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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de diciembre de 2007 362826 Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, con Ley Nº 29035 “Ley que autoriza un crédito suplementario en el presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 y dicta otras medidas”, se aprobó para el Ministerio de Agricultura el importe de S/. 2’226,396.00 dólares para el pago de cuotas al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de US$ 338,358 dólares (TRESCIENTOS TREINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTIOCHO Y 00/100 DÓLARES) al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), correspondientes a los adeudos en el período comprendido entre los años 1996-1998. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 147488-15 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 362-2007-RE Lima, 30 de diciembre de 2007 VISTO: El Ofi cio Nº 585-2007-AG-DVM de fecha 14 de agosto de 2007, de la Viceministra de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las contribuciones al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, con Ley Nº 29035 “Ley que autoriza un crédito suplementario en el presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007 y dicta otras medidas”, se aprobó para el Ministerio de Agricultura el importe de S/. 2’226,396.00 dólares para el pago de cuotas al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacionales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura a efectuar el pago de US$ 338,358 dólares (TRESCIENTOS TREINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTIOCHO Y 00/100 DOLARES) al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), correspondientes a los adeudos en el período comprendido entre los años 1999- 2001. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 147488-16 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 363-2007-RE Lima, 30 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 508,783.00 (QUINIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA): ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS IBEROAMERICANOS 59,781.00 PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (OEI) Saldo cuota 2007 ORGANISMO INTERNACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (OIEA) 291,296.00 Saldo cuota 2006 y parcial cuota 2007ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA 157,706.00 AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO) Pago parcial cuota 2006 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2007. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 147488-17