Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2007 (21/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de marzo de 2007

MORDAZA OKADA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 144-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 28-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43506145, por duplicidad; 8.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 023-AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana MORDAZA YESSENIA MORDAZA DE MORDAZA COBOS, titular de la Inscripcion Nº 10119470, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 42859453 bajo el nombre de SHIJARU MORDAZA TAMASHIRO MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 095-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 29-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 42859453, por duplicidad; 9.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 042/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 25804568, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 43348205 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 259Dia/Dia, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 36-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43348205, por duplicidad; 10.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 045/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 10641985, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 41201048 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 281-Dia/Dia, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion AFIS Nº 43-2007/SGEDI/GEDR/ RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 41201048, por duplicidad; Que, si bien se ha dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de las inscripciones afectadas por duplicidad de inscripcion; ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados, al haber obtenido una MORDAZA inscripcion declarando datos falsos en el registro, se concluye validamente la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428° del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra: 1.- MORDAZA QUISPITTUPA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA DE CASTANEDA. 2.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA VALLADARES.

3.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MONTOYA. 4.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA TEVES o MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA TEVES. 5.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA SHIGUETA VASQUEZ. 6.- MORDAZA MORDAZA YPARRAGUIRRE JURO o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA RIOS. 7.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA OKADA BACA. 8.- MORDAZA YESSENIA MORDAZA DE MORDAZA COBOS o SHIJARU MORDAZA TAMASHIRO COTRINA. 9.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA VASQUEZ. 10.-RUFINO MORDAZA DE LA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA DE LA CRUZ. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 39343-1

Autorizan delegacion de funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de Shawit y MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 228-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 15 de marzo de 2007 VISTOS: el Informe N° 000331-2007/SGREC/GOR/ RENIEC de fecha 09 de febrero de 2007 y el Informe N° 000250-2007-GAJ/RENIEC de fecha 19 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como un organismo MORDAZA, constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que, por Resolucion Jefatural N° 023-96-JEF de fecha 03 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el articulo 44° de la Ley N° 26497, a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de las Comunidades Nativas, debidamente autorizadas; Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM de fecha 23 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime conveniente; Que, el articulo 20° del Decreto Ley N° 22175 ­ Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la MORDAZA

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