Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2007 (31/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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su participacion en un acto publico en dia no laborable, calificandolo de acto contrario a los deberes funcionales establecidos en la Ley del Profesorado. Se presume la comision del Abuso de Autoridad incurrido por el Director de la UGEL 08, estando incurso en el Art. 28º literal h) del D. Leg. Nº 276. 3. Se ha verificado que en la UGEL 08, se causa indefension a los administrados con la emision de Decretos Administrativos que resuelven los recursos impugnatorios, trasgrediendo el Art. 186º de la Ley Nº 27444, que dispone "Pondran fin al procedimiento las resoluciones que se pronuncien sobre el fondo del asunto...", siendo presuntamente responsable de esta accion el Jefe del Area de Gestion Administrativa del ejercicio 2006. 4. La UGEL 08, no ha actuado con diligencia y responsabilidad en la aplicacion de la R.M. Nº 1073-2002ED, en el caso de abuso contra la MORDAZA sexual de una estudiante menor de edad, la presunta responsabilidad recae en el titular de la entidad y el jefe de OCI del ejercicio 2006 y la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario al profesor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raffo. UGEL Nº 09 HUAURA 1. Esta probado que en la UGEL 09-Huaura se han efectuado nombramientos irregulares, trasgrediendo el D. S. Nº 012-2006-ED, los cuales deben ser remitidos por el titular de la UGEL a la DREL para que proceda a declarar nulas las Resoluciones de Nombramiento conforme a sus atribuciones. 2. Las autoridades de la UGEL 09 no ha actuado con diligencia y responsabilidad en el caso de la I. E. MORDAZA E. Paulet Mostajo, conforme se acredita en el Analisis, estando incurso el titular en lo dispuesto por el Art. 28º literal d) del D. Leg. Nº 276, por no cautelar la integridad fisica de los estudiantes, docentes y usuarios de la I. E. 3. Existe dilacion de tramites de los recursos administrativos y otros presentados en la UGEL 09, lo cual es falta de naturaleza disciplinaria por haber trasgredido el Art. 142º y 207º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General conforme se establece en el analisis, UGEL 09 . 4. El Organo de Control Institucional de la UGEL no efectua la atencion de quejas y denuncias por estar limitadas por la Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-CG que da prioridad a las acciones de control de los bienes y recursos del Estado, creandose en las administraciones limitaciones en la atencion oportuna de las quejas y denuncias de los administrados. 5. El Director de la UGEL. 09 MORDAZA MORDAZA Ruidias Valdivieso solicita regularizar despues de 21 anos de elaborado las actas de Literatura Peruana I y Literatura Espanola II ante la Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carrion. UGEL Nº 10 HUARAL 1. Existe dilacion de tramites en la UGEL 10-Huaral, en la atencion de los expedientes y reclamos presentados por los administrados, trasgrediendose los Arts. 142º y 207º de la Ley Nº 27444. 2. Se ha efectuado compras de materiales deportivos (buzos) sobrevalorados, estando el titular de la UGEL y los miembros del Area de Gestion Administrativa que participaron dentro del Comite de Contrataciones y Adquisiciones se encuentran incursos en negligencia en el cumplimiento de sus funciones al no cautelar los recursos del Estado. 3. Se ha detectado la existencia de diversos Sindicatos de servidores Administrativos que reclaman representatividad ante las autoridades administrativas, debiendo el titular de la UGEL definir la representatividad sindical en atencion a las disposiciones legales que regulan la organizacion de los sindicatos. 4. Los expedientes presentados ante la Comision en la Audiencia Publica de Huaral, en un porcentaje mayoritario no ha presentado las formalidades que establece la Ley, ni medios probatorios que sustenten las denuncias o reclamos. UGEL Nº 11 CAJATAMBO 1. Las peticiones de los administrados no se atienden con oportunidad, como el caso de la IE Nº 25 de

Cajatambo, siendo responsable el titular de la entidad en la dilacion de tramite. 2. No existe supervision sobre el control de asistencia y permanencia del personal en las I.E.- Caso IE 025 cuyos permisos y licencias han sido gozadas sin que se emita las correspondientes resoluciones sin goce de haber, lo que perjudica el cumplimiento de las horas minimas efectivas de clase durante el ano escolar. 3. Se ha aperturado MORDAZA administrativo, a la docente MORDAZA MORDAZA MORDAZA denunciada por abandono de cargo dentro de los plazos establecidos en el D. S. Nº 019-90-ED. UGEL Nº 12 CANTA 1. La denuncia de la ex auditora de la UGEL 12 de Canta es infundada de acuerdo a lo que acredita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con las evidencias suficientes y relevantes que obran en el expediente presentado con la correspondiente resolucion de absolucion por parte de la UGEL y el Ministerio Publico. UGEL Nº 13 YAUYOS 1. Se ha detectado que existe un MORDAZA de nombramiento irregular, la autoridad de la UGEL. 13 de Yauyos debera de solicitar que se declare NULO, las Resoluciones Directorales que se indican en el presente Informe Final, ante la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias, al haberse trasgredido el D. S. Nº 0122006-ED, y por encontrarse inmerso en el articulo 10º CAUSALES DE NULIDAD de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. 2. Existen presuntos hechos irregulares en que incurren las autoridades de la UGEL 13-Yauyos, en la ejecucion presupuestal, conforme lo denuncian 18 directores ante el Jefe de OCI por presunta sobre valoracion y mala calidad de los bienes entregados. UGEL Nº 14 OYON 1. Se ha verificado en los Informes de control y los Informes Especiales del OCI que en los ejercicios 2003 a 2006 los titulares de la UGEL 14 y los funcionarios y servidores del Area de Gestion Administrativa han incurrido presuntamente en faltas de naturaleza disciplinaria tales como, perjuicio economico contra el Estado por irregularidades en el manejo de fondos, pagos indebidos por incorrecta aplicacion de la Ley Nº 28118, recepcion de cheque de proveedor por parte del Director de la UGEL, pago de servicio de mantenimiento no ejecutado, desaparicion de equipo portatil de computo, giro de cheque por compras no realizadas, no han cautelado los recursos del Estado, hechos que constituyen actos de corrupcion, abuso de autoridad y asociacion ilicita para delinquir, y no observar el Art. 21º incs. a), b), d) y g) del D. Leg. Nº 276 y estar incurso en el Art. 28º literal a), b) y d) del D. Leg. Nº 276 y el Art. 6º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica y la Funcion Publica. 2. Los funcionarios de la UGEL de Oyon han incurrido presuntamente en Colusion, Cohecho Propio y Usurpacion de Funciones previstos y penados en los Arts. 384º, 385º, 393º y 361º del Codigo de Procedimientos Penales, al haber recepcionado un cheque de la empresa Inversiones ISCO, por el monto de S/. 20,025.25. UGEL Nº 15 HUAROCHIRI 1. Los funcionarios de la UGEL no atienden con oportunidad los requerimientos de los directores, cuestionando la calidad y los costos de los materiales entregados tardiamente. 2. Existe dilacion de tramites en la atencion de expedientes, sin respetar los plazos previstos por la Ley. 3. Los padres de familia han formulado publicamente que los docentes de las IE de las zonas rurales inasisten en forma sistematica perjudicando las horas efectivas de clase, razon por la cual los denominan "los profesores de miercoles", porque unos llegan a trabajar los miercoles y otros se van los miercoles. UGEL Nº 16 BARRANCA 1. Existe dilacion de tramites en la atencion de expedientes, sin respetar los plazos previstos por la Ley 27444, con el agravante que el titular de la entidad

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