Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2007 (07/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de MORDAZA de 2007

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Designan Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 034-2007/DP MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2007. VISTO: El Memorando Nº 497-2007-DP/OGRH, que adjunta el Memorando Nº 721-2007-DP/PAD y el Memorando Nº 3532007-DP/OPP, mediante el cual se solicita la elaboracion del proyecto de resolucion que designe al Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru se aprobo la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y mediante la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobo su vigente Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, los articulos 6º y 28º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo incluyen como parte de la estructura organica a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como un organo de apoyo que esta encargado de establecer y ejecutar las politicas de prensa, comunicaciones e imagen institucional de la Defensoria del Pueblo; Que, el articulo 29º del precitado Reglamento de Organizacion y Funciones establece las competencias del Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Defensoria del Pueblo; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el regimen laboral del personal de la Defensoria del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoria del Pueblo esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada; Que, el literal ii) del numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, senala que esta permitida la designacion de cargos de confianza conforme a los documentos de gestion de la entidad y a la normatividad vigente; Que, el numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, senala que se considera empleado de confianza a aquel que desempena un cargo tecnico o politico, distinto al de funcionario publico; de igual modo, el empleado de confianza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningun caso su porcentaje sera mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores publicos existentes en cada entidad; Que, conforme a lo senalado por la Oficina de Gestion de Recursos Humanos tanto el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), aprobado por Resolucion Defensorial Nº 033-2007/DP, como el Presupuesto Analitico de Personal (PAP), aprobado por Resolucion Administrativa Nº 0035-2006/ DP y sus modificatorias aprobadas mediante Resoluciones Administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP y Nº 0030-2007/DP, incluyen el cargo de Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como un empleado de confianza, con Categoria y Nivel D7, en la Plaza 119; Que, asimismo, la Oficina de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando Nº 353-2007-DP/OPP senala que la referida accion de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular; Con la opinion favorable de la Oficina de Gestion de Recursos Humanos y con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Asesoria Juridica y de Administracion y Finanzas; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y en concordancia con los literales d) y o) del articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones; el literal a) de la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; el literal ii) del numeral 2) del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, y el articulo 43º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR;

SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Licenciada MORDAZA MORDAZA LOREDO DE IZCUE en el cargo de confianza de Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, con Categoria y Nivel D7 y en la Plaza 119, a partir del 9 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- La remuneracion a percibir por la empleada de confianza, de categoria, nivel y plaza referida en el articulo primero, sera la que corresponda de acuerdo a la Escala de Remuneraciones de la Defensoria del Pueblo y a las disposiciones que resulten aplicables. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente resolucion se afectara a las asignaciones especificas correspondientes del Presupuesto Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 81581-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunta responsable de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 0571-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 316-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuracion y el Informe N° 8082007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe N° 3722-2006/HYC/SGDAR/GP/ RENIEC del Area de Habilitaciones y Cancelaciones, senala que una ciudadana con el nombre de GEOVANNA MORDAZA MORDAZA obtuvo inscripcion Nº 80127781 haciendo insertar datos falsos en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, y posteriormente, rectifico la misma con el Formulario Nº 26244142 y la MORDAZA de la Partida de Nacimiento Nº 92 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, de la provincia de Puerto MORDAZA, departamento de MORDAZA, de lo que se tiene que su nombre es MERLITA LLOVANA MORDAZA MORDAZA con Inscripcion Nº 44919003, por lo que mediante Resolucion Nº 1560-2006/SGDAR/ GP/RENIEC se cancelo la inscripcion Nº 80127781; Que, si bien la resolucion administrativa MORDAZA senalada, excluyo definitivamente del mencionado registro la inscripcion obtenida indebidamente; el comportamiento de la citada ciudadana, constituye indicio de la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428° del Codigo Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atencion al Informe de Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra la ciudadana MERLITA LLOVANA MORDAZA PINCHI. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 80398-3

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