Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2007 (08/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de diciembre de 2007 DNTP UNIDAD EJECUTORA 1175 REGION UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD N°3 ATALAYA OPD 1235 INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS TOTAL CALENDARIO INICIAL S/.

NORMAS LEGALES
TOTAL 0

359365

0 226.022,55

141089-1

Designan Asesor de Jefatura del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 228-2007/SIS MORDAZA, 5 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor de Jefatura CAP Nº 002; Que, resulta necesario designar al profesional que desempenara el mencionado cargo de confianza; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR al abogado MORDAZA MORDAZA CABREJOS MORDAZA, en el cargo de Asesor de Jefatura (CAP Nº 002) del Seguro Integral de Salud. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA CHIOTTI KANESHIMA Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 141089-2

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de publicacion de las direcciones y numeros telefonicos en guias telefonicas, edicion 2008
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 224-2007/SUNAT MORDAZA, 7 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Intendencia N° 0302007/SUNAT se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones ­ PAAC de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, correspondiente al ejercicio 2007; modificado por Resolucion de Intendencia N° 568-2007/SUNAT, que incluye la contratacion del servicio de publicacion de las direcciones y numeros telefonicos de la SUNAT a nivel nacional en directorio telefonico; Que el inciso f) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 0832004-PCM, en adelante la Ley, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca

el Reglamento; las mismas que en virtud del Articulo 20° del citado dispositivo legal, deben efectuarse mediante acciones inmediatas de conformidad con la Ley, el Reglamento y demas normas complementarias; Que segun el Articulo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de manera razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que por su parte, el Articulo 146° del Reglamento, senala que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion requiere obligatoriamente de uno o mas informes, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que asimismo, el Articulo 148° del Reglamento regula el procedimiento al cual deben someterse tales contrataciones, precisandose que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; Que la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en el Informe Tecnico N° 04-2007-SUNAT/ 1A1000, senala que la SUNAT tiene la necesidad de contar con un servicio especializado de publicacion mediante el cual se publiquen los numeros telefonicos y las direcciones de sus oficinas a nivel nacional; Que de esta manera, indica que dicha informacion estaria al alcance de los usuarios de manera permanente, lo cual brindaria las facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y permitira que el publico en general acceda a las oficinas de la SUNAT; Que asimismo, el referido Informe Tecnico senala que la empresa YELL PERU S.A.C., brinda el servicio de publicacion especializada en un directorio telefonico denominados Guias Telefonicas, Paginas MORDAZA y Amarillas, edicion 2008; Que al respecto, menciona que este servicio consiste en la publicacion de avisos individualizados y resaltados por cada dependencia y organizados por regiones en las Paginas Blancas. Asimismo, el servicio comprende un aviso principal en las Paginas Amarillas que permite poner a disposicion de los usuarios los numeros telefonicos y direcciones de las principales oficinas de la SUNAT a nivel nacional; Que adicionalmente, el referido servicio incluye el enlace a la pagina web de la SUNAT a traves de su MORDAZA www.paginasamarillas.com.pe, lo que permitira que cualquier contribuyente o usuario de comercio exterior, a nivel nacional pueda acceder a la pagina web de la SUNAT a traves de 50 terminos de busqueda; Que menciona tambien dicho informe que el directorio telefonico que actualmente MORDAZA la empresa YELL PERU S.A.C. se realiza tanto en MORDAZA, cuyo tiraje alcanza a 1,4 millones de ejemplares de paginas MORDAZA y 1,2 millones de ejemplares de paginas amarillas, como en provincias; Que asimismo, conforme al analisis y evaluacion de los estudios de Apoyo Opinion y MORDAZA denominado "Uso de Directorios Telefonicos: Hogares MORDAZA de MORDAZA 2007", el numero de usuarios del directorio de paginas amarillas fue de 2 millones, y el promedio de consultas por cada uno fue de 40, lo cual hace un total de 80 millones de consultas; Que igualmente, indica que la penetracion en hogares es de mas de 90% para todos los niveles socioeconomicos, edades y genero, mientras que a nivel empresarial supera el 91% en todos los tamanos y sectores, lo cual demuestra su idoneidad como medio de informacion para los contribuyentes y usuarios de comercio exterior asi como el publico en general; Que la Intendencia Nacional de Administracion mediante Memoranda Nros. 872-2007-SUNAT/ 2G0000 y 889-2007-SUNAT/2G0000, ha senalado que habiendose verificado el expediente remitido por la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional,

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