Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007

emite opinion favorable a fin que se prosiga con las gestiones que correspondan a efectos que se exonere del MORDAZA de seleccion al servicio que esta MORDAZA requiere, precisando ademas que la fuente de financiamiento de dicha contratacion son recursos directamente recaudados por la institucion y que el ejercicio presupuestal al cual se afectara el gasto sera el ano 2008; Que de lo manifestado en el Informe Legal Nº 0732007-SUNAT/2B2300 y por las consideraciones que en el se senalan, la Division Juridico Administrativa de esta Superintendencia opina que la contratacion del servicio especializado de publicacion que brinda la empresa YELL PERU S.A.C., corresponde a un servicio personalisimo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 145° del Reglamento, en ese sentido dicha contratacion debe exonerarse de las formalidades del MORDAZA de seleccion que corresponda; Que de acuerdo a lo expuesto en los citados Informes y considerando la opinion vertida en los Memoranda emitidos por la Intendencia Nacional de Administracion, se justifica tecnica y legalmente la procedencia y necesidad de la contratacion del referido servicio especializado de publicacion mediante la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, cumpliendose asi con lo previsto en el literal f) del Articulo 19° y Articulo 20° de la Ley y en los Articulos 145° al 148° de su Reglamento, que permiten la contratacion de servicios personalisimos en atencion a sus caracteristicas particulares; Que segun lo dispuesto en el mencionado Articulo 20° de la Ley y en el Articulo 147° del Reglamento, la Resolucion que apruebe la exoneracion al MORDAZA de Seleccion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE; Que es preciso senalar, que el presente MORDAZA de contratacion que se pretende efectuar, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del servicio personalisimo de la empresa YELL PERU S.A.C. para la publicacion de las direcciones y numeros telefonicos de las oficinas de la SUNAT, en las Guias Telefonicas de Paginas MORDAZA y Amarillas en la edicion correspondiente al ano 2008. Articulo 2°.- El valor referencial del servicio de publicacion a contratar asciende a la suma de S/. 174,969.27 (Ciento setenta y cuatro mil novecientos sesenta y nueve y 27/100 nuevos soles) incluidos los impuestos de ley, de acuerdo al siguiente detalle:
MORDAZA / MORDAZA DE SERVICIO MORDAZA (Aviso en Paginas MORDAZA, Aviso en Paginas Amarillas y Servicio On Line) SUR (Aviso en Paginas Blancas) NORTE (Aviso en Paginas Blancas) CENTRO (Aviso en Paginas Blancas) Total Monto en Nuevos Soles incluido IGV 69,161.61 41,044.29 34,183.94 30,579.43 174,969.27

la sustentan a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision; asi como su publicacion en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA REGJO Superintendente Nacional 141448-1

Autorizan a la Intendencia de Aduana Maritima del Callao a no considerar los dias 21 al 29 de noviembre en el computo de los plazos
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 672-2007/SUNAT/A Callao, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que como consecuencia de la paralizacion de las operaciones de descarga, transbordo, embarque y movilizacion de contenedores y con carga suelta, realizada por los estibadores del Puerto del Callao y por los trabajadores de ENAPU S.A. durante los dias 21 al 29 de noviembre del ano en curso, los operadores del comercio exterior se han visto impedidos de realizar los tramites relacionados con el manifiesto de carga y los regimenes y operaciones aduaneras y destinos aduaneros especiales o de excepcion ante la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, dentro de los plazos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas ­ Decreto Supremo N° 129-2004-EF y su Reglamento ­ Decreto Supremo N° 011-2005-EF; Que la referida paralizacion de operaciones resulta un evento de fuerza mayor de acuerdo a lo senalado en el articulo 1315° del Codigo Civil, por lo que es necesario que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT disponga las medidas pertinentes a fin de evitar un perjuicio economico e imposicion de sanciones a los operadores del comercio exterior, cuyos tramites no se hubieren podido efectuar entre los dias 21 al 29 de noviembre de 2007; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso q) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizase a la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, para que en los tramites vinculados con el traslado de mercancias en el MORDAZA de manifiesto de carga y en los regimenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de excepcion que se vieron afectados por la paralizacion de las operaciones de descarga, transbordo, embarque y movilizacion de contenedores y carga suelta, realizada por los estibadores del Puerto del Callao y por los trabajadores de ENAPU S.A., se suspendan los dias 21 al 29 de noviembre del ano en curso del computo de los plazos y terminos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas y su Reglamento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas 141448-2

Articulo 3°.- La fuente de financiamiento para dicha contratacion, corresponde a recursos directamente recaudados por la SUNAT, el ejercicio presupuestal al cual se afectara el gasto sera el ano 2008, y el organo encargado de llevarla a cabo mediante las acciones inmediatas que correspondan es la Division de Compras de la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion. Articulo 4°.- Disponer que la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que

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