes requerimientos, de manera de estar no sujetos a sancion en esta primera etapa del procedimiento. Comentario de OSINERGMIN

Admitido Parcialmente No Admitido Con respecto a lo senalado en el numeral d.1.1, es preciso indicar que la supervision identifica irregularidades, no solo en el medidor sino tambien en otros componentes de la conexion, reiterando que la conexion esta constituida por la acometida, MORDAZA portamedidor, medidor y dispositivo de seguridad. Por lo tanto, el aviso previo es para todos los casos en los que la concesionaria interviene la conexion. De otro lado, con respecto a lo senalado en el d.1.2, precisamos que este guarda concordancia con la Resolucion Ministerial Nº 571-2006-MEM/DM, en la cual se establece que solo puede intervenir la autoridad policial de la comisaria del sector. Sin perjuicio de ello se ha considerado que en los casos en que no sea posible contar con un efectivo policial debidamente asignado por la Comisaria respectiva, se puede recurrir a un Notario Publico; por lo que se adiciona en el procedimiento la posibilidad de ello, aspecto concordante con la normativa vigente. Con respecto a lo manifestado en el numeral d.1.3, precisamos que la definicion de intervencion es para todos los casos, exista o no deteccion. Finalmente, con relacion a lo senalado en el numeral d.1.4, indicamos que la aplicacion de intereses moratorios y compensatorios por parte de las concesionarias, es una facultad de la concesionaria otorgada por la normativa vigente. 10. Respecto al numeral 1.2.5 d.1.2) 10.1 EDELNOR observa que la MORDAZA de Recupero y Reintegros solo especifica que las vistas fotograficas MORDAZA a color y fechadas, en ninguna parte de la MORDAZA se menciona que las fotos deban tener la hora incluida. Asimismo, tampoco especifica que el acta de intervencion tenga la identificacion de las series de los instrumentos de medicion utilizados y el codigo del certificado de calibracion. Comentario de OSINERGMIN No Admitido OSINERGMIN esta facultado a dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, normas tal como el presente procedimiento. Por tal razon, han sido considerados necesarios para la supervision los detalles senalados (hora, identificacion de equipos y de su correcta operatividad), los mismos que contribuiran a una mejor determinacion de los hechos a supervisar. 10.2 El senor MORDAZA Pena MORDAZA indica que al estar prohibidas las impresiones a MORDAZA, esta no debe ser una exigencia la MORDAZA de fotos a MORDAZA, conforme se senala en el numeral 1.2.5, inciso d.1.2 Los plazos establecidos para el cumplimiento del presente procedimiento han sido determinados teniendo en cuenta la Resolucion Ministerial Nº 571-2006-MEM/DM vigente desde el 03/12/2006; en ese sentido, todas las empresas de distribucion obligadas a su cumplimiento ya han debido adecuar sus procesos a las exigencias de dicha MORDAZA, por lo que no es posible que este contemple los plazos y/o etapas sugeridas. Cabe indicar que OSINERGMIN esta facultado a dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, normas tal como el presente procedimiento, en dicho sentido han sido considerados necesarios para la supervision los detalles senalados, los mismos que contribuiran a una mejor determinacion de los hechos a supervisar. 10.4 ELECTRO SUR senala que en la Resolucion Ministerial N° 571-2006-MEM/DM, MORDAZA DGE "Reintegros y Recuperos de Energia Electrica" punto 7: Documentacion a emitir por el Concesionario, 7.2 Acta de Intervencion, no se menciona lo descrito por el proyecto, por lo que debera adecuarse a lo descrito en la resolucion ministerial MORDAZA indicada. Comentario de OSINERGMIN No Admitido OSINERGMIN esta facultado a dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencia, normas tal como el presente procedimiento. Por tal razon, han sido considerados necesarios para la supervision los detalles senalados, los mismos que contribuiran a una mejor determinacion de los hechos a supervisar. 10.5 Finalmente el Senor MORDAZA Murrugarra MORDAZA indico que en el Titulo Primero, numeral 1.2.5 inciso d.1.2, se senala como requisito "fotografias a color de cada irregularidad con fecha y hora", lo cual cree que no sea posible cumplirla en el acto de intervencion de la conexion por lo que deberan formar parte del expediente de recupero senalado en el Titulo MORDAZA numeral 2.1. Comentario de OSINERGMIN Admitido La exigencia en el procedimiento respecto a las fotografias, ha sido trasladada al numeral d.1.3 referido a la entrega de la notificacion del recupero al usuario. 11. Respecto al numeral 1.2.5 d.1.4) 11.1 EDELNOR solicita se precise que a solicitud de los clientes se celebran convenios extrajudiciales para los casos de error en el MORDAZA de facturacion, error en el

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